MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
Resolución Nº 171/2008
Bs. As., 8/10/2008
VISTO la Ley Nº 24.354, su Decreto Reglamentario Nº 720 del 22 de mayo de 1995 y la Resolución Nº 175 del 15 de octubre de 2004 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 720 del 22 de mayo de 1995 designó a la ex SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, como la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.354.
Que en virtud de ello esta Secretaría se encuentra facultada para dictar las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias, para la debida implementación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).
Que la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el Artículo 11 de la Ley Nº 24.354 y el Artículo 12 del Decreto Reglamentario Nº 720/95 está facultada para fijar el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).
Que el Artículo 4º de la Resolución Nº 175 del 15 de octubre de 2004 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA fijó el monto máximo de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 5.600.000) para el Ejercicio 2004.
Que la Resolución Nº 108 del 27 de mayo de 2005 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA ha ratificado el monto fijado por la Resolución Nº 175/2004 del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP) 2006-2008.
Que la Resolución Nº 21 del 25 de enero de 2007 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA ha fijado un monto de PESOS ONCE MILLONES ($ 11.000.000) a partir del 2 de enero de 2007 y que dicho valor se encuentra desactualizado.
Que es necesario fijar un nuevo monto en concordancia con el incremento verificado en la Inversión Pública Nacional, a fin de agilizar la operatoria del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).
Que el Artículo 11 de la Ley Nº 24.354 establece que el monto máximo no podrá superar en ningún caso el 1% del presupuesto anual de inversión pública nacional correspondiente al ejercicio anual inmediato anterior.
Que el monto de crédito inicial por Inversión Pública Nacional para el año 2008 es de PESOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 19.776.500.000), monto que se obtiene de consolidar el crédito inicial de Inversión Real Directa, de Transferencias de Capital y de Inversión de Organismos no presupuestarios, Empresas Públicas y Fondos Fiduciarios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en concordancia con las facultades conferidas por los Artículos 1º y 12º del Decreto Reglamentario Nº 720/95.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICA ECONOMICA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Fíjase el monto máximo de PESOS DIECINUEVE MILLONES ($ 19.000.000) del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP) a partir del 2 de enero de 2009.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MARTIN P. ABELES, Secretario de Política Económica.
e. 15/10/2008 Nº 12944/08 v. 15/10/2008