MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE
Decreto 677/2000
Apruébase la estructura organizativa del mencionado Departamento de Estado.
Bs. As., 9/8/2000
VISTO el expediente Nº 20-00160/2000 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBENTE, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) modificada por la Ley Nº 24.190 y por la Ley Nº 25.233 y el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Ley Nº 25.233 se sustituyeron el número, los nombres y las competencias de la mencionada Ley de Ministerios.
Que por la citada norma fue creado el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBENTE.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, se aprueba el organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que en cumplimiento a lo prescripto en el artículo 4º del citado Decreto las jurisdicciones deben remitir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las estructuras organizativas de las unidades de nivel inferior a Subsecretaría hasta el primer nivel operativo.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros ha considerado conveniente la cobertura de cargos vacantes existentes en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 25.237
Que se hace necesario modificar el Decreto Nº 20/99 para adecuarlo a lo legislado en la Ley Nº 23.302, estableciendo el ámbito jurisdiccional de acción del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.
Que por cuestiones operacionales, dicho Instituto delegará en los Servicios de apoyo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE las funciones de su Servicio Administrativo Financiero y de su Servicio Jurídico Permanente.
Que hasta tanto se implementen las disposiciones definitivas para el organismo corresponde dictar las medidas transitorias que faciliten la gestión presupuestaria de acuerdo a la estructura que se aprueba a través de la presente norma.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 20, primer párrafo, y 22 de la Ley Nº 25.237 y el artículo 99 inciso 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, conforme al organigrama, responsabilidad primaria y acciones, y planta de personal que forman parte integrante del presente Decreto como Anexos I, III y IV.
Art. 2º — Apruébanse los Objetivos de la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES que como Anexo II forma parte del presente Decreto.
Art. 3º — Fíjase el plazo de TREINTA (30) días corridos a partir de la fecha del presente Decreto para que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE realice las transferencias y reubicaciones de personal necesarias para dar cumplimiento a la presente norma.
Art. 4º — Transfiérese al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, el personal, el presupuesto, el patrimonio, y competencias asignadas anteriormente a las ex Secretarías de DESARROLLO SOCIAL, de DEPORTES y de TERCERA EDAD, todas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de la SUBSECRETARIA DE LA JUVENTUD del MINISTERIO DEL INTERIOR, de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES "PROGRAMA ARRAIGO", de la PRESIDENCIA de la NACION.
Art. 5º — Transfiérese al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, el personal, el presupuesto, el patrimonio, y competencia asignadas anteriormente a la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION con excepción de todo lo relativo a la SUBSECRETARlA DE RECURSOS HIDRICOS.
Art. 6º — Transfiérese al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA el personal y el presupuesto asignados anteriormente a la SUBSECRETARIA DE VIVIENDA de la ex SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION con excepción de los asignados a los programas "DESARROLLO SOCIAL EN AREAS FRONTERIZAS NOA Y NEA" y "ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO BARRIAL".
Art. 7º — Derógase el artículo 9º del Decreto Nº 1667 del 23 de agosto de 1991 y sus modificatorios.
Art. 8º — Modifícase el Anexo III del Decreto Nº 20/99 incorporando al ámbito de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE al Organismo Descentralizado INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS.
Art. 9º — Transfiérese al Organismo Descentralizado INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, el personal, el presupuesto, el patrimonio, y competencia asignadas anteriormente al Organismo Centralizado de la misma denominación dependiente de la ex SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES de la ex SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 10. — El Servicio Administrativo Financiero y el Servicio Jurídico Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS serán ejecutados por las respectivas áreas del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
Art. 11. — El titular del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS designado en el marco establecido por la Ley Nº 23.302 elevará a través del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, en el término de TREINTA (30) días corridos a partir de la fecha del presente Decreto su propuesta de estructura organizativa.
Art. 12. — Hasta tanto se designe al titular del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS sus funciones serán ejercidas por el titular de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
Art. 13. — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Art. 14. — El MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE deberá presentar la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores que se aprueban por el presente Decreto, en concordancia con lo establecido por el Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 reglamentado por la Resolución Nº 422 del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA. Hasta tanto se aprueben quedarán vigentes las unidades existentes con asignación de los respectivos niveles, grados de revista y cargos con funciones ejecutivas previstos en el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995).
