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Ministerio de Economía




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PRESUPUESTO

Resolución 818/2002

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2002 del Instituto Nacional de Reaseguros Sociedad del Estado (en Liquidación).

Bs. As., 30/12/2002

VISTO el Expediente N° 5003/02-6 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGU ROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en Liquidación), dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2002 formulado por el INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en Liquidación), actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente citado en el VISTO, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que el Artículo N° 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2002 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en Liquidación), de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 4.068.985) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS CUATRO MILLONES SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 4.068.985) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3° — Estímase en la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 129.465.284) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCO ($ 4.265.905) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico AHORRO estimado en PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO ($ 125.199.378) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4° — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero SUPERAVIT para el ejercicio 2002 en PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO ($ 125.199.378) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

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