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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION




MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota Externa Nº 7/2005
Prórroga A.C.E. Nº 59 (MERCOSUR-CAN)
Bs. As., 20/1/2005
De acuerdo con la Nota de fecha 18 de enero de 2005 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por Actuación Nº 12100-36-2005, y el Artículo 45º del Acuerdo de Complementación Económica Nº 59 suscripto por la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, Estados Partes del MERCOSUR, y los Gobiernos de la REPUBLICA DE COLOMBIA, de la REPUBLICA DEL ECUADOR y de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, países miembros de la COMUNIDAD ANDINA, se informa que el mencionado Acuerdo ha entrado en vigencia bilateralmente entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA desde el 05 de enero de 2005 y que el mismo posee una vigencia indefinida.
Para efectuar la destinación pertinente se deberá ingresar al Sistema Informático María a través de la Autoliquidación Libre LML-02 o LML-03, según corresponda. (Nota Infoleg: Por 3° párrafo de la Nota Externa N° 21/2005 AFIP B.O. 4/5/2005 y por lo expuesto precedentemente en la misma, se deja sin efecto lo informado en el presente párrafo).
[/i] Se deja constancia que el citado Acuerdo podrá ser consultado en la Página www.afip.gov.ar, adjunto a la presente Nota Externa.
Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese. — Dra. MARIA SILVINA TIRABASSI, Subdirectora General de Legal y Técnica Aduanera, Dirección General de Aduanas.
e. 28/1 Nº 470.367 v. 28/1/2005

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