Ministerio de Economía y Producción
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA
Resolución 761/2004
Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2005 del citado organismo, actuante en el área de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Bs. As., 29/11/2004
VISTO el Expediente Nº S01:0229530/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto se tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2005 formulado por la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA, actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2005 de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.
Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo estimado en PESOS CERO ($ 0.-), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico estimado en PESOS CERO ($ 0.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON CUARENTA Y NUEVE DOSCIENTOS SEIS ($ 1.049.206.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero DEFICIT para el ejercicio 2005 en PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SEIS ($ 49.206.-), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar