Ministerio de Economía y Producción
DEUDA PUBLICA PROVINCIAL
Resolución 638/2003
Proceso de Conversión de la Deuda Pública Provincial en Bonos Garantizados. Incorpóranse ofertas al listado del Anexo II de la Resolución N° 742/2002 del ex Ministerio de Economía, modificada por su similar N° 135/2003.
Bs. As., 29/12/2003
VISTO el Expediente N° S01:0166202/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.570 y 25.725 de Presupuesto de la Administración Pública Nacional del Ejercicio 2003, el Decreto N° 1579 del 27 de agosto de 2002, las Resoluciones Nros. 539 del 25 de octubre de 2002, 611 del 12 de noviembre de 2002, 624 del 19 de noviembre de 2002, 742 del 11 de diciembre de 2002, 765 del 16 de diciembre de 2002, 22 del 9 de enero de 2003 y 135 del 28 de febrero de 2003, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 135 del 28 de febrero de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, se aceptaron en el marco del Artículo 1º del Decreto Nº 1579 del 27 de agosto de 2002 las ofertas de conversión de la Deuda Pública Provincial en Bonos Garantizados, instrumentada en Préstamos y la representada en Títulos Públicos, Bonos y Letras del Tesoro que se detallaron en los respectivos Anexos I y II de la citada resolución y que formaron parte de la misma.
Que algunas entidades y jurisdicciones participantes del proceso de conversión de Deuda Pública Provincial en Bonos Garantizados se han dirigido a este Ministerio, haciendo notar la existencia de diferencias en las ofertas presentadas en el marco del citado artículo, solicitando su rectificación.
Que en el Anexo II de la Resolución Nº 135/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se omitió consignar la aceptación de DOS (2) ofertas que habían sido presentadas oportunamente y en forma, cumpliendo así, con los extremos requeridos por la normativa del Proceso de Conversión de la Deuda Pública Provincial en Bonos Garantizados, correspondiendo por tanto enmendar dicha situación.
Que lo propio surge de los informes elaborados por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en su carácter de fiduciario del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL, con referencia a los bonos registrados en la CAJA DE VALORES SOCIEDAD ANONIMA depositados por los oferentes y por los títulos públicos cartulares, en cumplimiento de las disposiciones relativas al procedimiento de conversión de deuda así instrumentada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el Artículo 15 del Decreto N° 1579/02.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1º — Incorpóranse al Anexo II de la Resolución N° 742 del 11 de diciembre de 2002, modificada por la Resolución N° 135 del 28 de febrero de 2003, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, las ofertas detalladas en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — Notifíquese a los participantes en el Procedimiento de Conversión de Deuda Pública Provincial.
Art. 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.
ANEXO
PROVINCIA |
ENTIDAD OFERENTE |
TITULO |
CODIGO MAE |
MONEDA |
VALOR NOMINAL |
MISIONES |
BANCO MACRO |
Cemis Serie III (Adicional 2) |
MS003 |
U$S |
21.000 |
DEL CHACO |
BANCO RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA |
Bono Chaqueño de Consolida. II Serie 3 |
CHC06 |
U$S |
349.600 |