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Ministerio de Economía




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PRESUPUESTO

Resolución 445/2000

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 del Astillero Ministro Manuel Domecq García Sociedad Anónima (en liquidación) y de Dicon Difusión Contemporánea Sociedad Anónima (en liquidación).

Bs. As., 9/6/2000

VISTO el Expediente Nº 090-001501/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que se tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000, formulados por el ASTILLERO MINISTRO MANUEL DOMECQ GARCIA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) y por DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), ambos entes residuales dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA y la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha 2 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Titulo II, Capítulo lIl, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que el artículo 60 de la Ley Nº 24.938, actualmente incorporado como artículo 62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), faculta al Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), modificado por el artículo 25 de la Ley Nº 24.764.

Que la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha 2 de febrero de 2000 prorrogó el plazo para la liquidación definitiva de distintos entes en liquidación, entre los cuales se encuentra el ASTILLERO MINISTRO MANUEL DOMECQ GARCIA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).

Que el artículo 2º de ese cuerpo legal prorrogó hasta el 30 de junio de 2000 o hasta tanto se produzca el vencimiento del plazo de NOVENTA (90) días corridos contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Resolución que disponga su cierre, lo que ocurra primero, el plazo establecido en el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 639/98, para la liquidación definitiva del ASTILLERO MINISTRO MANUEL DOMECQ GARCIA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidación para el ejercicio 2000 conforme lo establecido por la Decisión Administrativa Nº 11/2000.

Que el artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) dispone que los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al ESTADO NACIONAL, declarados o que se declaren en estado de liquidación por cualquier causa, se desarrollarán sin excepción en el ámbito del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que en el marco de lo establecido por el artículo 1º de la Resolución exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 777 de fecha 25 de junio de 1999, se ha suscripto con fecha 8 de noviembre de 1999, un acta de transferencia por la que se traspasan los activos y pasivos ciertos y contingentes, así como documentación contable, comercial y administrativa correspondientes a DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la exSECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION, actualmente SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al ámbito de la exSUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL, dependiente de la exSECRETARIA DE COORDINACION del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 11 de fecha 2 de febrero de 2000 prorrogó hasta el 30 de junio del corriente año el plazo establecido por el artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), actualmente incorporado como artículo 61 del ordenamiento de ese cuerpo legal aprobado por el Decreto Nº 689 de fecha 30 de junio de 1999, para la liquidación definitiva de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).

Que a efectos de lograr el eficiente manejo de los fondos existentes en los Entes en Liquidación, resulta conveniente reasignar recursos genuinos del ASTILLERO MINISTRO MANUEL DOMECQ GARCIA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), realizando una transferencia a DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) para afrontar las erogaciones necesarias para su proceso liquidatorio.

Que obra en el expediente del VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que el artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del exMINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA, la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 del ASTILLERO MINISTRO MANUEL DOMECQ GARCIA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2º
— Estimase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fijase en la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 638.710) los gestos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 638.710), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3º — Estimase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos corrientes y fijase en la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 683.710) los gastos corrientes, incluyendo una transferencia a DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) por un importe de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 683.710) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4º
— Estimase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de la presente Resolución, estimase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 2000 en PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 683.710), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5º
— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2000 de DICON DIFUSION CONTEMPORANEA SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos III y IV a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 6º
— Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente Resolución.

Art. 7º
— Estimase en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO ($ 45.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (EQUILIBRADO) estimado en PESOS CERO ($ 0) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente Resolución.

Art. 8º — Estimase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gestos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 7º de la presente Resolución, estimase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) para el ejercicio 2000 en PESOS CERO ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo IV a la presente Resolución.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

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