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MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS




MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 889/94

Ratifícase la Resolución Conjunta que aprobara estructura organizativa de la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 6/6/94

VISTO la Resolución Conjunta MeyOySP N° 1747 y SPF N°112 del 28 de diciembre de 1993 y el Decreto N° 507 del 8 de abril de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada resolución se aprobó, entre otras disposiciones, la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS.

Que dado el carácter de dicha medida corresponde su ratificación por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la aludida ratificación en nada afecta lo dispuesto por el Decreto N° 507 del 8 de abril de 1994, por el cual se modificó, entre otras medidas, la composición de dicha Secretaría.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícase la Resolución Conjunta MeyOySP N°1747 y SPF N°112 del 28 de diciembre de 1993, cuya copia autenticada como Anexo Y, forma parte integrante del presente acto, sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto N° 507 del 8 de abril de 1994.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM.— Domingo. F. Cavallo.

Anexo I

Resolución Conjunta 1747 y 112

Buenos Aires, 28 dic. 1993

Visto: Lo establecido por los Decretos N°1594/92 y sus modificatorios, 2621/92, 1315/93, 1500/93, 1522/93, lo propuesto por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y

Considerando: Que por el Decreto N°1594/92 y sus modificatorios se adecuó la organización del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y las distintas áreas de su jurisdicción, entre ellas, la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa.

Que por el Decreto N° 2621/92, se aprobó parcialmente la estructura organizativa de la Secretaría en cuestión, en la parte pertinente a la Subsecretaría Legal, dependiente de la misma.

Que por Decretos N°1315, 1500 y 1522 todos ellos correspondientes al año 1993, se transfirieron a la actual Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, los cargos correspondientes al Servicio Administrativo Nº 383, de la Dirección Nacional de Transporte Fluvial y Marítimo de la Secretaría de Transporte, los afectados a tareas propias de administración de la Secretaría de Energía y la unidad Centro de Documentación e Información de la Secretaría de Programación Económica, respectivamente.

Que resulta necesario regularizar las situaciones de revista del personal de las distintas áreas de la jurisdicción ministerial afectado por la centralización de los servicios que se prestan en la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa.

Que por el Decreto N°1742/93, se creó en la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa la Subsecretaria de Gestión Empresaria, transfiriéndose a ésta los cargos y personal asignado a la ex-Subsecretaría de Privatizaciones que actuara en el ámbito de la ex-Secretaría de Economía.

Que en consecuencia corresponde aprobar la estructura organizativa que contemple, tanto las situaciones antes descriptas, como as! también ciertos ajustes organizativos, que se juzgan imprescindibles luego de la experiencia recogida en la gestión de la Secretaría citada.

Que por el Decreto N° 2621/92 se aprobó para la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaria Legal de la Secretaría en cuestión, una planta no permanente de personal transitorio vigente hasta el 31 de diciembre de 1993 y dado que aún subsisten las razones que dieron origen a la misma, resulta conveniente prever su continuidad, durante el ejercicio 1994.

Que independientemente de ello y como consecuencia de la resolución de recursos presentados oportunamente, en relación al reencasillamiento efectuado a los agentes afectados por el presente acto, se efectuaron modificaciones tanto en el nivel como en los grados escalafonarios previstos, por lo que resulta necesaria su adecuación.

Que tal como lo establecen las normas vigentes, corresponde adecuar la distribución administrativa del presupuesto de la Administración nacional para el ejercicio 1994.

Que ha tomado la intervención que le compete el Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del art, 3º del Decreto N° 1482/90.

Por ello, el ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos y la Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación, resuelven:

1º - Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de conformidad con el organigrama, objetivos, responsabilidad primaria y acciones, planta permanente, planta permanente y gabinete y planilla comparativa de categorías financiadas que como anexos Ia, Ib, Ic, II, III, Iva, IVb, y Vb forman parte integrante de la presente resolución.

2º - Apruébase la planta no permanente de personal transitorio a utilizar durante el ejercicio 1994, en la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de acuerdo con el detalle que como anexo IVc se acompaña.

3° - Apruébase la nómina de personal a transferir a la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de las unidades que se detallan en las planillas anexas al presente artículo.

4° - Apruébase la nómina de personal a transferir de la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, a las unidades que se detallan en las planillas anexas al presente artículo.

5º - Establécese que las áreas afectadas por las transferencias a las que se refieren los arts. 39 y 4º de la presente resolución, atenderán financieramente al personal cuyo traspaso implique un cambio de finalidad.

6° - Modificase la distribución administrativa del presupuesto general de la Administración Nacional de la Jurisdicción 50.00 - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de conformidad con el detalle que como anexo Va, se acompaña.

7° - Facúltase al Secretario de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, quien a su vez podrá delegar dicha facultad en los directores generales de Administración y de Asuntos Jurídicos, a asignara las distintas unidades de su dependencia, áreas o temas de competencia específica.

8° - Exceptúase, a la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de las limitaciones establecidas por el art. 27 del Decreto N° 435/90 sustituido por el art. 5° de su similar 1887/91 y el art. 18 del Decreto N° 2043/80, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos de la estructura que se aprueba por el presente acto.

9° - El personal transferido de otras unidades organizativas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, a cargos de la estructura que se aprueba por el presente acto, así como también aquel que se transfiera dentro de las distintas unidades de la Secretaría de Coordinación legal, Técnica y Administrativa, mantendrá sus respectivos niveles y grados de revistas vigentes a la fecha del dictado de la presente norma.

10. - El gasto que demande la aplicación de la presente medida, será atendido con los créditos asignados al Inc. 1 Gastos en personal de la jurisdicción 50.00 - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

11. - Comuníquese, etc. - Bello - Cavallo.





Anexo II

SECRETARIA DE COORDINACIÓN LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

Objetivos

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción.

2. Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos y resoluciones vinculados con las actividades sustantivas de la jurisdicción.

3. Coordinar la aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción ministerial.

4. Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumados administrativos-disciplinarios.

S. Coordinar las distintas acciones y procedimientos de privatización de los diferentes entes del Estado y su difusión en el país y en el exterior.

6. Coordinar el ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarlas o de capital en empresas donde el Estado participe como socio minoritario.

7. Coordinar el asesoramiento técnico a los entes reguladores o de control de empresas privatizadas de la jurisdicción,

SUBSECRETARIA LEGAL

Objetivos

1. Coordinar el servicio jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

2. Intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

Objetivos

1. Efectuar la compatibilización y coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, así como la planificación de las actividades de la Administración.

2. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informaticos y la sustanciación de los sumados administrativos-disciplinados de la jurisdicción ministerial.

SUBSECRETARIA DE GESTION EMPRESARIA

Objetivos

1. Instrumentar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarías o de capital de empresas donde el Estado sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado nacional en las citadas empresas.

2. Difundir lo relativo al proceso de privatización y sus resultados en el país y en el exterior y asistir técnicamente, cuando así se lo requiera, en las privatizaciones que se realicen en los ámbitos provinciales y/o municipales.

3. Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas a la gestión empresaria y en resguardo a los intereses de la participación accionarla del Estado nacional.

4. Desarrollar un sistema de información centralizada, sobre la gestión empresaria del Estado, el proceso de privatización y sus resultados.

5. Coordinar la ejecución del programa de propiedad participada.

6. Asistir técnicamente en la gestión de los entes reguladores o de control de empresas privatizadas, en lo referente a su adecuado funcionamiento.

Anexo III

DIRECCION AUDITORIA DE CONTENCIOSOS

Responsabilidad primaria

Controlar y calificar la actuación de los profesionales en los juicios donde el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos o sus entes descentralizados sean parte, ya se trate de personal permanente o contratado.

Acciones

1. Efectuar el control del cumplimiento de las distintas etapas de las causas judiciales en las que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos deba intervenir.

2. Auditar y conformar lo actuado en relación con dichas causas, cuando su tramitación se encomiende a estudios o profesionales ajenos a la Administración nacional.

3. Elaborar informes periódicos sobre la marcha de las distintas actuaciones, objeto de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Responsabilidad primaria

Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación económica y en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos. Asumir la representación y patrocinio del Estado en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.

Acciones

1. Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan a la consideración del Ministerio, sus secretarías y subsecretarías.

2. Disponer la representación y el patrocinio del Estado nacional en todas las causas judiciales en que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos deba intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.

3. Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción ministerial.

4. Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas afecten temas de competencia especificas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

5. Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad con el objeto de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.

6. Dictaminar en las solicitudes de autorización que presente la Dirección General Impositiva para apelar las sentencias del Tribunal Fiscal de la Nación.

7. Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales.

8. Representar al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos ante otras autoridades oficiales, ya sean nacionales, provinciales o municipales en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.

9. Instruir los sumarios por infracciones a los regímenes de promoción industrial y minera.

DIRECCION DE NORMAS ECONOMICAS

Acciones

1. Evaluar los aspectos técnico-legales de los proyectos de actos administrativos, de carácter general, que se sometan a consideración del ministerio o secretarías y emitir el dictamen en los casos que se le delegue.

2. Elaborar e intervenir anteproyectos de actos de carácter general o colaborar en los aspectos de técnica legislativa con los que se proyecten en otras jurisdicciones.

3. Analizar las leyes que, vinculadas con el accionar de la jurisdicción ministerial sancione el H. Congreso de la Nación, elaborar y asesorar sobre los proyectos que proponga el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

4. Efectuar la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos, cuyo análisis le sea atribuido.

5. Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad a fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentadas en vigor, cuyo análisis le sea atribuido.

DIRECCION DE CONTENCIOSOS

Acciones

1. Ejercer la coordinación y supervisión de la representación y el patrocinio del Estado Nacional en las causas judiciales en que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y/o sus secretarías y subsecretarías deban intervenir.

2. Colaborar con la actuación de las representaciones del Estado nacional en el interior del país, en las causas judiciales que correspondan al Ministerio.

3. Intervenir en los oficios judiciales de carácter penal y en aquellos que se relacionen con los juicios que tiene a su cargo la Dirección.

DIRECCION DE DICTAMENES

Acciones

1. Asistir al Director General de Asuntos Jurídicos en todas aquellas cuestiones en que se le solicite su análisis y dictamen.

2. Entender en la elaboración de dictámenes referidos a los casos que se sometan a consulta, relacionados con actos de carácter particular y dictaminar en los casos que se le deleguen.

3. Entender en las solicitudes que presente la Dirección General Impositiva para apelar las sentencias del Tribunal Fiscal de la Nación.

DIRECCION SUMARIOS

Responsabilidad primaria

Efectuar todo lo vinculado con los sumarios administrativo disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial.

Acciones

1. Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

2. Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la realización de un sumario.

3. Dictaminar las providencias del caso y dirigir los procedimientos conforme lo estipulado en el reglamento de investigaciones.

4. Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente.

5. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.

6. Asesorar en todo lo referente a los recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción ministerial, como consecuencia de sumarios regidos por el reglamento de investigaciones, sin perjuicio de la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

7. Tomar conocimiento de la iniciación de sumados administrativo-disciplinarios en trámite en las distintas áreas de la jurisdicción ministerial, pudiendo tomar directa intervención cuando razones de naturaleza procedimental así lo aconsejen.

8. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Responsabilidad primaria

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo y las relaciones laborales, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

Acciones

1. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

2. Dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación.

3. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

4. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

S. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la higiene y seguridad laboral.

6. Analizar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes.

7. Proponer las normas de administración intemas de personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes.

8. Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

9. Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.

10. Coordinar la prestación del servicio médico de la jurisdicción.

11. Asistir técnicamente a la delegación jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

DIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PERSONAL

Acciones

1. Aplicar los regímenes estatutarios y escalafonarios, las reglamentaciones relativas a licencias, compensaciones, situaciones especiales de revista, asignaciones familiares e incompatibilidades, controlar su cumplimiento y proponer las adecuaciones pertinentes.

2. Proyectar los actos administrativos vinculados con la gestión de recursos humanos y ejecutar las tramitaciones inherentes a los movimientos del personal, reclamos, certificaciones de servicios, seguro de vida y demás beneficios sociales.

3. Elaborar indicadores de gestión gerencial de recursos humanos.

4. Confeccionar los legajos únicos del personal y mantener actualizada la base de datos correspondiente.

5. Elaborar la información básica para la liquidación de remuneraciones y compensaciones e incentivos.

6. Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento en materia de su competencia.

DIRECCION DE CARRERA Y DESARROLLO

Acciones

1. Efectuar el seguimiento de la carrera administrativa del personal y proponer estrategias de desarrollo.

2. Implementar las pautas para el análisis de puestos y definición de perfiles para su desempeño y ejecutar las tareas concernientes a la organización y desarrollo de los procesos de selección.

3. Ejecutar las tareas de organización y desarrollo de los procesos de evaluación de desempeño.

4. Detectar las necesidades de capacitación, desarrollar programas y coordinar las actividades correspondientes.

S. Coordinar y evaluar la aplicación de los sistemas de selección, evaluación de desempeño y capacitación.

6. Efectuar estudios sobre los procedimientos de gestión de la carrera administrativa, el análisis de las remuneraciones y de otros aspectos relativos a los recursos humanos en el ámbito jurisdiccional.

7. Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento en los temas de su competencia.

DIRECCION DE GESTION DE RELACIONES LABORALES Y GREMIALES

Acciones

1. Intervenir en la negociación colectiva jurisdiccional y administrar los acuerdos resultantes.

2. Fiscalizar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, higiene y seguridad laboral.

3. Asistir en la gestión de las relaciones laborales con las entidades gremiales.

4. Evaluar las situaciones litigiosas colectivas e individuales y proponer mecanismos alternativos de solución de conflictos.

5. Compatibilizar las medidas higiénico-sanitarias necesarias en los lugares de trabajo y prestar el servicio de atención y reconocimientos médicos.

6. Efectuar estudios tendientes a la elaboración y formulación de propuestas de fomento de productividad.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Responsabilidad primaria

Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento, suministros y sistematización de datos.

Acciones

1. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarlas, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.

2. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores, como así también lo vinculado a contrataciones, actos licitatorios y contratos de locación.

3. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.

4. Supervisar y coordinar el funcionamiento del servicio de informática.

5. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, vigilancia y mantenimiento de automotores de la jurisdicción y del edificio y sus bienes.

6. Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.

7. Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Delegación tipo

Acciones

1. Dictaminar, tramitar recursos, reclamos y denuncias, e instruir sumados. Todo ello en los casos y respecto de las materias que se le deleguen.

2. Asesorar y redactar los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se le encomienden.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Delegación tipo

Acciones

1. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los registros contables de la delegación, solicitudes presupuestadas, rendición de cuentas, y las correspondientes intervenciones de tesorería, en aquellos temas que se le asignen.

2. Supervisar y coordinar las solicitudes de adquisiciones, compras por Caja Chica -si correspondiere- como así también el almacenamiento y distribución de bienes o insumos.

3. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el Registro y Control de bienes patrimoniales, como así también el manejo y custodia de fondos y valores.

4. Supervisar y coordinar la aplicación de los sistemas de computación de datos.

5. Efectuar las contrataciones directas que por razones de urgencia le sean requeridas, conforme lo establecido por la ley de contabilidad y su reglamentación.

6. Realizar los pagos en concepto de viáticos correspondientes al organismo al cual asisten, y efectuar la administración del fondo permanente que se le asigne.

DIRECCION DE TECNICA OPERATIVA

Acciones

1. Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de la jurisdicción.

2. Supervisar la conducción del personal obrero, de maestranza y servicios generales y la adopción de medidas de seguridad laboral.

3. Planificar y dirigir los programas de mantenimiento preventivo, cambios o reparaciones.

4. Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su competencia.

5. Entender en la coordinación de las actividades de vigilancia y mantenimiento del edificio y sus bienes.

6. Coordinar y controlar la prestación de los servicios de: digesto administrativo, impresiones y fotocopiado.

7. Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia y excelencia de los programas de optimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructura edilicia, su remodelación y utilización.

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Acciones

1. Asistir en la elaboración del presupuesto anual de la jurisdicción.

2. Efectuar el manejo y custodia de los fondos y valores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual como así también de los valores y documentos que los representen.

