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SOCIEDADES COMERCIALES
Resolución 623/91
Actualízase el capital a que se refiere el artículo 299, inciso 2°) de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550.
Bs. As., 13/9/91
VISTO el expediente N° 79.920/91 del registro de este MINISTERIO por el que tramita la solicitud de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, de actualizar el capital social a que se refiere el artículo 299, inciso 2° de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, (t.o. Decreto N° 841/84), y
CONSIDERANDO:
Que la última actualización de capital se practicó mediante la Resolución N° 95 de la SECRETARIA DE JUSTICIA, del 15 de diciembre de 1989.
Que los propósitos que inspiraron la incorporación de una pauta patrimonial para el sometimiento de las sociedades por acciones a fiscalización permanente, exigen que aquella responda a la realidad económica.
Que el monto propuesto responde a los cálculos efectuados a fs. 9 por la Subdirección General de Administración.
Que ha tomado intervención en las presentes actuaciones el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este MINISTERIO.
Que es facultad del suscripto emitir el presente acto conforme a las facultades que surgen de los Decretos números 101/85 y 1404/91.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Fíjase en VEINTIUN MIL MILLONES DE AUSTRALES (A 21.000.000.000.-), el capital social establecido por el artículo 299, inciso 2°, de la Ley N° 19.550 (t.o. Decreto N° 841/84).
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — León C. Arslanian.

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