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MINISTERIO DE ECONOMIA




MINISTERIO DE ECONOMIA

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Resolución N° 257/2000

Bs. As., 19/12/2000

VISTO el Expediente N° 060-012637/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA y el CONTRATO DE PRESTAMO N° 1206/OC-AR de fecha 26 de marzo de 2000 celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), y

CONSIDERANDO:

Que el Contrato mencionado en el visto fue suscripto con el fin de cooperar en la ejecución del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA POLITICA COMERCIAL EXTERNA. Que el objetivo general del Programa es apoyar el proceso de formulación e implementación de la política pública argentina en materia de comercio exterior.

Que por el Apartado 3° del mencionado Contrato se conviene en que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por intermedio de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA, actual SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, en su carácter de Organismo Ejecutor tendrá la responsabilidad básica del Programa definiendo el curso de acción del mismo.

Que en el Apartado 2.23 del Anexo A que forma parte integrante del Contrato de Préstamo mencionado, se estipula que en el ámbito de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, actual SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO se establecerá una UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP), constituida con un equipo que prestará los servicios de asistencia técnica administrativa para asegurar una buena gestión de la UEP y del Programa.

Que en virtud de lo estipulado en el Apartado 2.25 del Anexo A que forma parte integrante del Convenio, la UEP estará integrada por: un Coordinador General del Programa, un Coordinador Administrativo - Financiero y un asistente administrativo.

Que la presente medida se adopta en cumplimiento de lo establecido en el CONTRATO DE PRESTAMO del B.I.D. N° 1206/OC-AR suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.).

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA POLITICA COMERCIAL EXTERNA (UEP), la que desarrollará las funciones definidas en el Apartado 2.24 del Anexo A que forma parte integrante del Contrato.

ARTICULO 2° — Desígnase como Coordinador General del Programa, al señor D. Miguel Federico LENGYEL (D.N.I. 11.097.081), quien dependerá del señor SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, y asumirá las responsabilidades definidas en el Anexo I de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — Desígnase como Coordinador Administrativo - Financiero, a la señora Dña. María Fernanda LOPEZ (D.N.I. 18.222.390), quien dependerá del Coordinador General del Programa, y asumirá las responsabilidades definidas en el Anexo I de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 4° — Desígnase como asistente administrativo, a la señora Dña. María Mercedes ELIZALDE (D.N.I. 17.173.891), quien prestará los servicios de asistencia técnica-administrativa necesarios para el desarrollo de las actividades de la UEP y del Programa.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JAVIER O. TIZADO, Secretario de Industria y Comercio.

ANEXO I

FUNCIONES Y ACTIVIDADES DEL COORDINADOR GENERAL DEL PROYECTO:

1. — Supervisar la marcha general del Programa manteniendo las relaciones de alto nivel con las autoridades nacionales y provinciales participantes en el Programa, con el INTAL y con el BID, estableciendo un diálogo que facilite la ejecución de la operación;

2. — Efectuar revisiones periódicas de la ejecución del Programa en cuanto a sus avances y verificar el grado de cumplimiento de las obligaciones contractuales pactadas con la NACION en función a los acuerdos alcanzados con el B.l.D.;

3. — Asegurar que se cumpla con los procedimientos del B.I.D. aplicables para la ejecución de los respectivos componentes;

4. — Asegurar el adecuado mantenimiento de los registros estadísticos y contables del Programa;

5. — Elaborar y presentar a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO y al B.I.D. para su aprobación:

a) El Plan Anual Operativo del Programa, que contenga: la descripción de las actividades anticipadas junto con la estimación de los recursos que sean necesarios para su ejecución;

b) Los informes periódicos de avance junto con sus conclusiones y recomendaciones;

c) Los Estados Financieros consolidados del Programa; y

d) Las solicitudes de desembolso de fondos del Programa y la justificación de los anticipos.

6. — Elaborar y presentar al B.l.D. para su no-objeción los documentos y las solicitudes correspondientes.

7. — Dirigir y coordinar las tareas del personal asignado a la UEP;

8. — Administrar los riesgos del Programa y proponer alternativas de solución cuando éstos se presenten;

9. — Impulsar el cumplimiento de la ejecución de las actividades previstas en el Programa y en los Planes Anuales Operativos.

FUNCIONES Y ACTIVIDADES DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO-FINANCIERO:

1. — Mantener el registro de los contratos correspondientes al Programa, en una base de datos que incluya información relativa a: los servicios y/o actividades contratadas; las condiciones de contratación y su monto; las premisas bajo las cuales se efectuarán los desembolsos parciales y/o finales; el registro de ingresos y gastos del Programa;

2. — Mantener al día registros contables, de acuerdo con el plan de cuentas adoptado, los movimientos consolidados de ingresos y gastos del Programa;

3. — Verificar el avance de las actividades contratadas y solicitar al B.I.D. el procesamiento de los desembolsos que correspondan de acuerdo a las condiciones pactadas en los respectivos contratos y previstas en los Planes Anuales Operativos;

4. — Preparar anualmente para consideración del Coordinador General del Programa el presupuesto consolidado correspondiente a las actividades programadas para el ejercicio;

5. — Preparar anualmente para la consideración del Coordinador General del Programa y los auditores independientes, los Estados Financieros del Programa; y

6. — Preparar y presentar semestralmente al Coordinador General del Programa, los informes requeridos por el B.l.D. e informes periódicos que fueran considerados necesarios

e. 29/12 N° 339.002 v. 29/12/2000

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