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MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA




[b] MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
Resolución Nº 142/2007
Bs. As., 19/2/2007
VISTO la creación del Proyecto "PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN LA INVESTIGACION", y
CONSIDERANDO:
Que este Ministerio impulsa y sostiene la investigación basada en la estadística educativa, con el objeto de contribuir a mejorar la calidad del sistema educativo.
Que la DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA es la unidad del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología responsable del diseño y desarrollo de investigaciones vinculadas con la formulación de las políticas educativas, de las acciones de evaluación del sistema educativo nacional y del desarrollo y sustentabilidad del sistema federal de información educativa.
Que para ello produce, analiza y difunde información sobre diferentes aspectos del sistema educativo nacional, con excepción del nivel universitario, y desarrolla investigaciones orientadas a mejorar su calidad y equidad.
Que en ese orden y dando cumplimiento al Decreto 1172/03 se han generado mecanismos de acceso público a las bases de datos en que dicha información se sistematiza: el Relevamiento Anual de Matrícula y Establecimientos, el Censo Nacional Docente y el Operativo Nacional de Evaluación de la Calidad.
Que para fomentar las iniciativas de investigación educativa, la DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA ha propuesto un concurso público de proyectos de investigación "Promoción del uso de estadísticas educativas en la investigación".
Que se espera promover el intercambio y la producción conjunta entre equipos de investigación de instituciones de nivel superior, centros de investigación y Ministerios, Secretarías provinciales y/o Municipales de educación del país.
Que se cuenta con el crédito presupuestario para financiar el proyecto durante el presente ejercicio.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprobar el Proyecto "PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN LA INVESTIGACION", que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2º — Llamar a concurso público de proyectos de investigación, para la selección de propuestas, en el que podrán participar equipos de investigación de instituciones de nivel superior, centros de investigación y equipos técnicos de Ministerios, Secretarías provinciales y/o Municipales de educación del país, conforme a las condiciones generales y particulares establecidas en las Bases y sus Anexos, todos ellos parte de la presente Resolución como Anexo II.
ARTICULO 3º — Aprobar el aviso del llamado a concurso que como Anexo III integra la presente y ordenar su publicación en el Boletín Oficial y en medios periodísticos de circulación nacional.
ARTICULO 4º — Aprobar el Modelo de Convenio con las JURISDICCIONES/UNIVERSIDADES que como Anexo IV forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 5º — Facultar al SECRETARIO DE EDUCACION a suscribir los Convenios cuyo modelo se aprueban en el Artículo precedente, como así también a dictar los actos administrativos necesarios para transferir los fondos que garanticen el cumplimiento de dichos Convenios.
ARTICULO 6º — Encomendar a la DIRECCION NACIONAL DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA todas las cuestiones relacionadas con el concurso público de proyectos previsto en la presente Resolución.
ARTICULO 7º — Establecer que el monto estimado para los gastos que demande la ejecución del Proyecto aprobado en la presente Resolución será de PESOS CIENTO NOVENTA MIL ($ 190.000.-) imputando dicho gasto de la siguiente forma: a la Partida 70-32-03-5.6.1., Fuente de financiamiento 11 del Tesoro Nacional PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000.-), a la Partida 70-32-03-5.7.1., Fuente de financiamiento 11 del Tesoro Nacional PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000.-) y a la Partida 70-32-03-3.9.1. Fuente de financiamiento 11 del Tesoro Nacional PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-).
ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Lic. DANIEL F. FILMUS, Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología.
ANEXO I
PROYECTO "PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN INVESTIGACION"
El MINISTRO de EDUCACION, CIENCIA y TECNOLOGIA de la NACION, llama a través de la Secretaría de Educación a concurso para subsidios de proyectos de investigación, en el marco del Proyecto: PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN INVESTIGACION.
LA DIRECCION DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO de EDUCACION, CIENCIA y TECNOLOGIA de la NACION, (DINIECE) se constituye como organismo convocante.
El objeto de este llamado es la selección de 10 (diez) proyectos de investigación orientados a distintos aspectos de la problemática educativa de nuestro país que tomen como punto de partida la exploración de variables seleccionadas de las bases de datos generadas por la DINIECE: de los Relevamientos Anuales; de los Censos Nacionales de Docentes y del Operativo Nacional de Evaluación de la Calidad.
Dichas bases serán puestas a disposición del público a partir de la presente convocatoria en vistas al cumplimiento del Decreto 1172/03.
