MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 721/2003
Apruébase un contrato celebrado por la citada Jurisdicción, el que será financiado de acuerdo al Contrato de Préstamo FONPLATA ARG- 7/94, suscripto con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata.
Bs. As., 27/3/2003
VISTO el Expediente E-2430-2003 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos N° 603 del 25 de abril de 1995, N° 491 del 12 de marzo de 2002 y N° 601 del 11 de abril de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 603/1995 se aprobó el contrato de préstamo con el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA para la realización del PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL EN AREAS FRONTERIZAS DEL NOROESTE Y NORESTE ARGENTINOS CON NECESIDADES BASICAS INSATISFECHAS (PROSOFA).
Que por el Decreto N° 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada —en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001— en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto N° 491/02 aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1184/01, y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral y multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Que resulta necesario proceder a la celebración de contratos de consultores para el PROGRAMA DE DESARROLLO SOCIAL EN AREAS FRONTERIZAS DEL NOROESTE Y NORESTE ARGENTINOS CON NECESIDADES BASICAS INSATISFECHAS (PROSOFA), que corresponde al Contrato de Préstamo ARG-7/94, celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de dicho Programa en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1° del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Decretos N° 491/02 y N° 601/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el contrato celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la persona que se menciona en el Anexo I, conforme a las condiciones, plazo y monto mensual y total allí consignados, y la asignación de la función conforme lo establecido en el mismo Anexo.
Art. 2° — Establécese que dicho contrato será financiado de acuerdo al Contrato de Préstamo FONPLATA ARG-7/94, celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— DUHALDE. — María N. Doga.
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NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).