MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
Disposición N° 140/98
Bs.As., 15/10/98
B.O.: 04/11/98
VISTO, el Expediente Nº 750-003938/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que SUPERMERCADOS NORTE S.A. ha presentado la solicitud correspondiente para su reconocimiento como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en su condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), conforme lo establecen la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA Nº 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.
Que la empresa solicitante, para la vinculación de sus instalaciones eléctricas con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI), deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de la COOPERATIVA ELECTRICA SERVICIOS ANEXOS DE VIVIENDA Y CREDITO DE PERGAMINO LIMITADA.
Que la presentación de la solicitud ha sido públicada en el Boletín Oficial de fecha 5 de octubre de 1998.
Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley Nº 24.065 y por la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE Nº 321 del 24 de junio de 1996.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ENERGIA
DISPONE:
Artículo 1º- Autorízase el ingreso de SUPERMERCADOS NORTE S.A. como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en su condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), para su local ubicado en la localidad de PERGAMINO, Provincia de BUENOS AIRES, a partir del 1º de noviembre de 1998, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
Art. 2º- Establécese que la COOPERATIVA ELECTRICA SERVICIOS ANEXOS DE VIVIENDA Y CREDITO DE PERGAMINO LIMITADA deberá prestar al nuevo agente antes citado, la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) según lo establecido en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 428 del 28 de agosto de 1998.
Art. 3º- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar al nuevo agente, al generador que celebró contrato con él y a la COOPERATIVA ELECTRICA SERVICIOS ANEXOS DE VIVIENDA Y CREDITO DE PERGAMINO LIMITADA, e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) lo resuelto en los Artículos 1º y 2º de la presente Disposición.
Art. 4º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.– Ing. JOSE SANZ, Subsecretario de Energía.
e. 4/11 Nº 252.270 v. 4/11/98.