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PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES
Resolución 505/2004
Créase el mencionado Programa, que dependerá de la Secretaría de Justicia y Asuntos Penitenciarios. Acciones.
Bs. As., 2/6/2004
VISTO el expediente Nº 142.376/04 del registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley de Ministerios (t.o. 1992), modificatorias y complementarias, el PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA 2004-2007, y
CONSIDERANDO:
Que dentro del PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA 2004-2007, anunciado por el GOBIERNO NACIONAL, se encuentra como una de las políticas a ser desarrolladas el PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES.
Que este Ministerio se encuentra trabajando en el diseño e implementación de diversas medidas, con el objeto de generar oportunidades de trabajo y formación para los internos del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, y en la expansión de oportunidades de reinserción laboral y social de los internos penitenciarios.
Que entre dichas medidas, se encuentran el "Concurso de proyectos con los sectores productivos para la fabricación y venta masiva de bienes y servicios elaborados por internos penitenciarios", la Reforma en el gerenciamiento del Ente Cooperador Penitenciario (EN.CO.PE.), para dar más eficacia y transparencia al manejo de los recursos destinados al trabajo y la producción de los internos, y la incorporación de los egresados del sistema penitenciario y de sus familias a los planes sociales del gobierno vinculados a la generación de trabajo.
Que resulta necesario, para el logro del objetivo mencionado, la implementación de políticas y herramientas que coadyuven a su realización.
Que, a efectos de garantizar la eficiencia y eficacia de las medidas que se adopten en el marco del trabajo de los internos alojados en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, se estima necesario concentrar el control y supervisión de dichas tareas en un programa específico.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4º, inciso b) de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Créase en el ámbito de este MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, el PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES, el que dependerá de la SECRETARIA DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENITENCIARIOS.
Art. 2º — Serán acciones del PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES:
a) Asistir al Secretario de Justicia y Asuntos Penitenciarios en todo lo referente a la implementación y desarrollo del Ente Cooperador Penitenciario (EN.CO.PE.), para dar más eficacia y transparencia al manejo de los recursos destinados al trabajo y la producción de los internos.
b) Asistir al Secretario de Justicia y Asuntos Penitenciarios en todo lo referente a la implementación y desarrollo del "Concurso de proyectos con los sectores productivos para la fabricación y venta masiva de bienes y servicios elaborados por internos penitenciarios".
c) Asistir al Secretario de Justicia y Asuntos Penitenciarios en todo lo referente a las acciones que resulten necesarias con el objeto de efectivizar la incorporación de los egresados del sistema penitenciario y de sus familias a los planes sociales del gobierno, vinculados a la generación de trabajo.
d) Asistir al Secretario de Justicia y Asuntos Penitenciarios en políticas, normas y procedimientos que incrementen la eficacia y la transparencia en la gestión del trabajo de los reclusos penitenciarios.
Art. 3º — A efectos de cumplir eficazmente con las acciones asignadas, el PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES podrá requerir a la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, al ENTE COOPERADOR PENITENCIARIO y demás organismos dependientes de este Ministerio, toda la información y elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Art. 4º — Asígnase al señor Juan José DE FILIPPI (DNI 12.945.942) las funciones de Coordinador del PROGRAMA NACIONAL DE TRABAJO EN CARCELES.
Art. 5º — Derógase la Resolución Ministerial Nº 253 de fecha 9 de marzo del corriente año, que crea el "PROGRAMA DE CULTURA Y TRABAJO", en el Expediente Nº 141.045/2004 del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Gustavo Beliz.