MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
Disposición Nº 42/99
Bs. As., 13/4/99
VISTO, el Expediente Nº 750-001170/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma AIELLO SUPERMERCADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ha presentado la solicitud para su reconocimiento como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en su condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), conforme lo establecen la Resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución ex- SECRETARIA DE ENERGIA Nº 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.
Que la firma solicitante, para la vinculación de sus instalaciones eléctricas con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI), deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de la EMPRESA DE ENERGIA DE SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA (EDESAL S.A.).
Que la presentación de la solicitud ha sido publicada en el Boletín Oficial del 23 de marzo de 1999.
Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley Nº 24.065 y por la resolución ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE Nº 321 del 24 de junio de 1996.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ENERGIA
DISPONE:
ARTICULO 1º — Autorízase el ingreso de AIELLO SUPERMERCADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en su condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME), para su supermercado ubicado en José A. Zavala 451 de la ciudad de SAN LUIS, a partir del 1º de mayo de 1999, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2º — Establécese que la EMPRESA DE ENERGIA DE SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA (EDESAL S.A.) deberá prestar al nuevo agente antes citado la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) según lo establecido en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 428 del 28 de agosto de 1998.
ARTICULO 3º — Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar al nuevo agente, al generador que celebró contrato con él y a la EMPRESA DE ENERGIA DE SAN LUIS SOCIEDAD ANONIMA (EDESAL S.A.), e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) lo resuelto en los Artículos 1º y 2º de la presente Disposición.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. LUIS V. SBERTOLI, Subsecretario de Energía. e. 5/5 Nº 275.362 v. 5/5/99.