Art. 15. — Facúltase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE a designar en forma transitoria, por única vez y hasta tanto se sustancien los procesos de selección al personal que tendrá a su cargo las unidades organizativas que se creen, Ias que cambien sus competencias o las que se hallen vacantes, con derecho a la percepción, sólo por ese periodo y en la condición indicada, del Suplemento por Función Ejecutiva, como excepción al artículo 71 —primera parte— del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa aprobado por el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995). Otórgase asimismo la excepción prevista a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Nº 25.737, primera parte, al sólo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos de la estructura que se aprueba por el presente Decreto.
Art. 16. — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se atenderá con las partidas presupuestarias asignadas en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE.
Art. 17. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Graciela Fernández Meijide. — José L. Machinea.
ANEXO II
COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES
OBJETIVOS:
Formular las políticas conducentes a asegurar en todo el ámbito de la Nación el otorgamiento de pensiones no contributivas y las emergentes de leyes especiales, como así también la cobertura asistencial médica a la población beneficiaria dependiente de su jurisdicción dentro del marco de las políticas emanadas del Ministerio.
ANEXO lII
UNIDAD DE AUDlTORIA INTERNA
RESONSABlLIDAD PRIMARIA.
Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.
ACCIONES.
1. Establecer la planificación de la auditoría interna de la jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría Interna.
2. Elaborar el Plan Anual de la Auditoria Interna
3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.
4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquéllos de significativa trascendencia económica.
6. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.
7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.
11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.
12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
13. Informar sobre los temas que la SlNDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
SUBSECRETARlA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la elaboración del presupuesto del Ministerio y ejercer la gestión económica, financiera, de recursos humanos y de informatización, y el monitoreo y control del sistema de tramitación administrativa de la jurisdicción.
ACCIONES.
1. Formular el anteproyecto de presupuesto.
2. Programar y controlar la ejecución del presupuesto aprobado para el Ministerio
3. Gestionar las contrataciones de mantenimiento.
4. Atender las necesidades de bienes y servicios y mantenimiento del Ministerio dirigiendo las respectivas contrataciones.
5. Coordinar la gestión de los actos administrativos emanados del Ministerio, en el ámbito de su dependencia.
6. Administrar los ingresos y egresos de fondos de origen presupuestario.
7. Identificar y registrar los recursos económicos y financieros en función de las diferentes fuentes de financiamiento.
8. Administrar el patrimonio del Ministerio.
9. Administrar las políticas de recursos humanos, la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo y las relaciones laborales, en procura de mejores niveles de productividad y satisfacción laboral y calidad en la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.
10. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones de las estructuras orgánicas que correspondan.
11. Administrar la ejecución y gestión de la informatización del Ministerio.
12. Administrar el ingreso y egreso de la documentación proveniente de otras jurisdicciones y/o particulares, y llevar el despacho de la jurisdicción, monitoreando en forma sistemática y permanente los circuitos de gestión administrativa.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS INSTITUCIONALES Y
COORDINACION DEL FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA.
Asistir a la Subsecretaría en la orientación y supervisión, con las restantes Jurisdicciones, con los Organismos Nacionales e Internacionales, de la gestión de los proyectos del Ministerio en el marco de las pautas acordadas, ya sea con los Ministerios con competencia primaria en materia de financiamiento y de cooperación internacional o con otros organismos públicos y privados de carácter nacional e internacional.
Coordinar el funcionamiento técnico-administrativo de las unidades ejecutoras de los programas de índole social, con financiamiento internacional, creadas y a crearse.
ACCIONES.
1. Informar sobre el grado de cumplimiento de los compromisos adquiridos por organismos del Estado Nacional, Estados Provinciales y Municipales y Organismos descentralizados y/o autónomos a fin de determinar los procedimientos a seguir por el Ministerio.
2. Evaluar la viabilidad técnica, económica y financiera de los programas propios del Ministerio, así como los acordados con terceros organismos.
3. Realizar la gestión ante Organismos Internacionales o Regionales, Terceros Países, Organismos Nacionales y Provinciales de Cooperación Técnica o Financiamiento de propuestas de programas, evaluaciones, estudios, asistencia técnica y capacitación a cumplirse en el ámbito del Ministerio, así como en la preparación, diseño, negociación y realización de actividades de preinversión y gestión interinstitucional necesaria para los proyectos que demanden financiamiento externo y que correspondan a áreas de incumbencia del Ministerio.
