MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
COMISION NACIONAL DE VALORES
Resolución N° 15.273
Bs. As., 16/12/2005
VISTO el Expediente N° 565/02 y la presentación formulada por la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 14.328 de fecha 9 de octubre de 2002, la COMISION NACIONAL DE VALORES resolvió conformar la Resolución de Consejo N° 4/2002 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se derogó la Resolución de Presidencia N° 5/2002 de dicha entidad y se resolvió suspender la aplicación de la medida dispuesta por el artículo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, hasta el 10 de diciembre de 2003.
Que en la citada Resolución de Consejo de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES se dispuso que los valores negociables de emisoras que presenten estados contables o suministren información de los cuales surja que los resultados no asignados negativos insumen la totalidad del patrimonio neto, coticen en rueda reducida, mientras se mantenga la suspensión de la aplicación del artículo 42, inciso d) del Reglamento de Cotización, individualizando a las mismas con la llamada N° 13.
Que por Resolución N° 14.697 de fecha 10 de diciembre de 2003, esta COMISION NACIONAL DE VALORES conformó la Resolución de Presidencia N° 13/2003 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extendió la vigencia de la Resolución de Consejo N° 4/2002 hasta el 30 de junio de 2004.
Que por Resolución N° 14.847 de fecha 1 de julio de 2004, esta COMISION NACIONAL DE VALORES conformó Resolución de Consejo N° 3/2004 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extendió la vigencia de la Resolución de Consejo N° 4/2002 hasta el 10 de diciembre de 2004.
Que por Resolución N° 14.983 de fecha 9 de diciembre de 2004, esta COMISION NACIONAL DE VALORES conformó la Resolución de Consejo N° 7/2004 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extendió la vigencia de la Resolución de Consejo N° 4/2002 hasta el 31 de marzo de 2005.
Que por Resolución N° 15.045 de fecha 22 de marzo de 2005, esta COMISION NACIONAL DE VALORES conformó la Resolución de Consejo N° 1/2005 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extendió la vigencia de la Resolución de Consejo N° 4/2002 hasta el 31 de diciembre de 2005.
Que con fecha 6 de diciembre de 2005, la entidad somete a consideración de este Organismo la Resolución de Consejo N° 3/2005 por la cual se resuelve extender la vigencia de la Resolución del Consejo N° 4/2002 hasta el 30 de junio de 2006 respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insuman la totalidad del patrimonio neto, conforme el último estado contable remitido a la Bolsa de Comercio con anterioridad al 1° de enero de 2006.
Que en fundamento de ello, la Bolsa consideró que la aplicación de las disposiciones del inciso d) del artículo 42 del Reglamento de Cotización a las empresas que se encuentran potencialmente alcanzadas por dicha norma y que aún no culminaron los procedimientos judiciales o extrajudiciales que han emprendido junto con sus acreedores en vistas a la reestructuración de sus pasivos, generaría consecuencias altamente negativas tanto para ellas como para el público inversor.
Que analizada la Resolución de Consejo N° 3/2005 por parte de la Subgerencia de Bolsas, Mercados y Cajas de Valores a fs. 159/161 no existieron observaciones que formular.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6° inciso e) de la Ley 17.811.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Conformar la Resolución de Consejo N° 3/2005 de la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES por la que se extiende la vigencia de la Resolución de Consejo N° 4/2002 hasta el 30 de junio de 2006, respecto de aquellas sociedades cuyos resultados no asignados negativos insuman la totalidad del patrimonio neto, conforme el último estado contable remitido a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES con anterioridad al 1° de enero de 2006, conforme texto que corre agregado a fs. 157/158.
ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese a la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES, publíquese por la misma en el Boletín Oficial y en su órgano de publicaciones y archívese. — Dr. EMILIO M. FERRE, Director. — NARCISO MUÑOZ, Presidente. — JOSE LUIS PUNGITORE, Director.