[b] MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución n° 153/2007
Bs. As., 16/2/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0195364/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 2608 de fecha 22 de diciembre de 1993 se aprobó el Contrato de Concesión, para la explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros correspondiente al Grupo de Servicios 3, Línea SBASE-Urquiza, el cual fue modificado por la Addenda aprobada por el Decreto Nº 393 de fecha 21 de abril de 1999, de los cuales resulta titular el concesionario METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA.
Que por Decreto Nº 393 de fecha 21 de abril de 1999 se aprobó el Plan de Modernización del Contrato de Concesión para la explotación del Grupo de Servicios 3 (SBASE – URQUIZA), el cual prevé la realización de la obra Extensión Línea "E".
Que por Resolución Nº 345 de fecha 12 de octubre de 1999 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se aprobó el Pliego de Precalificación y su correspondiente convocatoria a Licitación Pública para la Precalificación de Oferentes interesados en participar en la Licitación para la ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad de BUENOS AIRES.
Que por Resolución Nº 397 de fecha 16 de noviembre de 1999 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se constituyó la COMISION EVALUADORA para la Precalificación de Oferentes, prevista en el Artículo 15 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que por Resolución Nº 449 de fecha 9 de diciembre de 1999 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS resultaron proponentes precalificados para la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad de BUENOS AIRES, las siguientes empresas y consorcios: TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, SEDE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA Y SKANSKA INTERNACIONAL CIVIL ENGINEERING A.B. – UTE, VICTORIO AMERICO GUALTIERI SOCIEDAD ANONIMA, JOSE CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD ANONIMA, DYCASA SOCIEDAD ANONIMA, y DRAGADOS CONSTRUCCION P.O.S.A. –UTE.
Que por Resolución Nº 114 de fecha 26 de septiembre de 2000 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas para la Licitación de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad de BUENOS AIRES.
Que por Resolución Nº 41 de fecha 5 de septiembre de 2001 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex –MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA se constituyó la "Comisión de Preadjudicación" prevista en las bases licitatorias, que debe evaluar las propuestas presentadas por las firmas y grupos de firmas precalificadas para la Ejecución de las Obras Civiles de Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de Buenos Aires.
Que en atención a la sanción de la Ley Nº 25.561, que declaró la Emergencia Pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, cuya vigencia ha sido prorrogada por Ley Nº 25.972, hasta el 31 de diciembre de 2005 y por la Ley Nº 26.077, hasta el 31 de diciembre de 2006, y al dictado del Decreto Nº 214 de fecha 3 de febrero de 2002 de Reordenamiento del Sistema Financiero, se produjeron significativas modificaciones en el escenario económico, financiero y social de la REPUBLICA ARGENTINA.
Que en tal sentido, el Artículo 12 del Decreto Nº 1295 de fecha 19 de julio de 2002 expresa que "En el caso de licitaciones con oferta económica presentada en sobre cerrado y que a la fecha del presente Decreto se encuentren sin abrir, el comitente podrá optar entre anular la licitación o conceder a los oferentes calificados un plazo para la presentación de una nueva oferta acompañada por el presupuesto desagregado y análisis de precios de cada uno de los ítems. Los sobres de las ofertas económicas anteriores serán puestos a disposición de los oferentes, sin abrir, en oportunidad en que se expida el comitente sobre el temperamento a seguir en cada licitación" permitiendo una excepcional redeterminación del precio de los contratos en ejecución celebrados con anterioridad al 6 de enero de 2002.
Que debido a la importancia del proceso licitatorio que nos ocupa, resultó necesario convocar a los oferentes precalificados a ratificar y actualizar los documentos jurídicos y económicos, como así también sus actuales responsables y representantes que permitan obligar al oferente en el proceso licitatorio.
Que por Resolución Nº 728 de fecha 25 de octubre de 2004 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se sustituyó el Artículo 3º de la Resolución Nº 41 de fecha 5 de septiembre de 2001 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, designando a los nuevos integrantes del Comité de Preadjudicación.
Que el citado Comité de Preadjudicación estimó necesario requerir a los oferentes la actualización de: la documentación jurídica que haga a la capacidad legal y financiera; de la garantía de oferta y de la documentación técnica, como así también efectuar la devolución de los sobres conteniendo la oferta económica para su nueva presentación en orden a lo normado por el Artículo 12 del Decreto Nº 1295 de fecha 19 de julio de 2002.
Que el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 aprobó el Programa de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales, y fortalecer y desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, incorporándose al ANEXO I – SERVICIOS FERROVIARIOS METROPOLITANOS, LINEA GENERAL URQUIZA – SUBTERRANEOS, como obra integral la extensión de la Línea E.
Que la obra que nos ocupa se encuentra incluida en la Resolución Nº 328 de fecha 9 de mayo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, que determinó para el ejercicio del año 2006, la ejecución de Obras, Trabajos Indispensables y Adquisición de Bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, y fortalecer y desarrollar el Programa de Obras del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de Buenos Aires, para las Líneas o Grupos de Líneas correspondientes a los concesionarios y/u operadores ferroviarios.
Que por Resolución Nº 183 de fecha 21 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se precalificó para la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES a las siguientes empresas y consorcios: TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, SEDE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA Y SKANSKA INTERNACIONAL CIVIL ENGINEERING A.B. – UTE, VICTORIO AMERICO GUALTIERI SOCIEDAD ANONIMA, JOSE CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD ANONIMA, DYCASA SOCIEDAD ANONIMA , y DRAGADOS CONSTRUCCION P.O.S.A. –UTE. en virtud de que han dado cumplimiento con los requisitos exigidos en el Sobre Nº 1 del llamado a licitación de las Obras Civiles destinadas a la extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES.
Que por el Artículo 2º de la Resolución Nº 183/2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE se solicitó a las empresas y consorcios precalificados la actualización de la documentación jurídica y contable que forma parte como Anexo I de la citada resolución.
Que el Artículo 3º de la Resolución Nº 183/2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE autorizó a los oferentes precalificados a retirar de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el sobre Nº 2 Oferta Económica, en cumplimiento a lo dispuesto por Artículo 12 del Decreto Nº 1295/2002.
Que por Resolución Nº 199 de fecha 28 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se prorrogó el plazo establecido en el Artículo 4º de la Resolución Nº 183 de fecha 21 de marzo de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, hasta el día 26 de abril de 2006.
Que por Resolución Nº 290 de fecha 20 de abril de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se prorrogó el plazo establecido en el Artículo1º de la citada Resolución Nº 199 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, como así también se conformó la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS del llamado y se designó a los integrantes de la misma.
Que con fecha 2 de mayo de 2006 se efectuó el ACTO DE APERTURA DE OFERTAS correspondiente al llamado a licitación que nos ocupa, habiéndose recepcionado las ofertas de BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, JOSE CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD ANONIMA y DYCASA SOCIEDAD ANONIMA Y DRAGADOS CONSTRUCCION P.O.S.A. - UTE.
Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS, en cumplimiento a las tareas que le fueran encomendadas, analizó las propuestas presentadas, y efectuó el correspondiente informe, recomendando adjudicar la contratación de los servicios objeto del proceso licitatorio a la empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA.
Que habiéndose cumplimentado los procedimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación corresponde adjudicar la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES a la empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente resolución se emite en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1.4.7 del Pliego de Condiciones Generales del presente proceso licitatorio, aprobado por Resolución Nº 114 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA de fecha 26 de septiembre de 2000 el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, y el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Adjudícase la realización de la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, a la empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, por el monto de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 346.712.643,98.-), Impuesto al Valor Agregado incluido.
ARTICULO 2° — Dispónese que la empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA a partir de la notificación de la presente deberá dar cumplimiento a lo establecido en el punto 1.4.7.2 Garantía de Adjudicación y 1.5 Contrato y Contrata del Pliego de Condiciones Generales del proceso licitatorio aprobado por Resolución Nº 114 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA de fecha 26 de septiembre de 2000.
ARTICULO 3° — El gasto resultante de la aplicación de la presente Resolución se imputará a la Jurisdicción 56, Programa 55, Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional, Presupuesto del año 2007 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las empresas BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, JOSE CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD ANONIMA y DYCASA SOCIEDAD ANONIMA Y DRAGADOS CONSTRUCCION P.O.S.A. - UTE.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.
([b]Nota Infoleg: Ver Resolución N° 89/2010 de la Secretaría de Transporte B.O. 13/5/2010 por la cual se aprueba la modificación de la obra "Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea "E" de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel")
e. 22/2 N° 538.401 v. 22/2/2007