Ir al texto actualizado MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución 17/2002
Desígnase Director Nacional de Protección de Datos Personales.
Bs. As., 18/1/2002
VISTO, el Decreto N° 1558/2001, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto citado se ha creado la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, en el ámbito de la SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS como órgano de control de la Ley N° 25.326.
Que la emergencia económica y la crisis que afecta al país ha repercutido en forma significativa en el presupuesto asignado al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, que en este momento no cuenta con las partidas necesarias para la creación del cargo del Director en cuestión.
Que no obstante resulta impostergable proceder al nombramiento del funcionario que se hará cargo del referido órgano de control, a riesgo de incumplir por omisión el cometido encomendado por la Ley N° 25.326 y su reglamentación, teniendo en cuenta la entidad de los derechos regulados por la ley de referencia y que garantizar la posibilidad cierta de su protección es tarea indelegable del ESTADO NACIONAL.
Que en lo que hace al beneficio concreto del funcionamiento del sistema que implementa la normativa de referencia, la UNION EUROPEA ha manifestado su interés y disposición de reconocer a la REPUBLICA ARGENTINA como país que asegura un nivel adecuado de protección de datos personales, siempre y cuando ponga en funcionamiento el órgano de control de la Ley N° 25.326, lo que implica un respaldo político para nuestro país y contribuye al desarrollo del comercio electrónico entre las dos partes.
Que la constitución de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES habilita a la REPUBLICA ARGENTINA para obtener la calificación necesaria para la transferencia internacional de datos personales, teniendo en cuenta que la Directiva 95/46 de la UNION EUROPEA en su artículo 25 ha dispuesto prohibir la transferencia internacional de datos a países que no garanticen un nivel de protección adecuada.
Que dado su experiencia en la materia y su dedicación exclusiva a esta jurisdicción se ha considerado apropiado designar como Director Nacional de Protección de Datos Personales al señor Jefe de Gabinete de Asesores del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Doctor Juan Antonio Travieso, quien desempeñará ese cargo con carácter "ad honorem" mientras continúe percibiendo otra remuneración del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que el funcionario propuesto reúne las cualidades y antecedentes académicos y profesionales necesarios atento su desempeño como Profesor Titular de Derechos Humanos, Profesor Titular de Derecho Internacional Público, ambos en la FACULTAD DE DERECHO de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES; Jefe de Gabinete de Asesores de la SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; y Presidente de la COMISION DE DERECHOS HUMANOS del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, entre otros cargos.
Que en el ejercicio del cargo de Director el funcionario desempeñará su función con independencia, sin estar sujeto a instrucciones de conformidad con el artículo 29 inciso 1° "in fine" del Decreto N° 1558/01.
Que asimismo las distintas entidades cuya actividad se encuentra sujeta a la regulación de la ley de referencia han manifestado su apoyo a la implementación del sistema propuesto.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 29 inciso 2° del Decreto N° 1558/01.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Desígnase Director Nacional de Protección de Datos Personales al Doctor Juan Antonio Travieso, M.I. 8.348.168, con carácter "ad honorem" mientras continúe percibiendo otra remuneración del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, sin perjuicio del ejercicio de su cargo como Jefe de Gabinete de Asesores del señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge R. A. Vanossi.