Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Ministerio de Economía y Producción NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Resolución 614/2004 Modificación de la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común




Ministerio de Economía y Producción

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 614/2004

Modificación de la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común. Incorporación de la Resolución Nº 21/03-MERCOSUR/GMC.

Bs. As., 8/9/2004

VISTO el Expediente N° S01:0015457/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1 de enero de 1995 se puso en funcionamiento la Unión Aduanera entre los Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y consiguientemente quedó aprobada la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), puesta en vigencia mediante el dictado del Decreto N° 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.

Que por los Decretos Nros. 998 de fecha 28 de diciembre de 1995 y 690 de fecha 26 de abril de 2002 se procedió a efectuar ajustes en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), modificando parcialmente el contenido del Decreto N° 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994.

Que por la Resolución N° 21 de fecha 10 de diciembre de 2003 del Grupo Mercado Común, se efectuaron modificaciones en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).

Que en consecuencia corresponde introducir en el ordenamiento jurídico nacional los cambios en la nomenclatura aprobados a nivel regional.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado intervención en la confección de la presente medida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley N° 22.415 (Código Aduanero), en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), modificada por las Leyes Nros. 24.190 y 25.233 y en la Ley N° 22.792 y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 751 de fecha 8 de marzo de 1974, 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991, 2275 de fecha 23 de diciembre de 1994 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:

Artículo 1° — La Resolución N° 21, de fecha 10 de diciembre de 2003 del Grupo Mercado Común, que da sustento a las normas contenidas por la presente resolución, constituida por DOS (2) planillas, se reproduce como Anexo I de la misma.

Art. 2° — Modifícanse en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) la codificación, el texto, el Arancel Externo Común (A.E.C.), el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.), el Derecho de Importación Intrazona (D.I.I.) y el Reintegro a la Exportación (R.E.) de acuerdo al detalle que se consigna en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3° — Remítase copia autenticada de la presente resolución al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO atento su carácter de Coordinador de la Sección Nacional del Grupo Mercado Común del MERCOSUR.

Art. 4° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Ofical.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

ANEXO I A LA RESOLUCION M.E. Y P. N° 614/2004

MERCOSUR/GMC/RES. N° 21/03

MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 7/94, 22/94, y 67/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 60/00 y 65/01 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.

EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:

Art. 1 — Aprobar la "Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común", en sus versiones en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 — Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, tendrán vigencia a partir del 01/VII/ 2004, debiendo los Estados Parte asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales antes de esa fecha.

LII GMC – Montevideo, 10/XII/03

ANEXO

VERSION EN ESPAÑOL



ANEXO II A LA RESOLUCION M.E. Y P. N° 614/2004

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Ministerio de Economía y Producción NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Resolución 614/2004 Modificación de la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común