Podrán participar equipos de investigación de instituciones de educación superior y de centros de investigación individualmente o en asociación con equipos técnicos de los ministerios/ secretarías provinciales y/o municipales de educación.
El plazo para la presentación de proyectos será desde el 13 de noviembre hasta el 29 de diciembre de 2006.
Objetivos
La presente convocatoria tiene por objetivos:
i. Contribuir al desarrollo y fortalecimiento del intercambio y cooperación entre las instituciones académicas y de gestión educativa.
ii. Fomentar el uso de los datos producidos regularmente por la gestión educativa y fortalecer la capacidad de análisis de esta información.
iii. Desarrollar conocimiento significativo en áreas relevantes del quehacer educativo actual.
Temáticas priorizadas
i. La oferta educativa: condiciones institucionales y particularidades territoriales.
ii. La condición docente: situación laboral, trayectorias e impactos en la oferta.
iii. Calidad educativa: factores condicionantes del rendimiento escolar; sistemas de evaluación de la calidad; propuestas metodológicas.
iv. Alcance del derecho a la educación: situación de acceso, permanencia, rendimiento y terminalidad educativa de grupos específicos.
v. Expresiones de la desigualdad social en la escuela: situación educativa y condiciones de vida, segregación escolar.
Categorías y premios
Podrán presentar proyectos los equipos de investigación que cumplan con los requisitos establecidos en las bases, en una de las siguientes categorías, por las que deberán optar explícitamente:
Categoría 1: Equipos de investigación de instituciones de educación superior o de Centros de investigación.
Categoría 2: Equipos de investigación mixtos, conformados por instituciones de educación superior o centros de investigación asociados con equipos técnicos de los Ministerios, Secretarías provinciales y/o Municipales de educación.
Los proyectos seleccionados recibirán un subsidio para su desarrollo de $ 15.000 para la primera categoría y $18.000 para la segunda categoría. Los fondos constituirán un aporte destinado a financiar aquellos recursos materiales y servicios técnicos que resulten necesarios para el cumplimiento del plan de trabajo previsto y los productos comprometidos en el proyecto.
Cronograma del llamado
a) Se podrán retirar las Bases del concurso a partir de la fecha de publicación del llamado a Concurso Público, 13 de noviembre de 2006.
b) Se aceptará la presentación de propuestas desde el 13 de noviembre hasta el día 29 de diciembre de 2006 a las 18 horas.
c) Realizado el correspondiente proceso de selección, se notificará al equipo seleccionado. Se dará publicidad al resultado del concurso por los mismos medios que los utilizados para el llamado a concurso.
d) Se asignarán los subsidios por Resolución de la Secretaría de Educación y a través de la firma del convenio con las instituciones en las que se radicarán los proyectos.
e) Los proyectos deberán desarrollarse entre el 15 de marzo y el 15 de agosto de 2007.
f) Los resultados de los mismos serán presentados en un Seminario organizado por la DINIECE en el mes de septiembre de 2007.
ANEXO II
BASES DEL CONCURSO PUBLICO NACIONAL
"PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN INVESTIGACION"
PRESENTACION
La investigación educativa constituye una fuente insustituible de conocimientos para la toma de decisiones en materia de política educativa. A pesar de esta evidencia, las diferentes lógicas de producción y uso del conocimiento en el ámbito académico y en el ámbito político han tendido a generar una tensión en el campo de la investigación educativa entre los criterios y procedimientos propios de la producción científica y las demandas de la política pública. Estas tensiones se han traducido en la ausencia de vinculaciones sistemáticas entre ambos espacios sociales. Adicionalmente, la ausencia de mecanismos lo suficientemente fluidos de acceso a la producción académica en su conjunto y la alta concentración geográfica de lo desarrollado en la zona metropolitana, debilita la posibilidad de socializar las producciones existentes.
Ambas situaciones son una fuente de limitaciones si consideramos que el acceso de los decisores políticos a los resultados de la producción desarrollada en el circuito académico contribuye de manera decisiva a la toma de decisiones más informada; y que la socialización de las producciones entre diferentes equipos del propio campo académico, puede fortalecer la capacidad de los mismos, al tiempo que contribuir a delimitar fortalezas y áreas de vacancia en la producción investigativa del país.
Por su función específica y capacidad operativa, la Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa (DINIECE) del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación puede constituirse en un órgano capaz de promover la superación de dichas limitaciones, apoyando la conformación de instancias de fomento, intercambio y socialización de la investigación.
La DINIECE es la unidad del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, responsable del diseño y desarrollo de investigaciones vinculadas con la formulación de las políticas educativas, de las acciones de evaluación del sistema educativo nacional y del desarrollo y sustentabilidad del sistema federal de información educativa.
Su misión es brindar información oportuna y de calidad para la planificación, gestión y evaluación de la política educativa. Para ello produce, analiza y difunde información sobre diferentes aspectos del sistema educativo nacional, con excepción del nivel universitario, y desarrolla investigaciones orientadas a mejorar su calidad y equidad. El propósito es contribuir a una política educativa que promueva la igualdad en el acceso, permanencia y egreso, así como un alto rendimiento académico en sus distintos niveles.
Para avanzar en la dirección deseada, la DINIECE ha iniciado nuevas líneas de acción. Se ha propuesto en primer lugar, el tránsito de la consolidación de los sistemas de información educativa a los que se abocó el Ministerio en la última década, hacia la generación de mecanismos de acceso público a las bases de datos en que dicha información se sistematiza: el Relevamiento Anual de Matrícula y Establecimientos; el Censo Nacional Docente; y el Operativo Nacional de Evaluación de la Calidad. Esta medida constituye una vía para dar cumplimiento al Decreto 1172/03, al garantizar el acceso a la información pública en el área educativa. En segundo lugar, espera promover el intercambio y la producción conjunta entre equipos de investigación académica y equipos técnicos de Ministerios y Secretarías provinciales y/o municipales de Educación del país.
Estas acciones se desarrollan en vistas a lograr los siguientes objetivos:
i. facilitar el intercambio académico, el debate metodológico y la difusión de resultados de investigación educativa;
ii. construir mecanismos de coordinación interinstitucional para la definición, difusión y utilización de la información educativa producida por los ministerios de educación;
iii. mejorar la calidad y relevancia de los datos producidos por los sistemas de información educativa a nivel nacional;
iv. garantizar la accesibilidad y una mayor circulación de los resultados de investigación hacia distintos ámbitos académicos y de gestión educativa.
En este marco, la DINIECE convoca a un concurso para subsidios a proyectos de investigación.
CAPITULO 1- ACERCA DEL LLAMADO
1. Bases Generales
El MINISTRO de EDUCACION, CIENCIA y TECNOLOGIA de la NACION, llama a través de la Secretaría de Educación a concurso para subsidios de proyectos de investigación, en el marco del PROYECTO: PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN INVESTIGACION, que será creado por Resolución Ministerial.
2. Organismo convocante
El organismo convocante es la DIRECCION DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO de EDUCACION, CIENCIA y TECNOLOGIA de la NACION, con sede en Paraguay 1657, 2º piso oficina 201, Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina.
3. Objeto
El objeto de este llamado es la selección de 10 (diez) proyectos de investigación orientados a distintos aspectos de la problemática educativa de nuestro país que tomen como punto de partida la exploración de variables seleccionadas de las bases de datos generadas por la DINIECE: de los Relevamientos Anuales; de los Censos Nacionales de Docentes y del Operativo Nacional de Evaluación de la Calidad.
Dichas bases serán puestas a disposición del público a partir de la presente convocatoria.
El concurso está destinado a equipos de investigación de instituciones de educación superior, de centros de investigación y a equipos técnicos de los ministerios y secretarías provinciales y/o municipales de educación. Podrán presentar proyectos los equipos de investigación que cumplan con los requisitos establecidos en el Capítulo IV, en una de las siguientes categorías, por las que deberán optar explícitamente:
Categoría 1: Equipos de investigación de instituciones de educación superior y de centros de investigación.
Categoría 2: Equipos de investigación mixtos, conformados por instituciones de educación superior o centros de investigación asociados con equipos técnicos de los Ministerios, Secretarías provinciales y/o Municipales de educación.
Los proyectos seleccionados recibirán un subsidio para su desarrollo de $ 15.000 para la primera categoría y $18.000 para la segunda categoría. Los fondos constituirán un aporte destinado a financiar aquellos recursos materiales y servicios técnicos que resulten necesarios para el cumplimiento del plan de trabajo previsto y los productos comprometidos en el proyecto.
