MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Síntesis Resolución Conjunta N° 29.380 SSN y N° 0009/2003 SAFJP del 22 julio 2003
VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS Y EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILIACIONES Y PENSIONES RESUELVEN:
ARTICULO 1° — Prorrógase por el término de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución Conjunta SAFJP N° 4/2003 y SSN N° 29.225.
ARTICULO 2° — La presente Resolución Conjunta entrará en vigencia a partir del 23 de julio de 2003.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín Oficial. Fdo.: — CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros. — Fdo.: CARLOS WEITZ, Superintendente de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución, se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P. B. y en Tucumán 480 Capital Federal.
e. 25/7 N° 421.301 v. 25/7/2003