MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
Resolución Nº 89/2004
Mar del Plata, 27/9/2004
VISTO el Expediente Nº 631/2004 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el Decreto Nº 1063 de fecha 17 de agosto de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1063/04 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.
Que por el artículo 2º del precitado texto legal estableció la obligación por parte de este Instituto de presentar una propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores correspondientes a las aprobadas por el referido Decreto Nº 1063/2004.
Que en consecuencia corresponde aprobar la estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION dependiente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compedte expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.
Por ello,
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos I, Il y III que forman parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º — El gasto que demande la implementación de la presente medida será atendido con cargo al Inciso I – Gastos en Personal – Entidad 607 de la Jurisdicción 50.00 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO 3º — Regístrese, pubíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. LUIS MIGUEL BARLETTA, Director - INIDEP.
ANEXO I
ORGANIGRAMA DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION
ANEXO II
DIRECCION DE PESQUERIAS PELAGICAS Y AMBIENTE MARINO
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar las actividades de investigación de las pesquerías pelágicas e invertebrados marinos, originadas en las demandas públicas, privadas, emergentes del marco regulatorio vigente nacional e internacional y necesidades del ordenamiento pesquero, para asesorar a las autoridades correspondientes sobre el manejo y conservación de los recursos pesqueros involucrados.
2. Ejecutar las investigaciones para la evaluación y el seguimiento del estado de las poblaciones de peces pelágicos e invertebrados marinos de importancia comercial propias y compartidas con otros países.
3. Ejecutar las investigaciones para la exploración y evaluación del estado de las poblaciones de peces pelágicos e invertebrados de interés potencial
4. Predecir las tendencias futuras en la evolución de los efectivos e interpretar las causas de sus fluctuaciones
5. Ejecutar las investigaciones sobre modificaciones del ambiente de origen natural y antropogénico y sus efectos sobre los recursos pesqueros.
6. Ejecutar las investigaciones para evaluar los efectos de los cambios climáticos o ambientales en las poblaciones de peces y el ecosistema acuático, con énfasis en la distribución, abundancia y fluctuaciones de los recursos pesqueros
7. Obtener los datos oceanográfico pesqueros, a través de las campañas de investigación, de observadores a bordo de buques comerciales y del muestreo de desembarques, incluyendo datos sobre pesca incidental, descartes y desperdicios, a fin de asegurar la evaluación eficaz de las pesquerías.
8. Actualizar las técnicas y métodos de prospección y evaluación, incorporando nuevos conceptos teóricos y modelos de evaluación de pesquerías de peces pelágicas y de invertebrados marinos.
9. Gestionar y ejecutar los convenios de vinculación científica y de asesoramiento sobre pesquerías pelágicas, invertebrados y medio ambiente marino.
10. Propender al incremento de la productividad a través de la gestión eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros, interviniendo en los planes de capacitación y motivación del personal científico-técnico del área.
DIRECCION PESQUERIAS DEMERSALES
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar las actividades de investigación de las pesquerías demersales, originadas en las demandas públicas, privadas, emergentes del marco regulatorio vigente nacional e internacional y necesidades del ordenamiento pesquero, para asesorar a las autoridades correspondientes sobre el manejo y conservación de los recursos pesqueros involucrados.
2. Ejecutar las investigaciones para la evaluación y el seguimiento del estado de las poblaciones de peces demersales costeros y de altura de importancia comercial propias y compartidas con otros países.
3. Predecir las tendencias futuras en la evolución de los efectivos e interpretar las causas de sus fluctuaciones.
4. Investigar los efectos de los cambios de los ecosistemas, derivados de la presión pesquera, la contaminación o la alteración del hábitat sobre las pesquerías demersales.
5. Determinar las estructuras etarias de las poblaciones de peces de interés comercial
6. Ejecutar las investigaciones para la exploración y evaluación del estado de las poblaciones de peces demersales de interés potencial
7. Obtener los datos oceanográficos y pesqueros, a través de las campañas de investigación, de observadores a bordo de buques comerciales y del muestreo de desembarques, incluyendo datos sobre pesca incidental, descartes y desperdicios, a fin de asegurar la evaluación eficaz de las pesquerías.
8. Actualizar las técnicas y métodos de prospección y evaluación, incorporando nuevos conceptos teóricos y modelos de evaluación de pesquerías de peces demersales.