4. Objetivos de la convocatoria
La presente convocatoria tiene por objetivos:
i. Contribuir al desarrollo y fortalecimiento del intercambio y cooperación entre las instituciones académicas y de gestión educativa.
ii. Fomentar el uso de los datos producidos regularmente por la gestión educativa y fortalecer la capacidad de análisis de esta información.
iii. Desarrollar conocimiento significativo en áreas relevantes del quehacer educativo actual.
5. Bases del Concurso
Las Bases incluyen como parte integrante:
a) El Anexo 1: "Formulario institucional", "Formulario para la presentación de proyectos" y "Formulario de presentación de CV"
Los interesados podrán solicitar el conjunto de las BASES y la información educativa, en soporte digital de lunes a viernes, en el horario de 10 a 14 horas en Paraguay 1657, 4º piso, oficina 401, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sede del Proyecto, o en el sitio web diniece.me.gov.ar/concurso2006/
6. Normativa Aplicable
Este llamado se regirá por las siguientes normas:
a) Estas bases, sus anexos, las resoluciones y/o aclaraciones que pueda eventualmente dictar el organismo convocante, las que se informarán a los equipos participantes.
b) La ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos, con carácter supletorio de los aspectos no contemplados específicamente por las normas mencionadas ut - supra.
CAPITULO II: NORMAS INTERPRETATIVAS
1. Plazos – Vencimientos – Ausencia de plazos especiales.
Excepto cuando se disponga expresamente lo contrario, todos los plazos establecidos en estas Bases se computarán por días hábiles administrativos.
Los plazos vencen el día respectivo, excepto que éste sea inhábil, en cuyo caso se trasladará el vencimiento al día hábil siguiente. En ningún caso se admitirán presentaciones fuera de término.
2. Efectos de las presentaciones
La presentación de propuestas presupondrá el conocimiento y la aceptación de todas las condiciones establecidas en estas Bases.
En particular, la presentación de propuestas presupondrá:
a) El conocimiento y aceptación de la documentación, de las obligaciones y de las reglas que rigen esta convocatoria.
b) La renuncia a todo mecanismo de recurso o impugnación de los actos de este llamado que no esté contemplado en estas Bases.
c) La aceptación del derecho del organismo convocante a: 1) solicitar información adicional a los participantes, 2) modificar la documentación del concurso o efectuar aclaraciones al mismo o a las Bases, 3) prorrogar los plazos del concurso.
3. Recursos
Los actos administrativos de este llamado que revistan el carácter de definitivos o asimilables a ellos y que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo, podrán ser impugnados por los interesados mediante la interposición de un recurso de reconsideración dentro de los CINCO (5) días de notificado el acto, ante el titular de la DIRECCION DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA. El recurso será resuelto dentro de los CINCO (5) días de interpuesto mediante resolución de la Secretaría de Educación; las resoluciones que se emitan con motivo de los recursos y los que los resuelven serán irrecurribles.
4. Comunicaciones al Organismo Convocante
Todos los trámites y presentaciones referidos al presente llamado deberán dirigirse al titular de la DIRECCION DE INFORMACION Y EVALUACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA, los que para ser considerados como presentados en término deberán contar con sello fechador de dicha Dirección o bien se considerará la fecha consignada por la oficina de correo, cuando se utilice este medio para el envío de la documentación.
5. Notificaciones y publicaciones
Todos los actos de este concurso que revistan interés para los potenciales participantes serán notificados o publicados por el organismo convocante de la siguiente manera:
a) Las resoluciones de convocatoria y de adjudicación del concurso, así como toda modificación de estas Bases y sus Anexos, se darán a conocer mediante la publicación de avisos en el Boletín Oficial en UNA (1) oportunidad. El organismo convocante podrá dar mayor difusión al llamado o a la adjudicación, a través de los medios que considere convenientes.
b) Los pedidos de aclaraciones que solicite el organismo convocante serán remitidos al domicilio de la institución participante.
c) La notificación a la institución seleccionada para presentarse a firmar el convenio será remitida a su domicilio.
CAPITULO III: CRONOGRAMA DEL LLAMADO
1. Etapas
Las etapas del llamado a concurso son las siguientes:
i. Publicación en el Boletín Oficial y periódico/s de alcance nacional
ii. Entrega de las Bases y sus Anexos y pedidos de información
iii. Recepción de proyectos
iv. Selección de proyectos
v. Adjudicación
vi. Notificación de la adjudicación y firma de convenio
vii. Adjudicación del 75% del subsidio.
viii. Entrega del informe final del proyecto.
ix. Adjudicación del 25% restante del subsidio.
x. Realización del Seminario Nacional.
