Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 748/2005
Prorrógase hasta el 31 de julio de 2006 la aprobación del "Programa Primer Empleo", que se desarrolla en el ámbito de la provincia de La Pampa y que fuera dispuesto por la Resolución Nº 691/2004.
Bs. As., 16/9/2005
VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.083.773/04, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.013, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, la Resolución N° 691 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del 24 de septiembre de 2004, el Decreto N° 326 del PODER EJECUTIVO de la Provincia de LA PAMPA del 17 de marzo de 2004, y la Disposición N° 26 de la SUBSECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de LA PAMPA del 13 de abril de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de LA PAMPA a través de la SUBSECRETARIA DE TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION provincial, presentó ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación el PROGRAMA PRIMER EMPLEO, creado mediante el Decreto N° 326 del 17 de mamo de 2004 del PODER EJECUTIVO de la Provincia de LA PAMPA.
Que el mencionado Programa tiene por objetivo facilitar la transición hacia el empleo formal de jóvenes desocupados sin experiencia laboral, que enfrenten especiales dificultades de inserción en la actividad productiva, en la Provincia de LA PAMPA, a partir del desarrollo de prácticas calificantes en lugares de trabajo para aumentar su empleabilidad.
Que dicho Programa procura incentivar el empleo de los jóvenes a través de programas de formación laboral mediante DOS (2) modalidades: una a través de becas, y otra mediante contratos de trabajo por tiempo indeterminado, dirigido a jóvenes de ambos sexos de entre DIECISIETE (17) y VEINTIDOS (22) años de edad, desocupados y sin experiencia laboral previa.
Que las acciones previstas en el mencionado Programa se cofinancian con recursos del Gobierno Provincial y de las empresas.
Que la SUBSECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de LA PAMPA solicitó la aprobación del citado Programa en el marco de la Ley N° 24.013, conforme a las facultades que posee el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación.
Que en particular el artículo 83 de la Ley N° 24.013 establece que los Programas Para Jóvenes Desocupados, estarán dirigidos a personas desocupadas de CATORCE (14) a VEINTICUATRO (24) años de edad, los cuales deberán incluir capacitación y orientación profesionales prestadas en forma gratuita y complementadas con otras ayudas económicas cuando se consideren indispensables.
Que la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación a través de sus unidades orgánicas, evaluó el Programa considerándolo pertinente.
Que en virtud de ello, mediante la Resolución N° 691 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del 24 de septiembre de 2004, se aprobó el mencionado Programa hasta el 31 de julio de 2005.
Que mediante nota obrante a fs. 66 del citado expediente, la SUBSECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de LA PAMPA solicitó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación la extensión de la aprobación mencionada, acompañando a tal efecto un informe de evaluación sobre la ejecución del referido Programa.
Que la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación, sobre la base del citado informe de evaluación recomendó la extensión de la aprobación solicitada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, y por los artículos 81, 83, 128 y 129 de la Ley N° 24.013.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1° — Prorrógase hasta el 31 de julio de 2006 la aprobación del "PROGRAMA PRIMER EMPLEO" que se desarrolla en el ámbito de la Provincia de LA PAMPA y cuya ejecución está a cargo de la SUBSECRETARIA DE TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION del Gobierno de la Provincia de LA PAMPA, la cual fuera dispuesta por el artículo 1° de la Resolución N° 691 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del 24 de septiembre de 2004.
Art. 2° — La SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la Nación tendrá a su cargo el monitoreo y control de las actividades que se desarrollen en el marco del citado Programa.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y Archívese. — Carlos A. Tomada.