MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 140/2004
Bs. As., 3/2/2004
VISTO el expediente MJSDH N° 140.624/03, la Ley N° 25.506, su reglamentación Decreto N° 2628 del 19 de diciembre de 2002 y la Resolución MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS N° 110 del 12 de agosto de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha asumido desde el inicio de su gestión un compromiso transformador.
Que en ese marco se inscribe el Programa Estratégico de Modernización e Innovación aprobado por la Resolución MJSDH N° 110/03, actualmente en curso en este MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que es objetivo de dicho Programa terminar con los viejos procedimientos e introducir las nuevas tecnologías de la comunicación y la información como herramientas imprescindibles en un Estado transparente, protagónico y eficaz.
Que en tal sentido el ordenamiento legal y su decreto reglamentario citados en el Visto, otorgan un decisivo impulso para la progresiva despapelización del Estado.
Que el uso de la tecnología informática aplicada a la gestión administrativa estatal demanda necesariamente la revisión de los instrumentos normativos que rigen el procedimiento administrativo en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por tal motivo deviene conveniente crear una comisión de expertos que proceda a efectuar un análisis del Decreto N° 1883/91 y del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 T.O. 1991, y a proponer su adecuación a través de la reglamentación que tienda al cumplimiento del objetivo propuesto.
Que el proyecto de reglamento que se elabore será remitido a consideración de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4°, inciso b, apartado 9 de la Ley de Ministerios T.O. 1992 y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase una Comisión Especial que tendrá a su cargo la propuesta de un proyecto de decreto modificatorio del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1759/72 T.O. 1991 que facilite la utilización del documento electrónico y la firma digital. -.
ARTICULO 2° — La Comisión creada por el artículo anterior estará integrada por los doctores Damián Miguel LORETI (DNI N° 16.062.294), Horacio GRANERO (DNI N° 4.558.416), Mercedes RIVOLTA (DNI N° 14.121.477) y Nora Patricia VIGNOLO (DNI N° 13.193.630) quienes actuarán con carácter ad honorem.
ARTICULO 3° — La SUBSECRETARIA DE COORDINACION E INNOVACION prestará la infraestructura de apoyo técnico y administrativo necesaria para el funcionamiento del citado Cuerpo.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. GUSTAVO BELIZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
e. 10/2 N° 438.590 v. 10/2/2004