2. Cronograma del llamado
a) Se podrán retirar las Bases del concurso a partir de la fecha de publicación del llamado a Concurso Público, 13 de noviembre de 2006.
b) Se aceptará la presentación de propuestas desde el 13 de noviembre hasta el día 29 de diciembre de 2006 a las 18 horas.
c) Realizado el correspondiente proceso de selección, se notificará al equipo seleccionado. Se dará publicidad al resultado del concurso por los mismos medios que los utilizados para el llamado a concurso.
d) Se asignarán los subsidios por Resolución de la Secretaría de Educación y a través de la firma de convenio con las instituciones en las que se radicarán los proyectos.
e) Los proyectos deberán desarrollarse ente el 15 de marzo y el 15 de agosto de 2007.
f) Los resultados de los mismos serán presentados en un Seminario organizado por la DINIECE en el mes de septiembre de 2007.
CAPITULO IV: PRESENTACION DE PROYECTOS
1. Equipos Participantes
Podrán participar de este concurso en calidad de "equipo participante", los equipos de investigación pertenecientes a instituciones de educación superior o a centros de investigación en forma individual o en asociación con equipos de técnicos de Secretarías/Ministerios provinciales o municipales de educación, conforme cuál sea la categoría escogida.
En todos los casos, los proyectos estarán bajo la responsabilidad de su "director responsable".
2. Requisitos para la presentación del proyecto
2.1. De los equipos:
a) Los equipos deben estar conformados por un Director Responsable del proyecto y al menos dos integrantes.
b) El Director Responsable debe ser un investigador perteneciente a la institución académica a través de la cual se presenta el proyecto; que acredite como mínimo una formación de posgrado de nivel maestría o equivalente, una experiencia como investigador senior no menor a 5 años en el campo temático seleccionado, poseer trabajos publicados en libros o en revistas científicas con referato.
c) Los directores de proyecto sólo podrán presentar un proyecto a la presente convocatoria.
d) Queda exceptuada de esta convocatoria toda persona que tenga una relación contractual vigente con el MINISTERIO de EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA de la NACION.
2.2. De los proyectos:
a) Los proyectos deben avanzar en la discusión acerca del uso e interpretación posible de los indicadores educativos y/o en la proposición de indicadores para el desarrollo de información apropiada para aproximarse a fenómenos educativos específicos con base en —al menos— las fuentes de información provistas.
b) Los proyectos deberán poder desarrollarse en el transcurso de cinco (5) meses.
c) Se espera que los proyectos sean capaces de generar conocimiento relevante acerca de los siguientes temas:
i. La oferta educativa: condiciones institucionales y particularidades territoriales.
ii. La condición docente: situación laboral, trayectorias e impactos en la oferta.
iii. Calidad educativa: factores condicionantes del rendimiento escolar; sistemas de evaluación de la calidad; propuestas metodológicas.
iv. Alcance del derecho a la educación: situación de acceso, permanencia, rendimiento y terminalidad educativa de grupos específicos.
v. Expresiones de la desigualdad social en la escuela: situación educativa y condiciones de vida, segregación escolar.
Cada proyecto deberá presentar la información básica y la documentación de respaldo solicitada en el Anexo 1:
i. Aval de la Institución de nivel Superior o centro de investigación en la que se radicará el proyecto, según atribuciones estatutarias respectivas.
ii. En caso de presentación de proyectos realizados en el marco de una Institución de Nivel Superior o Centro de Investigación en asociación con Secretarías/Ministerios provinciales o municipales de Educación, el requisito es el aval por parte de las autoridades competentes del organismo comprometido.
iii. El desarrollo del proyecto de investigación de acuerdo a lo establecido en el "Formulario de presentación de proyectos"
iv. Los CV del director y los investigadores participantes, según el modelo especificado en el "Formulario para la presentación de CV".
3. Formalidades de la presentación
b) Deben presentarse DOS (2) copias de cada formulario del Anexo 1, que tendrán que estar impresos en hoja tamaño A4 e ir acompañados de versión digital compatible con Microsoft Word 2000 y redactados en idioma español. Las páginas deberán estar foliadas correlativamente.
c) La información y documentación presentadas revestirán carácter de declaración jurada y el equipo participante deberá permitir su verificación.
d) Las propuestas deberán presentarse de acuerdo a las indicaciones expresadas en las bases y sus anexos.