9. Gestionar y ejecutar los convenios de vinculación científica y de asesoramiento sobre pesquerías demersales.
10. Propender al incremento de la productividad a través de la gestión eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros, interviniendo en los planes de capacitación y motivación del personal científico y técnico del área.
DIRECCION DE INFORMACION, OPERACION Y TECNOLOGIA
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar las actividades de investigación originadas por las demandas públicas, privadas y emergentes del marco regulatorio vigente, nacional e internacional, para asesorar a las autoridades correspondientes.
2. Desarrollar, adaptar y transferir, las técnicas de cultivos de organismos acuáticos de interés comercial, en concordancia con los planes de la Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura
3. Desarrollar, adaptar y transferir, nuevos diseños de artes de pesca, para la explotación comercial, para la investigación pesquera y realizar la evaluación científica sobre sus efectos en las pesquerías.
4. Realizar estudios sobre la selectividad de las artes de pesca y su impacto sobre las especies objetivo y sobre el comportamiento tanto de éstas como de las especies que no son el objeto de la pesca, para apoyar las decisiones de minimizar las capturas no utilizadas así como salvaguardar la biodiversidad de los ecosistemas.
5. Desarrollar, adaptar y transferir las técnicas y artes de pesca de las pesquerías tradicionales, en particular aquellas aplicadas en las pesquerías de pequeña escala, con el fin de evaluar su impacto para la conservación, la ordenación y el desarrollo pesquero
6. Desarrollar, adaptar y transferir tecnología de nuevos productos y procesos, con el fin de asegurar la utilización óptima de los recursos pesqueros, la reconversión del sector pesquero, a través del uso integral de los recursos, asegurando la sustentabilidad del mismo; y estimular la utilización del pescado en alimentos funcionales.
7. Realizar las Investigaciones de los aspectos económicos, sociales, e institucionales de las pesquerías, para asesorar a la autoridad de aplicación en la formulación de las políticas pesqueras sustentables.
8. Administrar el Sistema de Información Oceanográfico Pesquera generado por el Instituto, asegurando el acceso y su distribución interna y externa.
9. Coordinar las actividades conducentes a mejorar los métodos de obtención de datos comparables sobre las pesquerías, para facilitar el análisis y la formulación de políticas pesqueras.
10. Coordinar los requerimientos de utilización de los Buques de Investigación como unidades de muestreo y toma de datos ambientales y elaborar el Plan anual de Campañas de acuerdo a los requerimientos de los Proyectos de investigación, en concordancia con la Capitanía de Armamento y con los días necesarios de estadía en puerto para efectuar reparaciones y mantenimiento.
11. Coordinar la utilización, mantenimiento y reparación del instrumental científico, de uso común en gabinetes y cubierta en los buques de investigación del INIDEP.
12. Gestionar y ejecutar los convenios de vinculación tecnológica, de asesoramiento, transferencia y desarrollo.
13. Propender al incremento de la productividad a través de la gestión eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros, interviniendo en los planes de capacitación y motivación del personal científico y técnico del área.
ANEXO III
JURISDICCION: MINISTERIO DE ECONIMIA Y PRODUCCION
ENTIDAD: INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO: 16 –CONDUCCION DE LA INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
ESCALAFON: SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA DECRETO 993/91 (t.o. 1995) |
NIVELES ESCALAFONARIOS
ACTIVIDAD
PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCION DE LA
ACTIVIDAD |
UNIDAD
ORGANIZATIVA |
NIVEL
A |
NIVEL
B |
NIVEL
C |
NIVEL
D |
NIVEL
E |
NIVEL
F |
SUB/
TOTAL |
02 |
DIRECCION DE PESQUERIAS DEMERSALES |
DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION |
1
- |
-
5 |
-
7 |
-
8 |
1
3 |
1 |
3
23 |
02 |
DIRECCION DE PESQUERIAS PELAGICAS Y AMBIENTE MARINO |
DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION |
1 |
8 |
14 |
7 |
2 |
|
32 |
02 |
DIRECCION DE INFORAMCION, OPERACION Y TECNOLOGIA |
DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACION |
1 |
2 |
10 |
22 |
7 |
1 |
43 |
TOTAL |
|
|
3 |
15 |
31 |
37 |
13 |
2 |
101 |
e. 7/10 Nº 460.273 v. 7/10/2004