4. Asistir al Ministerio en la selección de las contrataciones de locación de servicios, obras y otras contrataciones, necesarias para el cumplimiento de las misiones encomendadas a las unidades ejecutoras.
5. Asistir a la Subsecretaría en la confección del presupuesto anual de cada unidad ejecutora.
6. Administrar los recursos de las unidades ejecutoras, en el marco de la normativa vigente para cada programa y efectuar el seguimiento de los mismos.
7. Supervisar, controlar y evaluar la ejecución de los programas con financiamiento externo.
8. Asistir a la Subsecretaría en la representación de la jurisdicción ante los organismos internacionales de financiamiento, el MINISTERIO DE ECONOMIA y la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a los efectos de la formulación y posterior, ejecución de programas financiados con préstamos y donaciones.
9. Representar al Ministerio ante los distintos Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales e Internacionales, en el marco de su competencia.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Representar judicialmente al Ministerio, dictaminar y asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia del Ministerio.
Dictaminar en los recursos de alzada provenientes de Organismos descentralizados de la Jurisdicción.
ACCIONES.
1. Ejecutar el control de legalidad y legitimidad de los actos administrativos.
2. Redactar o colaborar en la redacción de los proyectos de leyes, decretos, convenios y otros actos administrativos que le sean requeridos por los organismos del Ministerio
3. Asesorar en forma permanente en los aspectos legales a las distintas áreas del Ministerio.
4. Atender las actividades derivadas de la presentación de recursos y emitir dictámenes.
5. Diligenciar los Oficios Judiciales dirigidos al Ministerio y fiscalizar el cumplimiento de los términos prescriptos y/o anteproyectos de decretos, resoluciones y disposiciones que deban ser elevados a consideración y/o aprobación de las autoridades superiores del Ministerio.
6. Representar al Ministerio en las causas en que sea parte.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y CONTROL ESTRATEGICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en todo lo referente a la planificación y control anual y plurianual de todas las acciones y actividades del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente en las materias de su competencia.
ACCIONES
1. Elaborar y proponer la planificación de las acciones a ejecutar por parte del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente.
2. Mejorar la eficiencia operacional de los programas y realizar la estimación de su impacto sobre la población destinataria.
3. Analizar la cobertura real y programática de acuerdo a las metas fijadas para cada programa y a los recursos que le fueron asignados.
4. Establecer los sistemas de control de gestión y monitoreo en el corto, mediano y largo plazo, con el fin de evaluar la gestión de los programas de la jurisdicción, proponiendo los ajustes necesarios para mejorar su eficacia y eficiencia.
5. Apreciar la focalización de los programas vigentes a efectos de poder determinar su adecuación, tanto en los diferentes niveles de toma de decisiones, como también el grado de relevancia de los criterios para la selección de los beneficiarios.
6. Analizar la eficacia y eficiencia de los diferentes niveles operativos de los programas, considerando los problemas enfrentados en la organización interna y su desarrollo externo y proponer los cambios de procedimientos convenientes para el cumplimiento de las políticas de la jurisdicción.
7. Evaluar la eficiencia en la entrega de los servicios y productos a la población objetivo, analizando la estructura de costos en cada nivel.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar todas las actividades vinculadas con la información y con la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda instruir al personal de la jurisdicción ministerial.
ACCIONES.
1. Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.
2. Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar de un sumario.
3. Supervisar la recopilación de informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
4. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.
5. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito de la Jurisdicción.
COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES
DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES MEDICAS.
RESPONSABILIDAD PRIMARIA.
Asegurar la cobertura asistencial médica a la población beneficiaria dependiente de la jurisdicción, en todo el país, contratando, controlando y liquidando las prestaciones médicas efectuadas a los beneficiarios.
ACCIONES:
1. Contratar a los prestadores y/o redes de prestadores a efectos de brindar la cobertura asistencial médica a la población beneficiaria en todo el ámbito del país.
2. Efectuar las auditorías médicas de las prestaciones a la población beneficiaria a fin de asegurar la eficacia y eficiencia de las mismas.
3. Crear y mantener actualizado un registro de prestaciones médicas efectuadas a la población beneficiaria.
4. Efectuar las liquidaciones correspondientes a las prestaciones médicas brindadas a la población beneficiaria.
5. Generar y supervisar las campañas de promoción de la salud para la población beneficiaria del sistema, a nivel nacional, regional, provincial y local.
COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES
DIRECCION NACIONAL DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS.
RESPONSABILIDAD PRIMARIA.
Planificar los cursos de acción para la aplicación de las normas legales y reglamentarias correspondientes, a fin de proporcionar el otorgamiento de las pensiones no contributivas y de las emergentes de leyes especiales, interpretando y haciendo cumplir las políticas del Ministerio y coordinando las acciones de interés común con otros entes u organismos relacionados.
ACCIONES.
1. Programar los cursos de acción más convenientes para la consecución de los objetivos y metas de la Comisión, analizando las situaciones futuras consideradas factibles.
2. Asesorar a los interesados, a sus representantes legales y a organismos públicos y/o privados sobre los requisitos que deben observarse para el otorgamiento de pensiones no contributivas.
3. Efectuar el análisis y evaluación de los pedidos de pensiones no contributivas nacionales, interpuestos ante las áreas respectivas de los gobiernos provinciales.
4. Supervisar las prórrogas o rehabilitaciones de prestaciones por vejez o invalidez a las personas sin recurso ni amparo.
5. Controlar la correcta liquidación de las prestaciones de pensiones no contributivas y aquellas derivadas de leyes especiales y administrar el padrón de beneficiarios (titulares y adherentes) del Sistema Federal de Salud.
ANEXO III
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS SOCIALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Secretario de Políticas Sociales en la planificación, fiscalización, coordinación y ejecución de las políticas de promoción, integración, desarrollo y fortalecimiento de grupos humanos con problemas nutricionales o Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), para el desarrollo local y para el mejoramiento de la infraestructura social básica, en forma directa o a través de las provincias, municipios y organizaciones no gubernamentales.
ACCIONES.
1. Gestionar y administrar financiamiento para facilitar soluciones habitacionales y de infraestructura básica, para los sectores sociales con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) cuya situación deficitaria requiere de recursos subsidiados por el Estado.
2. Coordinar con las áreas competentes del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA las acciones necesarias para optimizar los recursos destinados al mejoramiento del hábitat de individuos o sectores sociales en situación de riesgo.
3. Planificar y ejecutar acciones destinadas a mejorar las condiciones de vida de los sectores vulnerables buscando desarrollar experiencias participativas de gestión y planificación y mejoramiento del equipamiento comunitario y fortalecer las capacidades locales con amplia participación de organizaciones gubernamentales y de la comunidad.
4. Desarrollar planes, programas y proyectos que permitan mejorar las condiciones de vida y el acceso a una alimentación adecuada a sectores nutricionalmente vulnerables a través del aporte complementario de alimentos y fortalecer las distintas estrategias alimentarias a través de la asistencia financiera para infraestructura y equipamiento, asistencia técnica y capacitación, propiciando el desarrollo local y mejoramiento de la infraestructura social básica.
5. Planificar y ejecutar acciones destinadas a mejorar la calidad de dieta alimentaria mediante la autoproducción, promoviendo alternativas agroalimentarias.
6. Fortalecer la capacidad institucional de los municipios para apoyar, impulsar y gestionar el desarrollo de emprendimientos institucionales, económicos y comunitarios que generen trabajo y movilicen las iniciativas locales que permitan elevar la calidad de vida de la población, buscando incorporar recursos originados en los procesos productivos locales.
7. Obtener y administrar recursos destinados a implementar programas de desarrollo local y fomento de emprendimientos económicos, buscando incorporar recursos originados en los procesos productivos locales.
8. Brindar asistencia técnica, financiera y capacitación para la formación de emprendedores, promotores productivos municipales y capacitadores para apoyar la creación y/o consolidación de emprendimientos económicos generadores de empleo y trabajo, y procesos de cambio orientados al desarrollo local.
SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES
COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES "PROGRAMA ARRAIGO"
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Impulsar cuando corresponda todas aquellas acciones tendientes a lograr la regularización dominial de las tierras fiscales nacionales mediante su transferencia a favor de sus actuales ocupantes, promoviendo, para tal fin la participación de los organismos provinciales y municipales competentes en la materia y de las organizaciones sociales destinatarias del programa.