CAPITULO V: RECEPCION DE PROYECTOS
1. Consultas
Una vez lanzada la convocatoria y hasta SIETE (7) días hábiles antes del cierre de la presentación de propuestas, la DINIECE estará disponible para contestar preguntas o formular aclaraciones sobre las Bases del concurso. Estas consultas podrán efectuarse escribiendo al correo electrónico concursodiniece@me.gov.ar
2. Recepción
La recepción de los proyectos se realizará exclusivamente en la sede de la DINIECE, Paraguay 1657 Piso 3º, Ofic.301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 10 a 18 horas. Se aceptarán proyectos enviados por correspondencia. En tal caso, el sello fechador del correo deberá certificar que la propuesta fue enviada antes, o el día de la fecha de cierre.
3. Rechazo de los proyectos
El organismo convocante rechazará todos aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos de estas Bases y sus Anexos.
4. Convocatoria desierta
Se podrá declarar desierto el concurso cuando no hubiera proyectos o cuando los presentados no reunieran los requisitos establecidos.
CAPITULO VI: ACERCA DE LA SELECCION DE PROPUESTAS
1 De la selección
a) Para efectuar el proceso de selección se creará una Comisión Académica Evaluadora.
b) La misma se constituirá como tribunal ad hoc integrado por CINCO (5) expertos universitarios de reconocido prestigio.
c) Todos serán designados por el titular de la SECRETARIA DE EDUCACION. Estos conformarán el jurado responsable por la selección de los proyectos.
d) El jurado no podrá proponer más proyectos que aquellos que se correspondan con el número de subsidios asignados (diez).
e) La DINIECE y la Comisión Académica Evaluadora son responsables del proceso de selección.
f) La DINIECE será la responsable de verificar que las presentaciones a someter a evaluación cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases y en sus Anexos, adjuntándose la documentación solicitada. No se remitirán al Comité Evaluador presentaciones que no cumplieran con estos requisitos.
g) La DINIECE y la Comisión Académica Evaluadora asumen la responsabilidad de garantizar la confidencialidad de la información presente en los proyectos.
h) Serán funciones de la Comisión Académica Evaluadora:
i. La selección de cinco proyectos por categoría.
ii. La lectura y evaluación de los informes finales de acuerdo a los resultados comprometidos en la presentación del proyecto.
i) La evaluación de los proyectos seguirá los siguientes criterios:
i. El uso de las bases provistas por la DINIECE como fuente de información.
ii. La pertinencia y relevancia del tema propuesto, así como su originalidad en términos de instalar temas o metodologías de abordaje de los mismos, novedosos en el campo educativo.
iii. La adecuación metodológica para la construcción del objeto de estudio y la coherencia interna del proyecto.
iv. La capacidad de analizar conceptualmente en base a los últimos desarrollos del campo propuesto, la información procesada. Se tendrá en cuenta tanto los avances en términos de la investigación de base cuantitativa como cualitativa que explique los fenómenos educativos analizados.
v. El alcance territorial de la información a analizar.
vi. El desarrollo de una perspectiva multidisciplinar sobre los fenómenos educativos estudiados.
vii. Los antecedentes académicos del director del proyecto
viii. Los antecedentes demostrados del equipo de investigación para el desarrollo de las tareas previstas.
En el caso de la categoría 2, se considerará adicionalmente:
ix. La claridad y pertinencia de la información producida para incidir en problemáticas relevantes de la gestión educativa.
x. El desarrollo de un trabajo interinstitucional expresado en el plan de actividades.
j) La Comisión Académica Evaluadora realizará un dictamen en el que propondrá cinco proyectos para cada categoría. Dicho dictamen deberá estar debidamente fundado en los criterios explicitados en esta resolución para la evaluación.
k) El Secretario de Educación estará habilitado para declarar desierto el concurso en los siguientes casos:
i. cuando no se presentaran proyectos;
ii. cuando los proyectos presentados no cumplan con los requisitos establecidos en estas Bases y sus Anexos;
iii. cuando los proyectos presentados no sean preseleccionados por la Comisión Académica Evaluadora
2 De la adjudicación
Con base en el dictamen de la Comisión Académica Evaluadora, la SECRETARIA DE EDUCACION procederá a la adjudicación del concurso mediante acto resolutivo.
