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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL




MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
Resolución N° 95/2003
Bs. As., 24/11/2003
VISTO, el Decreto N° 1075 de fecha 19 de noviembre de 2003 y las atribuciones conferidas por el Decreto N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° del Decreto 1075/2003, se crea en la órbita de esta Secretaría de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Unidad Administrativa, cuyos fines son garantizar la continuidad y regularidad del Servicio Publico Postal, preservar el patrimonio estatal comprometido, la continuidad del servicio, las fuentes laborales, como así también, el resguardo de los bienes involucrados en la prestación.
Que la importancia que ha tenido y tiene el servicio prestado por el Correo Oficial de la República Argentina como elemento del desarrollo de la comunicación e integración para el conjunto de la Nación y sus intereses supremos.
Que la consecución de los objetivos asignados a esta Secretaria de Comunicaciones requiere, por su trascendencia, el concurso de un Consejo Asesor, altamente capacitado en temas postales, tanto en su faz técnica como laboral.
Que este Consejo Asesor, debe estar compuesto por personas idóneas y de probada trayectoria en el ámbito postal, en mérito a la preservación de la obligación esencial del Estado en la materia, asegurando un efectivo servicio postal y garantizando el mantenimiento de las fuentes de trabajo afectadas a la prestación de aquél.
Que atento la índole de las elevadas funciones que el mencionado Consejo Asesor tendrá, se requiere además de las expuestas, la colaboración desinteresada, eminentemente patriótica y de compromiso con el sistema democrático, para asumir, en el plazo fijado, la responsabilidad de llevar adelante la imprescindible tarea de reorganizar el servicio del Correo Oficial, circunstancias que ameritan una activa participación ad honórem, sin provocar erogación alguna al Estado.
Que, dada la importancia del momento que nos toca en esta instancia, en defensa del Correo Oficial de la República Argentina, esta Secretaria dentro de un marco de razonabilidad, entiende que el Consejo Asesor debe estar compuesto por los Señores: Dr. RAMON ANTONIO BALDASSINI, D.N.I. 5.918.335; Ing. VICTOR EDUARDO JEREZ, D.N.I. 7.763.014; y Sr. JORGE DIONISIO SORIA, D.N.I. 5.806.799.
Que esta Secretaria de Comunicaciones contará a partir de la conformación del Consejo Asesor, con una herramienta invalorable para la prosecución de sus fines, que no es otro que engrandecer nuevamente el Correo Oficial de la República Argentina.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 27 de fecha 27 de mayo de 2003;
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase en el ámbito de la Secretaría de Comunicaciones, del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la publicación de la presente, el Consejo Asesor Postal Ad-Honórem.
ARTICULO 2° — Serán funciones del mismo asesorar, a requerimiento de la Secretaria de Comunicaciones, en materia de defensa, preservación y engrandecimiento del Servicio del Correo Oficial de la Nación.
ARTICULO 3° — Desígnase a los miembros del Consejo Asesor Postal Ad-Honórem a los Señores: Dr. RAMON ANTONIO BALDASSINI, D.N.I. 5.918.335; Ing. VICTOR EDUARDO JEREZ, D.N.I. 7.763.014; y Sr. JORGE DIONISIO SORIA, D.N.I. 5.806.799.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Oficial y cumplido archívese. — Lic. MARIO GUILLERMO MORENO, Secretario de Comunicaciones.
e. 27/11 N° 433.397 v. 27/11/2003

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