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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA




MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE TRANSPORTE

Resolución N° 277/2004

Bs. As., 26/4/2004

VISTO el Expediente N° S01:0242474/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Resolución N° 115 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION de fecha 23 de diciembre de 2002, la Resolución N° 298 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 29 de diciembre de 2003, el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el ESTADO NACIONAL en el marco de las bases estratégicas para el desarrollo y transformación del Sistema Ferroviario Nacional prevé el restablecimiento del transporte ferroviario interurbano de pasajeros.

Que el levantamiento de los servicios precitados dejó sin transporte a gran parte del territorio nacional y se privó de opción ferroviaria a las más importantes ciudades del país, situación que debe ser revertida.

Que es responsabilidad del ESTADO NACIONAL integrar el territorio y unir las ciudades y provincias que lo conforman.

Que en tal sentido, es política de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, en orden a los lineamientos establecidos por el GOBIERNO NACIONAL, promover la reactivación de distintos ramales ferroviarios, tales como los Corredores TUCUMAN-CONCEPCION y TUCUMAN-JUJUY, con el objeto de contribuir al desarrollo del modo de transporte y a la generación de puestos de trabajo, con la consiguiente reinserción al proceso productivo de los habitantes de las zonas de influencia.

Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita una presentación efectuada por la empresa FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA, referente a la reparación de material ferroviario necesaria para el desarrollo de los servicios mencionados en el considerando anterior.

Que por Acta de fecha 30 de diciembre de 2003 la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS afectó a la concesión de FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA material rodante, con el objeto de proceder a su reparación y puesta en condiciones de operatividad.

Que para el cumplimiento del cometido mencionado en el Acta, FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA quedó habilitada para realizar la contratación de la reparación del aludido material rodante en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 115/2002 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, prorrogado en virtud al Artículo 1° de la Resolución N° 298/2003 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que en el marco de las competencias propias que le asisten, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado intervención, supervisado y visado oportunamente el pliego correspondiente a la obra "REPARACION, REMODELACION Y RECONSTRUCCION DE MATERIAL RODANTE FERROVIARIO, APTO PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA, TROCHA METRICA" utilizado para el referido concurso.

Que asimismo el citado organismo aprobó técnicamente el resultado del concurso de precios realizado por la empresa y el monto máximo a erogar por ese concepto, procediendo a elevarlo a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a los efectos de la presente Resolución.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 115 de fecha 23 de diciembre de 2002 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, N° 298 de fecha 29 de diciembre de 2003 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Concurso de Precios llevado a cabo en el marco de la Resolución N° 115/2002 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION prorrogada en su vigencia por la Resolución N° 298/ 2003 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS destinado a la "REPARACION, REMODELACION Y RECONSTRUCCION DE MATERIAL RODANTE FERROVIARIO, APTO PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA, TROCHA METRICA", por el monto de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON ONCE ($ 8.720.563,11) con Impuesto al Valor Agregado incluido, oferta aceptada a la COOPERATIVA DE TRABAJO, PRODUCCION Y SERVICIOS, INDUSTRIAL LAGUNA PAIVA LIMITADA.

ARTICULO 2° — Apruébase el monto máximo a erogar para el presente ejercicio en la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS ($ 1.636.900) con Impuesto al Valor Agregado incluido.

ARTICULO 3° — Instrúyase a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para que efectúe las tareas de verificación e inspección de los trabajos ejecutados por contar con la estructura idónea para dicho cometido, efectuando la certificación previo a su elevación a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO para su conformación y remisión a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS para la emisión de la orden de pago.

ARTICULO 4° — El gasto resultante de la presente Resolución, será atendido con el crédito previsto en el presupuesto aprobado para el ejercicio 2004 correspondientes a la Partida: 91 - 94 - 01 - 01 - 5 - 2 - 6 - 2004.

ARTICULO 5° — Notifíquese a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la empresa FERROVIAS SOCIEDAD ANONIMA CONCESIONARIA.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.

e. 29/4 N° 445.890 v. 29/4/2004

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