MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
Disposición Nº 311/2005
Bs. As., 16/9/2005
VISTO el Expediente N° S01:0300823/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, transfiriéndose la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL como Subsecretaría a la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de dicho Ministerio, y asignándosele a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION las áreas de competencia que le asistían a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Que la Ley N° 24.467 tiene por objeto promover el crecimiento y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas impulsando para ello políticas de alcance general a través de la creación de nuevos instrumentos de apoyo y la consolidación de los ya existentes.
Que la Ley N° 25.300 tiene por objeto el fortalecimiento competitivo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) que desarrollen actividades productivas en el país, mediante la creación de nuevos instrumentos y la actualización de los vigentes, con la finalidad de alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva.
Que el Decreto N° 25/03 y su modificatorio, estableció los objetivos que se llevarían a cabo en el ámbito de las Pequeñas y Medianas Empresas.
Que en tales objetivos, se señala, entre otros, el de coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y programas para las Pequeñas y Medianas Empersas.
Que, por su parte, la CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO-BOLIVIANA tiene como objetivo la promoción de toda forma de cooperación de interés recíproco y de relación mutua promoviendo, difundiendo y capacitando al sector empresario de la REPUBLICA ARGENTINA y de la REPUBLICA DE BOLIVIA.
Que, asimismo, se llevarán a cabo acciones correspondientes a la oferta exportable entre sus integrantes, a fin de impulsar la complementariedad de las producciones de ambos países frente a terceros mercados.
Que en el marco de lo expuesto, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, en aras de mejorar día a día el crecimiento y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, pone en marcha otro instrumento de apoyo a las mismas, fortaleciendo el sector de las exportaciones.
Que para ello, busca intensificar las áreas que contribuyan a la ejecución de actividades afines con la producción con destino a los mercados internacionales así como la promoción de las exportaciones argentinas.
Que en consecuencia, se propone elevar la aprobación de un modelo de Acta de Colaboración a ser suscripto entre esta Subsecretaría y la CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO-BOLIVIANA, a fin de que ambas partes mantengan un fluido canal de comunicación permanente que permita la adecuada coordinación de las iniciativas tendientes a la ejecución de los fines propuestos en común.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Apruébase el modelo de Acta de Colaboración a suscribirse entre la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO BOLIVIANA, que como Anexo, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente disposición, a fin de llevar a cabo la puesta en marcha de políticas de acción conjuntas para fortalecer el crecimiento y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas argentinas mediante las actividades de promoción de las exportaciones con que cuentan las partes signatarias.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FEDERICO IGNACIO POLI, Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Economía y Producción.
ANEXO
ACTA DE COLABORACION
Entre la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, representada en este acto por su titular, Licenciado Don Federico Ignacio POLI (M.I. N°...) por un lado, y la CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO -BOLIVIANA, representada en este acto por su presidente, Don Enrique AVILA (M.I. N°...), por el otro, convienen en firmar la presente Acta de Colaboración, sujeta a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La presente Acta de Colaboración tiene por objeto, a través de la mutua cooperación de las partes, sumar esfuerzos para contribuir a la integración, complementación y desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) profundizando y fomentando sus iniciativas en el área de su competencia.
SEGUNDA: Para el cumplimiento del objetivo propuesto, las partes manifiestan su voluntad en la colaboración mutua de las siguientes acciones:
Promover una estrecha cooperación entre los firmantes, orientada a:
a) fortalecer a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) favoreciendo el intercambio comercial tendiente a encontrar la necesaria complementariedad entre las mismas.
b) promover la realización de eventos destinados a la difusión entre ambas colectividades sobre los encuentros empresariales bilaterales y ferias internacionales que se organicen, con el fin de acercar a los empresarios de ambos países promocionando la complementariedad de las producciones.
c) apoyar la identificación de proyectos de comercio e inversión entre las Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs).
d) mantener un fluido intercambio de experiencias tendiente a eliminar mediante una activa colaboración, todas las dificultades propias de la gestión en el sector.
TERCERA: Las partes acuerdan que para llevar a cabo dichas acciones, será necesario conformar una Comisión de Trabajo integrada por UN (1) representante de cada una de las partes firmantes de la presente a los efectos de coordinar objetivos, prioridades y acciones, optimizando el uso de las capacidades de cada uno de los firmantes.
CUARTA: Las partes manifiestan que la presente Acta de Colaboración no generará ningún tipo de erogación presupuestaria.
QUINTA: La presente Acta de Colaboración entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción por las partes y regirá por DOCE (12) meses, siendo renovable automáticamente por igual período, salvo manifestación en contrario efectuada por alguna de las partes y comunicada a la contraparte en forma fehaciente, con TREINTA (30) días corridos de anticipación.
SEXTA: Toda cuestión que se suscitare y no estuviere contemplada en la presente, será resuelta de común acuerdo entre las partes.
SEPTIMA: A los efectos de la presente Acta de Colaboración, las partes constituyen los siguientes domicilios: la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en la Avenida Julio Argentino Roca N° 651, 2° Piso de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO-BOLIVIANA en la calle 25 de Mayo N° 611, 2° piso de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los ... días del mes de septiembre del año 2005.
e. 19/9 Nº 492.058 v. 19/9/2005