3. Celebración del convenio
Una vez emitida la resolución de adjudicación, la relación jurídica se perfeccionará mediante convenio, cuyo modelo se presenta en el Anexo IV.
CAPITULO VII: OBLIGACIONES GENERALES
a) Una vez firmado el convenio correspondiente al proyecto seleccionado, la SECRETARIA DE EDUCACION se obliga a transferir el 75% de los fondos a la Institución Académica en la que se radicará el proyecto. El 25% restante se transferirá una vez entregado el informe final de la investigación, según los objetivos y productos comprometidos en el proyecto de investigación. Los fondos se transferirán con afectación específica al proyecto por el cual se celebra el convenio, no pudiendo la institución recepcionante afectar los mismos a otros fines.
b) Con la firma del Convenio correspondiente, el Director Responsable queda obligado a:
i. Desarrollar la investigación según lo especificado en la presentación del proyecto aprobado.
ii. Elevar la información requerida por la SECRETARIA DE EDUCACION en tiempo y forma
iii. Presentar los resultados de la investigación en el Congreso a desarrollarse en el mes de septiembre del 2007
c) La DINIECE se reserva el derecho a publicar los resultados de las investigaciones subsidiadas. Se excluye toda exposición o publicación que persiga fines comerciales. Los proyectos que no obtengan subsidio podrán retirarse en Paraguay 1657, 3º Piso oficina 301 de lunes a viernes de 10 a 17 hs, entre el 15 y el 30 de marzo de 2007. Vencido este lapso, no habrá lugar a reclamo alguno y el material que se encontraba en custodia de la DINIECE será destruido. Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas en sede de la DINIECE, erigida a tal efecto como Organismo Convocante.
d) La DINIECE se compromete a garantizar la confidencialidad de la información presentada en los proyectos, hasta tanto se produzca la selección de los proyectos adjudicados.
ANEXO 1
FORMULARIO INSTITUCIONAL
1. Apellido y nombre del/la Directora/a Responsable del proyecto
2. Título del proyecto
3. Categoría
4. Nombre de la institución de Educación Superior en la que se desarrollará el proyecto:
5. Area, departamento o facultad:
6. Dirección: Calle………………………………… Nº……………. CP: ………...
7. Teléfono: ………….. Fax: …………….. Correo electrónico:
8. Relación del/la postulante con la institución al momento de presentar el proyecto (cargo, dedicación)
9. Nombre y firma de la autoridad responsable de autorizar el desarrollo del proyecto en la Institución (según competencias estatutarias).
10. Firma del Director/a de proyecto
11. Firma de los integrantes
12. Nombre y firma del Responsable de la unidad de administración de la institución
13. (para Categoría 2) Nombre, firma y cargo del responsable del Ministerio o Secretaría Asociada al proyecto.
14. Teléfono: ………….. Fax: …………….. Correo electrónico:
FORMULARIO DE PRESENTACION DE PROYECTOS
1.-IDENTIFICACION DEL PROYECTO
1.1. TITULO DEL PROYECTO
1.2. CATEGORIA
1.3. INSTITUCION SEDE EL PROYECTO
1.4. INSTITUCION ASOCIADA (SOLO PARA CATEGORIA 2)
1.5. APELLIDO Y NOMBRE DEL DIRECTOR
1.6. AREA TEMATICA
Expresiones de la desigualdad social en la escuela: ….
