Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 502/2003
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. Su modificación.
Bs. As., 15/9/2003
VISTO, que por los Decretos Nros. 646 del 11 de julio de 1997, 62 del 29 de enero de 1999, 1231 del 2 de octubre de 2001 y 1647 del 13 de diciembre de 2001 y la Disposición Nº 128 (AFIP) del 9 de marzo de 1998 (t.o. por Disposición Nº 37 (AFIP) del 18 de enero de 1999 y sus modificatorias), se aprobó la estructura organizativa de este Organismo, y
CONSIDERANDO:
Que razones funcionales y operativas aconsejan realizar modificaciones estructurales en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas a efectos de acompañar la dinámica estratégica del Organismo.
Que la presente se dicta con el objeto de mejorar la eficiencia de las áreas involucradas de conformidad con los actuales lineamientos políticos de esta Administración Federal.
Que con motivo de la modificación estructural que aquí se dispone corresponde adecuar la delegación de facultades efectuada por las Disposiciones Nros. 335/97 y 725/98 (AFIP).
Que la delegación de facultades que aquí se efectúa no obsta a la avocación que en cualquier oportunidad, pueda ejercer la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS conforme el artículo 4º del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, destacando que la subdelegación de dichas facultades en niveles de conducción inferiores no resulta factible.
Que el Comité de Análisis de Estructura Organizacional —Disposición Nº 404/03 (AFIP)— ha tomado la intervención que le compete.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Procedimientos Legales Aduaneros" y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, pasen a depender directamente de la Dirección General de Aduanas.
ARTICULO 2º — Delegar en la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera la aprobación de las resoluciones a que se refiere el artículo 1115 del Código Aduanero correspondientes a las jurisdicciones de las Aduanas del Interior y del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. Estas facultades no podrán ser a su vez delegadas.
ARTICULO 3º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A13 y A14, por los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION