[b] MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 171/2006
Bs. As., 16/2/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0176178/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que, la SECRETARIA DE ENERGIA ha dictado la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1427 del 6 de diciembre de 2004, por la cual se convocó a todos los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) con liquidaciones de Venta con Fecha de Vencimiento a Definir, a participar de la conformación del FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGIA ELECTRICA EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (FONINVEMEM).
Que por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 3 de fecha 5 de enero de 2005 se aceptaron las presentaciones realizadas en tiempo y forma, y se establecieron los lineamientos de participación de los Agentes.
Que mediante las Resoluciones SECRETARIA DE ENERGIA Nº 622 del 6 de abril de 2005 y Nº 751 del 12 de mayo de 2005 se invitó a los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) que aún no habían manifestado su voluntad de participar en la conformación del citado Fondo, y por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 771 del 27 de mayo de 2005 se aceptó la decisión de los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), respondiendo a las invitaciones aludidas.
Que por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005 se establecieron los lineamientos del Acuerdo Definitivo, mencionado en el 2º párrafo del Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1427 del 6 de diciembre de 2004, y se instruyó al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) para ejecutar la convocatoria pertinente a todos aquellos Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) alcanzados por el Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 3 del 5 de enero de 2005 y los Artículos 1º y 2º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 771 del 27 de mayo de 2005.
Que se tuvieron en cuenta para la elaboración del texto del Acuerdo Definitivo los informes presentados por los Grupos de Trabajo, definidos en el apartado 3 del "ACTA DE ADHESION PARA LA READAPTACION DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA" establecida por la citada la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1427 del 6 de diciembre de 2004 y la respuesta obtenida de consultas efectuadas a áreas pertinentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, esto último en cuanto a los aspectos financieros involucrados.
Que en fecha 17 de octubre de 2005 se formalizó - con carácter de compromiso irrevocable "ad referendum" del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS - la manifestación de voluntad de los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) cuyas ofertas fueron aceptadas por las Resoluciones SECRETARIA DE ENERGIA Nº 3 del 5 de enero de 2005 y Nº 771 del 27 de mayo de 2005, de gestionar la construcción, la operación y el mantenimiento de las Centrales de Generación de Energía Eléctrica, conforme lo establecido en el "ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTION Y OPERACION DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACION DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCION S.E. 1427/2004" que como Anexo forma parte de la citada Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005.
Que en la citada Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005 se estableció que dentro de los TREINTA (30) días hábiles de la fecha establecida en el Artículo 1º de la referida Resolución los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), que manifestaron su decisión de suscribir el "ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTION Y OPERACIÓN DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACION DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCION S.E. Nº 1427/2004", deben informar a la SECRETARIA DE ENERGIA la conformación de las Sociedades Generadoras, de acuerdo a lo dispuesto en el apartado b) del "Artículo 6º - Compromisos y Responsabilidades de las Partes" del citado documento, las que tendrán a su cargo gestionar la construcción, la operación y el mantenimiento de las Centrales de Generación referidas en el considerando precedente.
Que por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1868 del 1º de diciembre de 2005 se estableció que el Estatuto de las Sociedades Generadoras y cualquier modificación posterior deberá, previo a su constitución o inscripción, ser sometido a consideración de esta SECRETARIA DE ENERGIA a efectos de verificar su adecuación a la normativa aplicable al FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGIA ELECTRICA EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (FONINVEMEM), incluido el Acuerdo aprobado por la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005.
Que incluido en fojas 853 a 859 del expediente citado en el Visto de esta resolución obra agregado el texto del Acta Constitutiva y Estatuto Social de cada una de las Sociedades Generadoras a las que se ha denominado respectivamente Termoeléctrica General San Martín Sociedad Anónima y Termoeléctrica General Belgrano Sociedad Anónima. El aludido texto está certificado en su autenticidad por el escribano interviniente en el acto constitutivo Doctor Alfredo Novaro Hueyo (h).
Que de dicho documento resulta que las aludidas Sociedades Generadoras fueron constituidas en fecha 13 de diciembre de 2005 dentro del plazo establecido por la citada Resolución SECRETARIA DE ENERGIA 1868 de 1º de diciembre de 2005 y que se incorporaron las observaciones de esta Secretaría al texto estatutario por lo que no existen observaciones adicionales que formular respecto de su adecuación a la normativa en los términos expresados en el considerando octavo de esta resolución.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065 y de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 432 del 25 de agosto de 1982.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE
ARTICULO 1º — Considérase adecuado a la normativa aplicable al FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGIA ELECTRICA EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (FONINVEMEM) incluido el Acuerdo aprobado por la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005, el texto de los Estatutos Sociales de Termoeléctrica General San Martín Sociedad Anónima y Termoeléctrica General Belgrano Sociedad Anónima, incluidos a fojas 853 a 859 del expediente citado en el Visto de esta resolución en copia de autenticidad certificada por el escribano interviniente en el acto constitutivo Doctor Alfredo Novaro Hueyo (h), contenidos en el Anexo de la presente resolución, de la que forma parte integrante.
ARTICULO 2º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) y a los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) citados en el Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1371 de fecha 27 de octubre de 2005.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
e. 22/2 N° 505.514 v. 22/2/2006