ACCIONES.
1. Proponer y ejecutar los proyectos de investigación y urbanización, las acciones de regularización de la situación de los asentamientos existentes en tierras fiscales ocupadas en todo el país y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias entre sí y en su relación con el Estado.
2. Realizar y actualizar el relevamiento nacional de las tierras fiscales ocupadas por asentamientos irregulares.
3. Realizar censos y encuestas para determinar la situación socio-económica de los grupos sociales destinatarios del programa.
5. Proponer la celebración de convenios de colaboración recíproca con asociaciones profesionales, organizaciones sociales, organismos internacionales de cooperación y universidades, tendientes a la realización de proyectos globales de capacitación, reordenamiento urbano y vivienda.
SECRETARIA DE TERCERA EDAD Y ACCION SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE TERCERA EDAD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar, gestionar y evaluar proyectos y programas destinados al estudio, la promoción, protección, integración social y desarrollo de los adultos mayores, articulando acciones con instancias nacionales, provinciales, municipales, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil.
ACCIONES:
1. Identificar prioridades y necesidades en la temática de la tercera edad mediante la realización de estudios y relevamientos o utilización de censos, encuestas y monitoreos.
2. Sistematizar la información obtenida para que permita el diseño de programas que den respuestas a las necesidades de la tercera edad.
3. Promover, gestionar y evaluar proyectos y programas relativos a los adultos mayores financiados mediante el presupuesto nacional, organismos internacionales y mediante la participación del sector privado.
4. Elaborar normas que reglamenten actividades relacionadas con la temática.
5. Realizar actividades que prevengan y resuelvan estados de necesidad social que afecten a personas, grupos y comunidades focalizándolas en la tercera edad.
6. Velar por el cumplimiento de las tareas de fiscalización médica de residencias geriátricas en forma coordinada con el Ministerio de Salud de la Nación y los organismos provinciales y municipales competentes.
7. Contribuir a la difusión de los principales problemas que afectan a los adultos mayores y su relación con otros sectores sociales a fin de prevenir sus consecuencias negativas.
8. Coordinar el otorgamiento de subsidios institucionales y la asistencia directa a grupos de la tercera edad.
SECRETARIA DE TERCERA EDAD Y ACCION SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION Y ACCION SOCIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar e implementar programas destinados a resolver estados de necesidad social que afectan a personas grupos y comunidades, particularmente en las áreas geográficas de mayor concentración de pobreza y en poblaciones de alta vulnerabilidad y exclusión social, promoviendo la plena integración de los mismos y articulando acciones con instancias provinciales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.
ACCIONES:
1. Identificar grupos en situaciones de vulnerabilidad social.
2. Apoyar el desarrollo de proyectos innovadores que tiendan a prevenir y resolver situaciones de exclusión social en sus diferentes formas.
3. Coordinar acciones de asistencia con las otras áreas del Ministerio.
4. Coordinar el otorgamiento de subsidios institucionales.
5. Fomentar acciones solidarias entre grupos sociales.
SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL
SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL
DIRECCION NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Subsecretario de Ordenamiento y Política Ambiental en todo lo referente a la evaluación y control de la calidad ambiental y al análisis y promoción de tecnología ambientalmente limpias.
Promover, formular, implementar y evaluar las políticas, programas y proyectos vinculados a la elaboración y aplicación de los Presupuestos Mínimos de protección ambiental.
ACCIONES:
1. Elaborar propuestas y ejecutar políticas, programas y proyectos vinculados a la gestión sustentable del medio ambiente.
2. Elaborar, proponer y aplicar normas para la preservación, cuidado, control y recuperación del medio ambiente.
3. Promover, desarrollar e implementar sistemas, instrumentos y/o técnicas de evaluación y control de la calidad ambiental.
4. Ejercer un seguimiento permanente del estado del medio ambiente a nivel nacional y regional, identificando y diseñando las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental nacional, en el marco de sus competencias.
5. Analizar, evaluar y promover tecnologías ambientales limpias.
6. Promover, fomentar y ejecutar programas y proyectos orientados a difundir conductas de preservación y mejoramiento de la calidad ambiental.
