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Ministerio de Economía




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DEUDA PUBLICA

Resolución 117/2001

Autorízase al Director de Financiación Externa a aprobar y contratar los servicios originados en la emisión, colocación y mantenimiento de instrumentos de deuda pública por hasta un determinado monto.

Bs. As., 16/2/2001

VISTO, el Expediente Nº 173-001049/2000 del

Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el artículo 57 de la Ley de Contabilidad, aprobada por el Decreto Ley Nº 23.354/56, ratificado por la Ley Nº 14.467 y mantenido en vigencia por el artículo 137, inciso a) de la Ley Nº 24.156, el Decreto Nº 2662 de fecha 29 de diciembre de 1992, la Decisión Administrativa Nº 215 de fecha 21 de julio de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º del Decreto Ley Nº 23.354/56, se establecen las autoridades y los funcionarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL que pueden autorizar los procesos de adquisición y contratación de bienes y servicios, según su monto.

Que, asimismo, por el artículo 2º del Decreto Nº 2662/92, se fijaron las competencias de las autoridades y funcionarios del mismo ámbito para la aprobación de actos por los que se contraten o adquieran bienes y servicios, de acuerdo con los importes alli determinados.

Que por la Decisión Administrativa Nº 215/99 se fijaron los montos para autorizar los procedimientos de adquisición de los bienes y servicios por parte de los diferentes funcionarios.

Que, por otra parte, la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio, a través de la DIRECCION DE FINANCIACION EXTERNA, dependiente de la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO, efectúa las contrataciones de servicios y gastos inherentes a las colocaciones de deuda del sector público nacional, que no superan la suma de PESOS o DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL ($ o U$S 50.000,-)

Que con el fin de agilizar el pago de los mismos se entiende conveniente autorizar al DIRECTOR DE FINANCIACION EXTERNA a autorizar el pago de gastos originados en la emisión, colocación y mantenimiento de los instrumentos de deuda pública.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en la Decisión Administrativa Nº 215 de fecha 21 de julio de 1999.
Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:

Artículo 1º
— Autorízase al Director de Financiación Externa dependiente de la OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio, a aprobar y contratar los servicios originados en la emisión, colocación y mantenimiento de los instrumentos de deuda pública, por hasta un monto que no supere la suma de PESOS o DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL
($ o U$S 50.000,-)

Art. 2º
— Los gastos autorizados conforme al artículo 1º de la presente Resolución, serán abonados con cargo a la Jurisdicción 90 "Servicios de la Deuda Pública".

Art. 3º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — José L. Machinea.

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