MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición N° 253/02-(AFIP)
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Su modificación.
Bs. As., 27/5/2002
VISTO que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997, 62 del 29 de enero de 1999, 1.231 del 2 de octubre de 2001 y 1.647 del 13 de diciembre de 2001 y la Disposición Nº 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 (t.o. por Disposición Nº 37 (AFIP) del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario centralizar el tratamiento de las denuncias en materia de los recursos de la seguridad social; de las determinaciones de deuda por el mismo concepto en los concursos preventivos y en las quiebras; así como de las solicitudes de certificados de libre deuda previsional.
Que la centralización que se propone permitirá agilizar el trámite, unificar criterios y descomprimir la carga de trabajo de las Regiones Metropolitanas y de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.
Que por estas razones, es aconsejable para la realización de esa tarea, la creación de un Departamento dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.
Que por Disposición N°157 (AFIP) del 19 de marzo de 2002 se eliminó de la estructura organizativa de esta Administración Federal, el Departamento Fiscalización Operativa y sus unidades dependientes, motivo por el cual se puede instrumentar la modificación propuesta.
Que las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Planificación y Administración han tomado la intervención que resulta de su competencia.
Que la presente modificación cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto N° 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Crear una unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Comprobaciones Area Metropolitana", dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.
ARTICULO 2° — Crear dos (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Fiscalización" y "Técnico Jurídica", dependientes del Departamento Comprobaciones Area Metropolitana.
ARTICULO 3° — Crear dos (2) cargos de Jefe de Sección y un (1) cargo de Jefe de Oficina, en el ámbito del Departamento Comprobaciones Area Metropolitana.
ARTICULO 4° — Reemplazar los Anexos A06, B06 —en la parte pertinente— y C de la estructura organizativa vigente por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.
ANEXO A06
ANEXO B06
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS I
DEPARTAMENTO COMPROBACIONES AREA METROPOLITANA
ACCION
Entender en el ámbito jurisdiccional de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y III, en las tareas de recepción, tramitación y comprobación de denuncias relativas al cumplimiento que realizan los contribuyentes y/o responsables en materia de obligaciones de los recursos de la seguridad social; y en la determinación de deudas por el mismo concepto, respecto de contribuyentes y/o responsables presentados en concursos preventivos, declarados en quiebra y/o que formulen solicitudes de certificados de libre deuda previsional.
TAREAS
1. Entender en el registro, evaluación, control y fiscalización de las denuncias relativas al cumplimiento dado por los contribuyentes y/o responsables de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y III, respecto de las obligaciones de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con los programas, normas y procedimientos dictados al efecto.
2. Supervisar las tareas jurídicas que resulten necesarias para determinar y resolver los recursos y las impugnaciones de deuda originadas en denuncias presentadas al Organismo en materia de recursos de la seguridad social.
3. Coordinar y supervisar las tareas de determinación de la deuda en los casos de contribuyentes y/o responsables presentados en concursos preventivos, declarados en quiebra y/o en las solicitudes de certificados de libre deuda previsional.
4. Ejercer las funciones de Juez Administrativo, con los alcances y facultades que se establecen en la materia.
5. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.
DIVISION FISCALIZACION
ACCION
Entender dentro de la jurisdicción de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y III, en la recepción y tramitación de las denuncias, en los concursos preventivos, declaraciones de quiebra y/o en las solicitudes de certificados de libre deuda previsional, vinculadas con el cumplimiento dado por los contribuyentes y/o responsables a las obligaciones de la seguridad social.
TAREAS
1. Realizar en todo el ámbito de actuación, la fiscalización de las denuncias efectuadas a los contribuyentes y/o responsables de los recursos de la seguridad social, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.
2. Determinar la deuda en materia de recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables denunciados, a los presentados en concurso preventivo, a los declarados en quiebra y a los que formulen solicitudes de certificados de libre deuda previsional.
3. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.
DIVISION TECNICO JURIDICA
ACCION
Entender en el ámbito de la jurisdicción de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y III, en las tareas técnico jurídicas relativas a las determinaciones de deuda, accesorios, multas e impugnaciones, por incumplimiento a las obligaciones emergentes de los recursos de la seguridad social y derivados de la actuación de la División Fiscalización.
Entender en la tramitación de recursos de reconsideración y demás recursos administrativos, vinculados con la materia de su competencia.
TAREAS
1. Intervenir en los proyectos de resolución de impugnaciones y en los recursos de reconsideración contra las resoluciones dictadas, considerando las pruebas ofrecidas; conforme los procedimientos, formas y condiciones establecidos en la normativa vigente.
2. Intervenir en la evacuación de consultas y solicitudes efectuadas por las dependencias fiscalizadoras, en relación con asuntos cuyo trámite haga presuponer la necesidad de determinar administrativamente la deuda.
3. Entender en la instrucción y resolución de sumarios por infracciones a las normas vigentes y en los recursos de reconsideración interpuestos.
4. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de resolución, en los casos determinados por normas legales o por necesidades de servicio.
5. Entender en la evacuación de consultas y solicitudes de naturaleza jurídica efectuadas por los contribuyentes y/o responsables, con motivo de las acciones que lleva adelante el Departamento.
6. Entender en cuestiones o procedimientos jurídicos no mencionados ni aludidos precedentemente, que resulten de competencia del Departamento.