Ministerio de Economía
IMPORTACIONES
Resolución 650/2001
Dase por finalizado el Programa de Inspección de Preembarque de Importaciones aprobado por Decreto Nº 477/97.
Bs. As., 2/11/2001
VISTO el Expediente Nº 254.309/01 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito de este Ministerio, y el Decreto Nº 477 del 22 de mayo de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del Decreto citado en el VISTO fue aprobado, como ANEXO I, el PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES.
Que por el Artículo 3º del mismo acto de Gobierno fue aprobado, como ANEXO II, el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional e Internacional, para calificar y autorizar a las empresas a los efectos de la prestación del servicio de inspección.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el punto g) VIGENCIA, del ANEXO II citado en el considerando anterior, la Autoridad de Aplicación podrá disponer en cualquier momento, por razones de oportunidad y conveniencia, la finalización del Programa de Inspección, asumiendo como única obligación la de notificar a las empresas seleccionadas con una antelación no menor de NOVENTA (90) días corridos a la fecha de vigencia efectiva de la medida, sin derecho a reclamo alguno por ningún concepto por parte de las empresas interesadas.
Que en el Artículo 6º del citado Decreto Nº 477 del 22 de mayo de 1997, se designa como Autoridad de Aplicación al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que de acuerdo con lo que surge de los informes que se encuentran agregados al Expediente indicado en el VISTO, la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ha desarrollado las herramientas necesarias para poder efectuar los controles que se venían realizando por intermedio del Programa de Inspección.
Que por las razones expresadas en el considerando que precede, la citada Dirección General recomienda la inmediata discontinuación del régimen.
Que por lo expuesto, razones de oportunidad y conveniencia hacen aconsejable dar por finalizado el PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES aprobado por Decreto Nº 477 del 22 de mayo de 1997.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en función de lo dispuesto en el punto g) VIGENCIA del ANEXO II aprobado por el Articulo 3º, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6º, ambos del Decreto Nº 477 del 22 de mayo de 1997.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Dar por finalizado el PROGRAMA DE INSPECCION DE PREEMBARQUE DE IMPORTACIONES aprobado por Decreto Nº 477 del 22 de mayo de 1997, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
Art. 2º — La finalización a que alude el Artículo anterior, se hará efectiva a los NOVENTA (90) días corridos de su notificación a las empresas interesadas.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Domingo F. Cavallo.