Ministerio de Economía
PRESUPUESTO
Resolución 451/2001
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de Tanque Argentino Mediano Sociedad del Estado (en liquidación).
Bs. As., 7/9/2001
VISTO el Expediente Nº 090-001133/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que se tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001, formulado por TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.
Que el artículo 52 de la Ley Nº 25.064 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1999, actualmente incorporado como artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), establece que los procesos liquidatorios de los entes residuales de empresas, organismos o sociedades pertenecientes total o parcialmente al ESTADO NACIONAL, declarados o que se declaren en estado de liquidación por cualquier causa, se desarrollarán sin excepción en el ámbito del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que en cumplimiento de ello, mediante la Resolución MINISTERIO DE DEFENSA Nº 432 de fecha 31 de mayo de 1999 se ha dispuesto la transferencia de TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación) a la órbita del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA, en virtud de encontrarse el proceso liquidatorio de dicho ente residual en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que la mencionada transferencia ha sido perfeccionada mediante la suscripción de la respectiva acta de fecha 16 de setiembre de 1999 en cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente y conforme lo establecido por la Resolución ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA, de fecha 25 de junio de 1999.
Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidación para el ejercicio 2001.
Que obra en el expediente del VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que el artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA, la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación), dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.
Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL NOVENTA Y OCHO ($ 173.098.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL NOVENTA Y OCHO ($ 173.098.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL NOVENTA Y OCHO ($ 173.098.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL NOVENTA Y OCHO ($ 173.098.-) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 2001 en PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL NOVENTA Y OCHO ($ 173.098 -), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).