Ministerio de Economía
PRESUPUESTO
Resolución 545/2001
Modifícanse los Planes de Acción y Presupuesto y de Recursos Humanos del ejercicio 2001 de Ferrocarriles Metropolitanos Sociedad Anónima (en liquidación) y del Patrimonio en Liquidación - Banco Nacional de Desarrollo.
Bs. As., 3/10/2001
VISTO el Expediente N° 090-002149/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA en el que tramita la modificación presupuestaria del Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA y la Decisión Administrativa N° 151 de fecha 12 de setiembre de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que la Decisión Administrativa N° 15 de fecha 16 de febrero de 2001 prorrogó el plazo establecido para la liquidación definitiva de distintos entes en liquidación, dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, entre los que se encontraba FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) y el PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO.
Que mediante la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N° 81 de fecha 8 de mayo de 2001 se aprobó el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) y su similar correspondiente al PATRIMONIO EN LIQUIDACION –BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, teniendo en cuenta a esos efectos el plazo establecido en la Decisión Administrativa N° 15/2001.
Que la Decisión Administrativa N° 151 de fecha 12 de setiembre de 2001 dispuso dar por prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2001 el plazo establecido por la Decisión Administrativa N° 15/2001, para la liquidación definitiva de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) y el PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, entre otros entes residuales.
Que en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar el Plan de Acción y Presupuesto correspondiente al ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), así como el correspondiente al PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, aprobados por Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N° 81/2001, conforme el actual plazo establecido en la Decisión Administrativa N° 151/2001.
Que de conformidad con el actual plazo establecido en la mencionada Decisión Administrativa, FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) no cuenta con los fondos necesarios para afrontar los gastos operativos y en personal hasta la finalización de su proceso liquidatorio, resultando necesario transferir recursos a dicho ente residual, para tal fin.
Que mediante el Acta Acuerdo de fecha 28 de junio de 2001, se han iniciado las acciones tendientes a la transferencia a la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, entidad que depende de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, de 149 agentes de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) que cumplen tareas "en comisión" en dicha Secretaría y en la COMISION NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE, organismo dependiente de la misma.
Que en tal sentido y conforme dicha Acta Acuerdo, resulta necesario autorizar la transferencia por parte de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) a la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, del importe correspondiente a remuneraciones, aportes y cargas sociales originado por la transferencia del personal mencionado precedentemente para el período comprendido entre julio y diciembre de 2001, atento que dicho gasto ha sido incluido en la partida de remuneraciones del presupuesto del ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).
Que la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMTNISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA presenta un agudo déficit operativo y financiero que hace peligrar su capacidad de sostener sus funciones tendientes al mantenimiento de la producción para la defensa nacional, ya que el mencionado organismo no cuenta con los fondos necesarios para el desarrollo de sus funciones específicas.
Que atento el saldo real de disponibilidades del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, se estima conveniente reasignar recursos genuinos disponibles de dicho ente residual, efectuando una transferencia a FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) a efectos de solventar los gastos operativos y en personal hasta la finalización de su proceso liquidatorio, así como a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, a fin de permitir el funcionamiento de dicho organismo, evitando de esta forma recurrir al Tesoro Nacional.
Que la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N° 214 de fecha 15 de junio de 2001, autoriza a la CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO (en liquidación), a la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) y al PATRIMONIO EN LIQUIDACION – BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, a afectar a sus presupuestos los gastos necesarios para la refacción, mantenimiento, limpieza y seguridad del inmueble ubicado en la calle Alsina N° 456/70 de CAPITAL FEDERAL.
Que resulta necesario además, contemplar la atención del pago de los servicios, tasas e impuestos que afectan a dicho inmueble.
Que a esos efectos corresponde autorizar al PATRIMONIO EN LIQUIDACION – BANCO NACIONAL DE DESARROLLO a afectar a sus presupuesto los gastos necesarios para la atención de tales conceptos.
Que obra en el expediente del VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que en mérito a ello, la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen del artículo 52 de la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL y Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la citada Ley.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Modifícase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, aprobado por Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N° 81 de fecha 8 de mayo de 2001, de acuerdo al detalle de la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo y en función del plazo establecido por la Decisión Administrativa N° 151/2001.
Art. 2° — Autorízase una transferencia por parte de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCEDAD ANONIMA (en liquidación) en cada uno de los meses del período comprendido entre julio y diciembre de 2001 a la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCEDAD ANONIMA, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVENDA, de PESOS DOSCENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y TRES ($ 248.043 -), correspondiente a la erogación de remuneraciones, aportes y cargas sociales pertenecientes a 149 agentes de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), que cumplen tareas "en comisión" en la mencionada Secretaría así como en la COMISION NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE, organismo dependiente de la misma, cuya transferencia ha sido dispuesta por el Acta Acuerdo de fecha 28 de junio de 2001 y cuyo importe ha sido incluido en la partida de remuneraciones del presupuesto del ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).
Art. 3° — Modifícase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2001 del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA, aprobado por Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA N° 81 de fecha 8 de mayo de 2001, de acuerdo al detalle de la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo y en función del plazo establecido por la Decisión Administrativa N° 151/2001.
Art. 4° — En virtud de la modificación dispuesta por el artículo precedente, la transferencia de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-) a FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) será destinada a afrontar los gastos operativos y en personal de dicho ente residual hasta la finalización de su proceso liquidatorio y la transferencia de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000.-) resulta necesaria para solventar los gastos de funcionamiento de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMNISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Art. 5° — Teniendo en cuenta la modificación dispuesta por el artículo 1°, se establece el Presupuesto para el ejercicio 2001 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación), en las cifras que figuran en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 6° — Teniendo en cuenta la modificación dispuesta por el artículo 3°, se establece el Presupuesto para el ejercicio 2001 del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, en las cifras que figuran en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.
Art. 7° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) para el ejercicio 2001 adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el artículo 1° de la presente Resolución, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas que como ANEXO I forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 8° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO para el ejercicio 2001 adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el artículo 3° de la presente Resolución, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas que como ANEXO II forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 9° — Autorízase al PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO a afectar a su presupuesto los gastos de los servicios, tasas e impuestos correspondientes al inmueble sito en la calle Alsina N° 456/70 de la CAPITAL FEDERAL.
Art. 10° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.
NOTA: Esta resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).