Ministerio de Economía y Producción
CASA DE MONEDA
Resolución 96/2005
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la citada Sociedad del Estado, actuante en el área del Ministerio de Economía y Producción.
Bs. As., 18/2/2005
VISTO el Expediente Nº 28.456/2004 del Registro de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA actuante en la órbita de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2005, formulado por la mencionada Sociedad del Estado, actuante en la órbita de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.
Que obra en el mencionado expediente el informe favorable, sobre la medida propiciada, de la Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA de este Ministerio.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1361 del 5 de agosto de 1994, por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II de la presente resolución, respectivamente.
Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 96.700.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS NOVENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($ 98.534.000) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($ 1.834.000), de acuerdo al detalle que figura en las Planillas del Anexo II de la presente resolución.
Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS CIENTO UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL ($ 101.590.000) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES VEINTICUATRO MIL ($ 99.024.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 2.566.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II de la presente resolución.
Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 6.649.000) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 13.589.200) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.374.200), de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas del Anexo II de la presente resolución.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.
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NOTA: Esta resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar