[b] MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 129/2007
Bs. As., 7/3/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0201992/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita la Licitación Pública Nº 16/06 correspondiente al desarrollo del Sistema para la Gestión del Movimientos de Animales solicitado por la Dirección Nacional de Sanidad Animal, llamado que fue autorizado por Resolución Nº 825 de fecha 27 de noviembre de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares establecía como plazo para la presentación de las ofertas hasta las 12 horas del día 6 de febrero de 2007, fecha que coincidía con el Acto de Apertura.
Que con fecha 29 de noviembre 2006 mediante la Circular Modificatoria Nº 1 se modificó la fecha referida estableciéndose hasta las 12 horas del 5 de febrero de 2007.
Que a raíz de las presentaciones efectuadas por las firmas BULL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y TECNOLOGIA EN PRODUCCION DE SISTEMAS S.A. se advirtió que en la publicación del llamado en el Boletín Oficial los días 6 y 7 de diciembre de 2006 no se consignó el día y la hora de presentación de las ofertas que prevé el artículo 17, inciso g) del Anexo al Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000.
Que no obstante ello, la fecha de presentación de las ofertas fue dada a conocer a los oferentes por la difusión del llamado en el sitio web de la Oficina Nacional de Contrataciones a partir del día 30 de noviembre de 2006 y por el retiro por los interesados y oferentes del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la licitación referida, puesto que con el mencionado Pliego fueron entregadas a todos los oferentes las Circulares Modificatorias Nros. 1 y 2.
Que en resguardo de los principios de transparencia en los procedimientos, publicidad y difusión de las actuaciones e igualdad de tratamiento para interesados y para oferentes, principios rectores del proceso licitatorio y en base a los cuales deberá ajustarse la gestión de las contrataciones desde el inicio de las actuaciones hasta la finalización de la ejecución del contrato, el suscripto considera que procede dejar sin efecto el procedimiento de contratación de la licitación pública de que se trata, de acuerdo a la facultad prevista en el artículo 20 —Segunda Parte— del Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, atribución que también se encuentra establecida en la Cláusula 9.7 del citado Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en virtud de las facultades conferidas por los artículos 11, inciso g) y 20 —Segunda Parte— del Decreto Delegado Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 de fecha 1º de septiembre de 2003.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Déjase sin efecto el llamado a Licitación Pública Nº 16/06 para el desarrollo de un Sistema para la Gestión del Movimientos de Animales autorizado por la Resolución Nº 825 de fecha 27 de noviembre de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTICULO 2º — Convóquese a un nuevo llamado a Licitación Pública con el mismo Pliego de Bases y Condiciones Particulares utilizado en la licitación que se deja sin efecto por el presente acto.
ARTICULO 3º — Los interesados que hubieran adquirido el Pliego en la Licitación Pública Nº 16/ 06 que deseen participar de la nueva convocatoria podrán retirar el nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares sin abonar el costo del mismo; y aquellos que no deseen participar podrán solicitar la devolución del importe de PESOS QUINIENTOS ($ 500.-).
ARTICULO 4º — Notifíquese a los interesados que retiraron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en la Licitación Pública Nº 16/06.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JORGE NESTOR AMAYA, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
e. 9/3 Nº 539.940 v. 9/3/2007