La condición docente: …
La oferta educativa: …
Calidad educativa: …
Alcance del derecho a la educación: …
Otra: …
2.- FUNDAMENTACION DEL PROYECTO (MAXIMO 2 CARILLAS)
3.- OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS (MAXIMO 1 CARILLA)
4.- METODOLOGIA (MAXIMO 4 CARILLAS)
5- ACTIVIDADES Y CRONOGRAMA (MAXIMO 2 CARILLAS)
6. PRODUCTOS Y RESULTADOS
7- ANTEDECENTES DEL EQUIPO DE INVESTIGACION EN LA TEMATICA PROPUESTA (MAXIMO 2 CARILLAS)
FORMULARIO DE PRESENTACION DE C.V. DEL DIRECTOR RESPONSABLE E INTEGRANTES
1. Datos generales
1.1. Identificación
1.2. Dirección
1.2.1. Profesional
1.2.2. Residencial
1.3. Formación Académica/Titulación
1.3.1. Formación
1.3.2. Postdoctorado
1.4. Experiencia profesional
2. Producción bibliográfica
2.1. Artículos publicados
2.2. Libros y capítulos
2.3. Trabajos publicados en anales de eventos técnicos-científicos
2.4. Textos en periódicos o revistas
2.5. Demás tipos de producción bibliográfica
3. Producción técnica
3.1. Softwares
3.2. Productos tecnológicos
3.3. Procesos o técnicas
3.4. Trabajos técnicos
3.5. Demás tipos de producción técnica
3.6. Propiedad intelectual
4. Otra producción
4.1. Producción artística/cultural
4.2. Trabajos dirigidos/tutorías concluidas
4.3. Demás trabajos
5. Datos complementarios
5.1. Formación complementaria
5.2. Jurado/comisiones evaluadoras de trabajo de grado
5.3. Participación en comités de evaluación
5.4. Participación en eventos (congresos, simposios, etcétera)
5.5. Trabajos dirigidos/tutorías en marcha
ANEXO III: AVISO DEL LLAMADO A CONCURSO

ANEXO IV
CONVENIO Nº
Entre el MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA NACION, representado en este acto por el Señor Subsecretario de Planeamiento Educativo, Licenciado Osvaldo DEVRIES, en adelante "MINISTERIO", con domicilio en la calle PIZZURNO Nº 935 de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, por una parte, y por la otra parte, la UNIVERSIDAD/JURISDICCION, representada en este acto por .................................................. ............, ...................................., en adelante "UNIVERSIDAD/ JURISDICCION", con domicilio en .................................................. ... de la CIUDAD DE ........................................, se conviene celebrar el presente Convenio sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las partes suscriben el presente Convenio con el objeto de regular los aspectos inherentes al otorgamiento del subsidio en el marco del concurso "PROMOCION DEL USO DE ESTADISTICAS EDUCATIVAS EN INVESTIGACION", en adelante "CONCURSO".
SEGUNDA: Como consecuencia de la elección del trabajo presentado en el CONCURSO mencionado en la Cláusula PRIMERA, el MINISTERIO transferirá a la UNIVERSIDAD/JURISDICCION, la suma de PESOS .................................................. ($ ............-) por todo concepto. Las transferencias serán ejecutadas por el MINISTERIO a través de la Partida Presupuestaria 70-26-01-5.6.1 ó 70-26-01-571, según corresponda, fuente de financiamiento 11 – Tesoro Nacional del presupuesto vigente.
TERCERA: La UNIVERSIDAD/JURISDICCION se compromete a:
a) Desarrollar la investigación según lo especificado en la presentación del proyecto aprobado.
b) Elevar la información requerida por la SECRETARIA DE EDUCACION del MINISTERIO en tiempo y forma.
c) Presentar los recursos de la investigación en el Congreso a desarrollarse en el mes de septiembre de 2007.
CUARTA: Toda modificación, ampliación y/o prórroga que se efectúe al presente Convenio por mutuo acuerdo de partes se formalizará mediante la suscripción del Acta Complementaria correspondiente.
QUINTA: La JURISDICCION tendrá SESENTA (60) días de plazo, contados a partir de la finalización de las actividades encomendadas por el presente Convenio, para presentar la rendición de los fondos al MINISTERIO.
SEXTA: La vigencia del presente Convenio se inicia en el momento de su suscripción y se extenderá hasta el 31 de diciembre del año 2007. En caso de incumplimiento total o parcial, o para el supuesto de considerarlo necesario y conveniente a sus intereses, las partes podrán rescindir unilateralmente este Convenio, debiendo notificar a la otra parte acerca de su decisión con una anticipación mínima de TREINTA (30) días. El MINISTERIO podrá disponer la rescisión del presente Convenio si se modificara el destino de los fondos, en cuyo caso los mismos tendrán que ser devueltos dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de haberse comunicado a la otra parte la decisión tomada.
SEPTIMA: Todas las cuestiones no contempladas en el presente Convenio se encuentran reguladas por lo prescripto en las Bases del llamado a Concurso.
OCTAVA: Para el caso de que se produzcan controversias respecto de la interpretación y/o ejecución del presente Convenio, las partes acuerdan someterse a la competencia originaria y exclusiva de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD DE BUENOS AIRES a los ........ días del mes de .......…………........ del año ................-
e. 22/2 Nº 538.419 v. 22/2/2007

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