MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución N° 2019/2005
Bs. As., 21/12/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0176178/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que, la SECRETARIA DE ENERGIA ha dictado la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 1427 del 6 de diciembre de 2004, por la cual se convocó a todos los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) con liquidaciones de Venta con Fecha de Vencimiento a Definir, a participar de la conformación del FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGIA ELECTRICA EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (en adelante FONINVEMEM).
Que por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 3 de fecha 5 de enero de 2005 se aceptaron las presentaciones realizadas en tiempo y forma, y se establecieron los lineamientos de participación de los Agentes.
Que mediante las Resoluciones SECRETARIA DE ENERGIA N° 622 del 6 de abril de 2005 y 751 del 12 de mayo de 2005 se invitó a los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) que aún no habían manifestado su voluntad de participar en la conformación del citado Fondo, y por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 771 del 27 de mayo de 2005 se aceptó la decisión de los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), respondiendo a las invitaciones aludidas.
Que por Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193 del 7 de octubre de 2005 se establecieron los lineamientos del Acuerdo Definitivo, mencionado en el 2° párrafo del Artículo 1° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 1427 del 6 de diciembre de 2004, y se instruyó al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) para ejecutar la convocatoria pertinente a todos aquellos Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) alcanzados por el Artículo 1° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 3 del 5 de enero de 2005 y los Artículos 1° y 2° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 771 del 27 de mayo de 2005.
Que se tuvieron en cuenta para la elaboración del texto del Acuerdo Definitivo los informes presentados por los Grupos de Trabajo, definidos en el apartado 3 del "ACTA DE ADHESION PARA LA READAPTACION DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA" establecida por la citada Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 1427/04 y la respuesta obtenida de consultas efectuadas a áreas pertinentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, esto último en cuanto a los aspectos financieros involucrados.
Que en fecha 17 de octubre de 2005 se formalizó —con carácter de compromiso irrevocable "ad referendum" del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS— la manifestación de voluntad de los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) cuyas ofertas fueron aceptadas por las Resoluciones SECRETARIA DE ENERGIA N° 3/2005 y 771/ 2005, de gestionar la construcción, la operación y el mantenimiento de las Centrales de Generación de Energía Eléctrica, conforme lo establecido en el "ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTION Y OPERACION DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACION DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1427/2004" que como Anexo forma parte de la citada Resolución S.E. Nº 1193/05.
Que en el Artículo 5º del Anexo referido en el párrafo precedente se prevé la creación, en el ámbito de esta Secretaría, de un Grupo de Asesoramiento y la conformación por los Generadores de un Grupo Técnico, encargado el primero de fijar pautas básicas para la concreción de la Gestión y Operación de los Proyectos para la Readaptación del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM en el marco de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1427/2004 en los términos del Acuerdo Definitivo comprometido y el segundo de elaborar los documentos de detalle, para ser refrendados por esta Secretaría dictando o propiciando la pertinente normativa.
Que teniendo en consideración la exigüidad de los plazos establecidos en el cronograma contenido en el Artículo 9º del Anexo integrante de la citada Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1193/05 es necesario y oportuno constituir el Grupo de Asesoramiento aludido en el párrafo precedente.
Que, atendiendo al interés público involucrado en proveer a la suficiencia de la oferta eléctrica y en la importancia que tiene para la comunidad en general y para los actores del sector eléctrico en particular el Proceso de Readaptación del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA MEM, cuyo hito fundamental lo constituye la puesta en servicio de las dos centrales aludidas en el Artículo 2º del Acuerdo que como Anexo forma parte de la Resolución SECRETARIA ENERGIA Nº 1193/05, esta Secretaría juzgó conveniente requerir a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), a EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) la colaboración de profesionales de su nómina, de reconocida trayectoria en el sector, y que por su especialidad técnica han sido seleccionados para integrar, conjuntamente con otros profesionales y personal de esta Secretaría, el referido Grupo de Asesoramiento.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065 y de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 432 del 25 de Agosto de 1982.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Constitúyese en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA el denominado "GRUPO DE ASESORAMIENTO" a que se hace referencia en el Artículo 5º del Anexo integrante de la RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA N° 1193/2005, en adelante el "ASESOR".
ARTICULO 2° — El ASESOR está integrado por el Licenciado Roberto BARATELLI (DNI 21.832.413), el Ingeniero Carlos Florencio CAPELLETI (LE 5.196.622), el Ingeniero Carlos CARMAN (LE. Nº 5.379.954), el Licenciado Ricardo Salomón IZON (LE 4.550.061), el Ingeniero Oscar MARCIANI (4.301.866), el Ingeniero Melchor ROSSELLO (DNI 4.086.754), y la Doctora Mónica SIMON (DNI 13.335.715).
ARTICULO 3º — El ASESOR será presidido por el Señor Subsecretario de Energía Eléctrica y coordinado por el Ingeniero Carlos CARMAN.
ARTICULO 4° — Las funciones del ASESOR son las previstas en el citado Artículo 5º del Anexo integrante de la RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA N° 1193/2005.
ARTICULO 5º — Facúltase al Ing. Carlos CARMAN para que en el marco de lo dispuesto por el referido Artículo 5º asigne los recursos necesarios para el adecuado funcionamiento del ASESOR efectuando las correspondientes comunicaciones a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en su calidad de administradora de los Fideicomisos y/o del FONINVEMEM conforme lo reglado por esta Secretaría.
Una vez cumplimentados todos los requisitos pertinentes para disponer las contrataciones y/o pagos, el funcionario facultado conforme el párrafo precedente remitirá los instrumentos necesarios a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a los efectos que ésta formalice su suscripción o efectúe los pagos.
ARTICULO 6º — Notifíquese de la presente resolución al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), a EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA) y a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).
ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
e. 26/12 N° 501.216 v. 26/12/2005