MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución N° 30.166 del 5/10/2004
Expediente N° 45.715 "(Centro de Formación y Perfeccionamiento Profesional) solicita autorización para el dictado de los cursos de capacitación para aspirantes a obtener la matrícula de Productor Asesor de Seguros y los cursos de capacitación continuada".
Síntesis:
ARTICULO 1° — Autorizar al Centro de Formación y Perfeccionamiento Profesional a dictar, bajo la modalidad de sistema presencial únicamente, los cursos, talleres y seminarios del programa de capacitación continuada para Productores Asesores de Seguros y el curso de capacitación para aspirantes a rendir el examen de competencia previsto por el artículo 4° inciso c) de la Ley 22.400.
ARTICULO 2° — El Centro de Formación y Perfeccionamiento Profesional en el desarrollo de sus actividades académicas y administrativas, deberá observar el cumplimiento con las disposiciones emanadas de las Resoluciones números 25.475, 29.160 y 29.645 y del Manual de Procedimientos adjunto a la Circular N° 5119 de fecha 8 de marzo de 2004.
ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese al Ente Cooperador Ley 22.400 en el domicilio ubicado en Chacabuco 77, piso 3° de Capital Federal y publíquese en el Boletín Oficial. — Fdo.: CLAUDIO O. MORONI, Superintendente de Seguros.
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NOTA: La versión completa de la presente resolución puede ser consultada en Avda. Julio A. Roca 721 P.B. de esta Ciudad de Buenos Aires..
e. 13/10 N° 460.843 v. 13/10/2004