7. Promover, elaborar y proponer los Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de acuerdo con el mandato del artículo 41 de la Constitución Nacional, habilitando los mecanismos participativos necesarios para la más amplia consideración de los intereses de la sociedad.
8. Fiscalizar el cumplimiento de los Presupuestos Mínimos que se establezcan y arbitrar los mecanismos que correspondan para evaluar y sancionar las conductas que se aparten de lo que establecen las normas de protección ambiental.
SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL
SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL
DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar propuestas, planes, programas y proyectos destinados a promover un conocimiento integral de los recursos naturales renovables del país y a incorporar y adecuar las técnicas de aprovechamiento de los mismos a los criterios de sustentabilidad.
Coordinar programas y proyectos que promuevan la inserción plena de las consideraciones ambientales en las políticas sectoriales de desarrollo, en especial cuando éstas tienen por objeto la revitalización de las economías regionales.
ACCIONES:
1. Proponer y promover regímenes normativos y acciones que tiendan a la consolidación, recuperación y utilización sustentable de los recursos naturales renovables. Mantener actualizado el sistema de información permanente sobre los recursos naturales, desarrollando el inventario de los recursos y los sistemas que permitan disponer de una contabilidad adecuada del patrimonio natural y de las relaciones de éste con el bienestar nacional.
2. Desarrollar e implementar indicadores de sustentabilidad a fin de asistir en la evaluación de las políticas ambientales.
3. Proponer y ejecutar políticas y programas tendientes a lograr un conocimiento integral de los recursos naturales del país para su valoración, aprovechamiento y desarrollo sustentable.
4. Proponer y ejecutar programas para la protección y recuperación de la flora y la fauna silvestre y las masas forestales nativas, y para la preservación de la biodiversidad en forma coordinada con entes públicos o privados competentes en la materia.
5. Proponer y ejecutar políticas tendientes a la conservación y mejoramiento de los suelos.
6. Proponer y ejecutar políticas y programas tendientes a la investigación y manejo sustentable de la fauna marina y dulceacuícola.
SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL
SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL
DIRECCION DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y PROMOCION AMBIENTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario de Ordenamiento y Política Ambiental en todo lo referente al diseño, implementación y evaluación de la política ambiental, así como en la gestión de los compromisos asumidos por la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental en el marco de Convenios y Acuerdos Internacionales y en el diseño e implementación de acciones de educación, capacitación y promoción ambiental
ACCIONES:
1. Diseñar, implementar y evaluar la participación de la Secretaría y de sus órganos competentes en el diseño y seguimiento de las políticas ambientales en el ámbito del Mercosur, y en el diseño e implementación de acciones de educación, capacitación y promoción ambiental.
2. Profundizar la educación ambiental a través de las instancias formales e informales del desarrollo del conocimiento, promover la conciencia ambiental ciudadana y favorecer las actividades de promoción ambiental.
3. Identificar, desarrollar y proponer los objetivos, alcances, contenidos y metas de las políticas específicas a ser implementadas por la Secretaría.
4. Definir la orientación política respecto de los distintos componentes involucrados en los Convenios y Acuerdos Internacionales suscriptos por el país sobre materias de competencia de la Secretaría.
SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL
SUBSECRETARIA DE ORDENAMIENTO Y POLITICA AMBIENTAL
DIRECCION NACIONAL DE AMBIENTE HUMANO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA.
Asistir al Subsecretario de Ordenamiento y Política Ambiental en todo lo referente a la promoción de una mejor calidad de vida mediante el disfrute de un ambiente sano y al desarrollo de programas y proyectos tendientes al mejoramiento del bienestar general de la población.
Atender las demandas globales y formular una política del hábitat orientada a atacar los principales conflictos de la relación entre Ambiente Urbano, Suburbano y Rural y Organización Social.
ACCIONES:
1. Analizar, evaluar y promover programas y proyectos tendientes a la protección efectiva del ambiente que repercute en el estado de la salud de los habitantes y a la promoción de su bienestar.
2. Formular pautas nacionales para evaluar y resolver los problemas ambientales vinculados al desarrollo de la infraestructura básica y de vivienda, estableciendo al mismo tiempo, los indicadores económicos, tecnológicos y de demanda de mano de obra que dicho desarrollo genera.
3. Fomentar, promover y ejecutar programas y proyectos orientados al mejoramiento del bienestar, priorizando en su desarollo aquellos componentes que favorezcan nuevas oportunidades de empleo.
SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLITICA AMBIENTAL
DIRECCION DE INFRACCIONES AMBIENTALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Sustanciar en la esfera administrativa las actuaciones previas a la aplicación de las sanciones previstas en las leyes de las que en el aspecto ambiental la jurisdicción sea autoridad de aplicación.
ACCIONES:
1. Sustanciar los procesos administrativos para la investigación de los hechos sobre cuyo conocimiento y sanción la jurisdicción es autoridad competente, asegurando el derecho de defensa de los presuntos infractores, posibilitando su efectiva participación en el procedimiento, respetando la publicidad del mismo, la oportunidad del administrado de expresar sus razones antes de la emisión del acto administrativo sancionatorio, el derecho de ofrecer y producir prueba y de controlar la producción de la substanciada por la Administración.
2. Notificar a los infractores las faltas o irregularidades detectadas que se atribuyen, evaluar las pruebas ofrecidas y substanciar las informaciones sumarias.
3. Requerir de organismos públicos y privados la información necesaria para elucidar los planteos de defensa presentados por los infractores.
4. Requerir de los sectores técnicos el nombramiento de peritos para su directa participación en los procedimientos instructorios de las infracciones cuando ello sea necesario para la especificidad de las mismas.
5. Redactar los proyectos de resoluciones condenatorias o absolutorias que pongan fin al proceso instructorio de las infracciones.
6. Notificar las resoluciones absolutorias o condenatorias que, con apoyo en el procedimiento efectuado disponga la jurisdicción.
SECRETARIA DE DEPORTES Y RECREACION
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS Y PLANEAMIENTO DEPORTIVO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar y diseñar programas y planes para el desarrollo integral del deporte en todas sus etapas, modalidades y niveles de competición, de la recreación en todas sus formas y modalidades y de la infraestructura y seguridad de las instalaciones destinadas a su práctica y ejercicio.
ACCIONES:
1. Asistir al Secretario en la elaboración del anteproyecto de Presupuesto anual de la Secretaría, efectuar el seguimiento de la ejecución del mismo, evaluar el cumplimiento de las metas físicas y elaborar la normativa que permita desarrollar la política deportiva y su adecuada implementación.
2. Fiscalizar el cumplimiento de las metas y la ejecución económica de los subsidios que para las actividades deportivas reciben las instituciones, del Presupuesto de la Secretaría o de fondos privados gestionados por ésta.
3. Proponer sistemas de planificación estratégica y de cooperación para orientar la inversión pública y privada en el deporte, tanto para la práctica social como para la alta competencia.
4. Instrumentar y mantener actualizado el Registro Nacional de Instituciones Deportivas y ejercer las funciones que en relación a ellas le asigne la legislación vigente.
5. Instrumentar un sistema de información y estadística deportiva y desarrollar metodologías de abordaje interdisciplinario para la difusión, promoción y análisis deportivo.
6. Elaborar programas de asistencia al deportista en el cuidado de la salud y mejora del rendimiento deportivo, en especial la prevención y control del uso indebido de drogas y participar en la elaboración de las medidas atinentes al control de la seguridad y prevención de accidentes en espectáculos deportivos.
7. Promover el intercambio de conocimiento científico vinculado con el deporte, el apoyo económico privado para fomentar el desarrollo del deporte y la presencia de deportistas argentinos en el exterior, la difusión de las actividades deportivas y recreativas en general y articular acciones de cooperación internacional.
SECRETARIA DE DEPORTES Y RECREACION
DIRECCION NACIONAL TECNICO DEPORTIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA.
Ejecutar las políticas, planes y programas vinculados al desarrollo integral del deporte en todas sus etapas, modalidades y niveles de competición y de la recreación en todas sus formas y modalidades.
ACCIONES:
1. Ejecutar programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento en base a los estándares internacionales para cada disciplina.
2. Fijar las modalidades y condiciones que deberán cumplir las instituciones deportivas para recibir apoyo económico destinado al cumplimiento de las metas que se establezcan para las distintas disciplinas deportivas.
