[b] Ministerio de Economía y Producción
REGIMEN FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL
Resolución 708/2006
Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 1382/2005, a fin de tornar operativo el mecanismo instituido para el saneamiento definitivo de la situación financiera entre el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta los requerimientos efectuados por las distintas Jurisdicciones.
Bs. As., 11/9/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0283970/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.917 y 25.967, y el Decreto Nº 1382 de fecha 7 de noviembre de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 26 de la Ley Nº 25.917 establece, en su párrafo segundo, que el PODER EJECUTIVO NACIONAL instrumentará un régimen de compensación de deudas entre las jurisdicciones participantes del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, a partir de la entrada en vigencia de la mencionada ley.
Que el Artículo 17 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, incorporado como Artículo 100 a la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto, faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a instrumentar el saneamiento definitivo de la situación financiera entre cada una de las Provincias, la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y el ESTADO NACIONAL en el marco del Régimen de Compensación previsto en la norma citada en el primer párrafo.
Que en virtud del plexo legal reseñado, se dictó el Decreto Nº 1382 de fecha 7 de noviembre de 2005, mediante el cual se establece, por su Artículo 1º, que el Régimen de Saneamiento definitivo de la situación financiera entre el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, adheridas o que adhieran al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, tendrá como objetivo facilitar la extinción de las obligaciones recíprocas que se encontraren pendientes.
Que por el Artículo 6º del Decreto 1382/05 se dispuso que las Jurisdicciones que hubieran manifestado su voluntad de participar del Régimen conforme lo previsto en el Artículo 4º del citado decreto, dentro de los NOVENTA (90) días de comunicada la referida decisión presentarán ante la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las obligaciones que se proponen incluir en el Régimen, así como, la documentación respaldatoria, certificada por las dependencias competentes de la Jurisdicción Nacional, si contaran con ella.
Que mediante la Resolución Nº 554 de fecha 14 de julio de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se prorrogó el plazo establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 1382/05, a fin de posibilitar el dictado de las normas correspondientes a todas las jurisdicciones adheridas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal.
Que a los efectos de tornar operativo el mecanismo instituido para el saneamiento definitivo de la situación financiera entre el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y teniendo en cuenta los requerimientos efectuados por las distintas Jurisdicciones, así como, considerando la complejidad en recabar la información requerida respecto de las obligaciones a incluir en el mentado Régimen, resulta necesario prorrogar el plazo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 1382/05.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de la facultad conferida por el Artículo 19 del Decreto Nº 1382/05.
Por ello,
LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
[b] Artículo 1º — Prorrógase el plazo establecido por el Artículo 6º del Decreto Nº 1382 de fecha 7 de noviembre de 2005 por el término de CIENTO VEINTE (120) días.
[b] Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
[b] Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.