MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION
Decreto 868/99
Apruébase la estructura organizativa de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).
Bs. As., 11/8/99
VISTO la Ley Nº 24.521, el Decreto Nº 173 de fecha 21 de febrero de 1996 y su modificatorio Nº 705 del 30 de julio de 1997, el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la Decisión Administrativa Nº 515 del 19 de diciembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Ley Nº 24.521 se creó la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU), como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.
Que el Decreto Nº 173/96, modificado por su similar Nº 705/97 definió las pautas básicas para el funcionamiento del citado organismo y los lineamientos de su estructura organizativa, la que fue aprobada por Decisión Administrativa Nº 515/96.
Que de la experiencia acumulada a través del funcionamiento de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) surge la necesidad de producir cambios en su organización, a los efectos de distribuir sus recursos humanos de forma más eficiente.
Que en tal sentido, la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) ha elevado una propuesta de estructura organizativa de conformidad con lo dispuesto por el Capítulo VI del Decreto Nº 1545/94.
Que el presente decreto no demandará mayores gastos.
Que el servicio jurídico permanente del organismo de origen y la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO (URME) dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la COMISON NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU), organismo descentralizado perteneciente a la jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria, Acciones y Planta Permanente que como Anexos I, II y III forman parte de la presente medida.
Art. 2º — Los Directores de Administración, Acreditación y Evaluación deberán someter a la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA, para su consideración y aprobación, dentro de los SESENTA (60) días posteriores a su designación, un proyecto de Reglamento Interno compatible con las disposiciones de la Ley Nº 24.521 y sus decretos reglamentarios.
Art. 3º — Deróganse los artículos 11, 12, 13 y 28 del Decreto Nº 173 de fecha 21 de febrero de 1996, modificado por el Decreto Nº 705 de fecha 30 de julio de 1997.
Art. 4º — Déjase establecido que —con excepción de los funcionarios extra-escalafonarios— el personal de planta permanente de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) se regirá por las normas del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto Nº 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995).
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Manuel G. García Solá.
ANEXO II
COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA
(CONEAU)
DIRECCION DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Diseñar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial del organismo.
Administrar las políticas y aplicación de normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y su desarrollo.
ACCIONES
Confeccionar el proyecto de presupuesto anual del organismo.
Efectuar las compras de bienes y las contrataciones de servicios requeridas para el cumplimiento de las actividades de la institución.
Coordinar los servicios contables, económicos, financieros y patrimoniales del organismo.
Efectuar las tareas relativas a la administración de recursos humanos y capacitación.
DIRECCION DE ACREDITACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Instrumentar las medidas necesarias para la implementación de los procesos técnicos de acreditación de carreras de grado y posgrado, según lo establecido en la Ley Nº 24.521.
ACCIONES
Brindar asistencia técnica a la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU).
Coordinar la fase preparatoria del proceso de acreditación de carreras de grado y posgrado (coordinación de convocatorias).
Elaborar criterios, indicadores y manuales de procedimiento para acreditación.
Coordinar al personal y consultores que colaboran con la Dirección.
Asistir a la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) en la definición de los perfiles para los miembros de las Comisiones Asesoras.
Participar en las reuniones de la Comisión Regional de Especialistas en Evaluación y Acreditación del MERCOSUR.
Organizar cursos y seminarios de especialización destinados a los Comités de Pares.
DIRECCION DE EVALUACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Instrumentar las medidas necesarias para la implementación de los procesos técnicos de evaluación de instituciones universitarias, según lo establecido en la Ley Nº 24.521.
ACCIONES
Coordinar la fase preparatoria de los procesos de evaluación externa (las convocatorias).
Asistir a la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) en la definición de los perfiles para los miembros de las Comisiones Asesoras.
Elaborar criterios, indicadores y manuales de procedimientos de evaluación.
Elaborar los Informes de Seguimiento Anual para otorgar la autorización provisoria y el reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas.
Efectuar la evaluación de los proyectos institucionales nuevos.
Organizar cursos y seminarios de especialización destinados a los Comités de Pares.
ANEXO III
PLANTA PERMANENTE
JURISDICCION. MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION
ENTIDAD: COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU)
PROGRAMA PRESUPUESTARIO: 016
ENTIDAD: 804
ESCALAFON: Decreto Nº 993/91
NIVELES ESCALAFONARIOS
UNIDAD ORGANIZATIVA |
EE |
A |
B |
C |
D |
SUBTOTAL |
CONEAU |
12 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
DIRECCION DE ADMINISTRACION |
0 |
2 |
1 |
1 |
2 |
6 |
DIRECCION DE ACREDITACION |
0 |
5 |
2 |
1 |
0 |
8 |
DIRECCION DE EVALUACION |
0 |
6 |
2 |
0 |
0 |
8 |
TOTAL |
12 |
13 |
5 |
2 |
2 |
22 |