3. Coordinar y ejecutar con los Gobiernos Provinciales y las entidades federativas nacionales o locales, programas de captación y desarrollo de talentos deportivos, cuidando para tal fin los principios éticos y pedagógicos correspondientes.
4. Promover actividades recreativas y competencias deportivas en el ámbito de la educación formal en todos los niveles y jurisdicciones a fin de preservar y fomentar las oportunidades formativas que brinda el deporte y participar en la organización de actividades deportivas para grupos específicos como adultos mayores, discapacitados y niños.
5. Elaborar criterios para entrenadores y deportistas, cualquiera sea su nivel competitivo, referidas al cuidado de la salud y en la mejora del rendimiento, arbitrando las medidas necesarias para facilitar su acceso a técnicas generales y específicas de entrenamiento con aplicación de las normas médico sanitarias, en especial las referidas a la prevención y control del uso indebido de drogas.
6. Fomentar eventos deportivos de participación masiva, cuya repercusión permita a la población valorar la práctica deportiva como una opción productiva del uso del tiempo libre y cuya difusión ubique favorablemente al país para la organización de eventos deportivos internacionales.
7. Instrumentar planes de mantenimiento y mejora de las instalaciones y predios bajo jurisdicción de la Secretaría.
8. Planificar, promover y tramitar la construcción de infraestructura deportiva y coordinar con las entidades deportivas y Gobiernos Provinciales con respecto a ella.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE LA JUVENTUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar e implementar programas tendientes a la generación de proyectos innovadores que promuevan el desarrollo y el mejoramiento de la calidad de vida de jóvenes, coordinando acciones con otras áreas del Ministerio y con instancias provinciales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.
ACCIONES:
1. Apoyar y promover iniciativas socio-culturales juveniles.
2. Realizar eventos inherentes a las instituciones de la juventud.
3. Coordinar el desarrollo e implementación de programas con la Dirección Nacional de Asistencia Comunitaria y la Dirección Nacional de Políticas y Planeamiento Deportivo.
4. Brindar asistencia técnica y apoyo económico para el desarrollo e implementación de proyectos innovadores destinados prioritariamente al desarrollo y al mejoramiento de la calidad de vida de los jóvenes.
5. Promover la integración de las juventudes de los países del Mercosur y de Latinoamérica en particular.
6. Coordinar con la Dirección Nacional de Integración y Acción Social acciones de articulación entre organizaciones juveniles y otras organizaciones de la sociedad civil.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA COMUNITARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar e implementar programas tendientes a la atención de la población en situación de emergencia y riesgo social derivada de siniestros, desastres naturales u otras causas que configuren situaciones de emergencia, coordinar la implementación de acciones con instancias provinciales, municipales y organizaciones de la sociedad civil, y estimular la gestión de proyectos tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de grupos y comunidades en condición de pobreza.
ACCIONES:
1. Identificar grupos poblacionales en situación de emergencia y riesgo social.
2. Definir las prioridades a atender elaborando los cronogramas y operativos de asistencia que hagan más eficiente la operatoria de los programas.
3. Coordinar acciones con la Dirección Nacional de Programas Sociales para la asistencia alimentaria.
4. Brindar alojamiento temporario a grupos o personas en situación de desamparo habitacional.
5. Coordinar acciones con el Ministerio de Salud para el servicio de atención sanitaria.
6. Otorgar subsidios institucionales
7. Promover el desarrollo y gestión de proyectos participativos tendientes a revertir las situaciones de emergencia y riesgo social.
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE LA MUJER
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar e implementar programas sociales destinados a la mujer, con especial énfasis en las jefas de hogar en situación de riesgo y vulnerabilidad.
ACCIONES:
1. Planificar y ejecutar planes, programas y proyectos destinados a la integración y mejoramiento de la situación de la mujer con riesgo social en todo el país.
2. Desarrollar e implementar un programa nacional de atención directa a las mujeres jefas de hogar en situación de riesgo o vulnerabilidad, promoviendo su participación en cada una de las etapas de los ciclos del programa. Coordinar con los distintos programas del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente las acciones tendientes al mejoramiento de la situación de la mujer.
4. Promover la coordinación de acciones con los demás organismos del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente y con otras Instituciones públicas o privadas nacionales e internacionales, con el fin de establecer las políticas públicas sociales vinculadas a la mujer.