MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA
Resolución N° 409/2001
Bs. As., 12/12/2001
VISTO El Expediente N° 751-004319/2001 del Registro del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1174 de fecha 10 de julio de 1992 dispuso crear en el ámbito de esta Secretaría, la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY), organismo autárquico cuyo objeto exclusivo será llevar a cabo todos aquellos actos que fuere menester para la puesta en operación del Primer Tramo del Sistema de Transmisión asociado a la Central Hidroeléctrica YACYRETA.
Que el Decreto antes mencionado dispone en su Artículo 3° que "la UNIDAD ESPECIAL estará a cargo de un Administrador y un Subadministrador, que serán designados por la SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA", y que los mismos durarán en sus funciones hasta tanto sean removidos por el órgano que los designó.
Que el Decreto N° 916 de fecha 10 de junio de 1994 en su Artículo 1° determinó el Segundo tramo del Sistema de Transición asociado a la Central Hidroeléctrica Yacyretá así como todas las obras que resultaren necesarias para la energización provisoria en CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) de la línea entre las Estaciones Transformadoras RINCON SANTA MARIA y POSADAS.
Que asimismo, encomienda a la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY) todos aquellos actos que fuere menester para la puesta en operación del Segundo Tramo y de los tramos futuros del Sistema de Transmisión Yacyretá, para lo cual le asigna las mismas facultades que le atribuyera el referido Decreto N° 1174 de fecha 10 de julio de 1992 para la ejecución del Primer Tramo del mencionado sistema de Transmisión.
Que a los efectos del cómputo del plazo de funcionamiento de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY) previsto en el Artículo 7 del Decreto N° 1174 de fecha 10 de julio de 1992, se entenderá como objeto de la misma la concreción de las Obras cuya responsabilidad se le asigna en el Decreto N° 916 de fecha 10 de junio de 1994.
Que por medio de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA N° 43 de fecha 9 de octubre de 2000, se dejó sin efecto, a partir del 6 de octubre de 2000, la designación del Ingeniero Eduardo FLORES como Administrador de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY), dispuesta mediante Resolución de la entonces SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 221 de fecha 31 de julio de 2000.
Que tampoco se ha nombrado un Subadministrador que realice las tareas de un Gerente General.
Que teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, es menester designar a los responsables que estarán a cargo de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY) con el objeto de que conduzcan al mejor desarrollo de las tareas a ejecutar.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se encuentra facultada para el dictado del presente acto según lo dispuesto por el Artículo 3° del Decreto N° 1174 del 10 de julio de 1992.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA Y MINERIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desígnase, a partir del 1° de enero de 2002 al Doctor Gabino OLIVA PIPO, D.N.I. N° 20.233.440, como Administrador de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY).
ARTICULO 2° — Desígnase, a partir del 1° de diciembre de 2001 al Contador Hugo Eduardo OJEDA PITHOD, D.N.I. N° 18.494.481 como Subadministrador de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETA (UESTY).
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de Energía y Minería.
e. 19/12 N° 373.119 v. 19/12/2001