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Ministerio de Infraestructura y Vivienda






Ministerio de Infraestructura y Vivienda

 

TRANSPORTE

 

Resolución 2/99

 

Prorrógase la vigencia del Régimen de Subsidio
Temporario para el Transporte fijado por el artículo 1º de la Resolución Nº
1250/99 ex-MEYOSP.


 

Bs. As., 30/12/99

 

VISTO el Expediente Nº 561-000328/99 del Registro
del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución del
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 1250 de fecha 19 de
octubre de 1999, y


 

CONSIDERANDO:

 

Que por la Resolución mencionada en el VISTO se
dispuso la implementación de un Régimen de Subsidio Temporario para el
Transporte.


 

Que por el artículo 2º de dicha Resolución se
estableció que el régimen mencionado tendría vigencia desde el primer día
posterior a la publicación de la misma, hasta el día 31 de diciembre del año en
curso.


 

Que ante la proximidad de la fecha de finalización
de la vigencia del régimen antedicho, y subsistiendo las motivaciones que
condujeron al dictado de la Resolución mencionada en el VISTO, y no habiéndose
aun acordado con los entes concesionarios nuevas modalidades para la reducción
de las tarifas, se considera oportuno y conveniente prorrogar el plazo de
vigencia del citado régimen, dictando el acto administrativo pertinente.


 

Que el Servicio Jurídico Permanente de este
Ministerio ha tomado la intervención que le compete, y que el Presupuesto
contiene las partidas correspondientes con los créditos del Organismo
Descentralizado 604 - DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD - Programa 2000 otras
categorías presupuestarias, transferencias para inversiones en rutas y
servicios de la Deuda, Inciso 5, Partida Principal 2.


 

Que la presente medida se dicta en ejercicio de lo
dispuesto por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696, los
Acuerdos de Renegociación Contractual aprobados por Decreto Nº 1817 de fecha 29
de setiembre de 1992 y las competencias asignadas a este Ministerio por el
artículo 4º de la Ley Nº 25.233.


 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA

RESUELVE:

 

Artículo 1º — Prorrógase la vigencia del
Régimen de Subsidio Temporario para el Transporte establecido por el artículo
1º de la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Nº 1250 de fecha 19 de octubre de 1999, cuyo vencimiento opera el 31 de
diciembre de 1999, hasta el 1 de abril del año 2000.


 

Art. 2º — Los beneficios del régimen
cuya vigencia se prorroga por la presente, se efectivizarán a partir de las 0
hs. del 1 de Enero del año 2000, aplicándose a los vehículos que cumplan con
las normativas vigentes para circular por la Red Vial Nacional.


 

Art. 3º — Notifíquese a los Entes
Concesionarios.


 

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Nicolás V. Gallo.
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