3. Efectuar cobros y pagos, previo cumplimiento de normas reglamentarias.

4. Controlar las actividades relacionadas con registraciones contables y de ejecución del presupuesto.

5. Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal y otras erogaciones.

6. Controlar todo lo relativo a las rendiciones de cuentas de "Cajas Chicas" y "Fondos Permanentes".

7. Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes patrimoniales del área de su competencia.

DIRECCION DE INFORMATICA

Acciones

1. Supervisar y coordinar la elaboración y diseño de todo proyecto de sistematización de datos que se efectúe en la jurisdicción, correspondiéndole o no, su administración.

2. Coordinar el funcionamiento armónico de las distintas especialidades que integran el servicio.

3. Supervisar y coordinar los proyectos e instalaciones de procesamiento distribuido basado en equipos microcomputadores u otros similares.

4. Evaluar técnicamente y efectuar la aprobación previa a la incorporación, modificación y/o renovación de bienes, insumos y/o servicios informáticos, a las distintas áreasde la jurisdicción, sean a título gratuito u oneroso con entidades de carácter público o privado, con financiamiento propio o del Tesoro nacional, de entidades de carácterpúblico o privado, nacionales o internacionales, con el objeto de asegurar la coordinación y coherencia de los sistemas utilizados.

5. Representara la jurisdicción en los temas de su competencia.

DIRECCION COMPRAS Y CONTRATACIONES

Acciones

1. Centralizar los requerimientos y formular el plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinados a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

2. Elaborar la documentación relativa a los concursos o actos licitarios que sea menester para las adquisiciones o ventas en general, contratos de locación de obra, servicios y de obras públicas, así como también la gestión de éstos, hasta su concreción final.

3. Mantener actualizada la réplica de los Registros de Proveedores del Estado y Constructores de Obras Públicas.

4. Asistir en sus tareas a las comisiones de pre-adjudicación y recepción, asesorando en la materia.

5. Proyectar la resolución definitiva, en los recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras.

DIRECCION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

Responsabilidad primaria

Efectuar la evaluación y propuesta de proyectos relativos a organizaciones pertenecientes a dependencias de la jurisdicción del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y la fiscalización de la correcta aplicación de la normativa vigente en la materia.

Coordinar la correcta administración de tecnologías y sistemas de información administrativa y la racional utilización edilicia.

Acciones

1. Realizar la evaluación técnica de los proyectos de estructuras y propuestas de organizaciones funcionales de los organismos de la jurisdicción, como así también los de creación, transferencia o fusión de organismos y otras formas que impliquen cambios en las organizaciones, controlando la efectiva aplicación de las normas vigentes en la materia.

2. Asesorar y evaluar técnicamente a nivel jurisdiccional en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo, análisis y diseño de formularios.

3. Realizar la evaluación técnica y asesorar en materia de administración de espacios físicos y equipamiento de oficina.

4. Realizar relevamientos integrales o parciales, cuando se lo considere conveniente, de las distintas unidades de la jurisdicción ministerial, en los distintos aspectos de su competencia específica.

5. Realizar el análisis y diagnóstico organizacional de los organismos de la Administración centralizada y descentralizada de la jurisdicción.

6. Representar a la jurisdicción en los temas de su competencia.

CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMACION

Responsabilidad primaria

Facilitar el acceso al insumo de información.

Acciones

1. Desarrollar y coordinar investigaciones bibliográficas.

2. Capacitar los recursos necesarios para el procesamiento de la información.

3. Facilitar el intercambio de información con las distintas bibliotecas, del país y del exterior.

4. Asistir y asesorar a las distintas unidades y el público usuario en general en lo que es materia de su competencia.

5. Coordinar la Red NAPLAN Argentina.

6. Mantener y actualizar la base de datos de información general, de planes y programas nacionales, de evaluación de proyectos de listitutos de investigación, de especialistas, de proyectos, de publicaciones periódicas y el catálogo institudonal.

7. Coordinar la recopilación y actualización de la legislación Nacional en materia económica, sus normas interpretativas y antecedentes.

([i]Nota Infoleg: anexos IVa, IVb, IVc, Va y Vb; no grabables).

 

Administracionius UNLP

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