MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución N° 556/2007
Bs. As., 30/8/2007
VISTO el Expediente N° 1067/2006 del Registro del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB) organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y su agregado sin acumular Expediente N° S01:0333948/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por conducto de las actuaciones citadas en el Visto, se propicia la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL, ubicados en la Estación Ibicuy, Provincia de ENTRE RIOS, indicados en el plano que en copia autenticada integra la presente Resolución como ANEXO.
Que el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES solicitó en su oportunidad la exclusión de que se trata a la Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA.
Que dicha Concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA ha prestado la conformidad solicitada por el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES de excluir de la concesión y del uso ferroviario las fracciones aludidas en el primer considerando.
Que el Decreto N° 443 del 1° de junio de 2000, dispuso la disolución del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y la creación del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, como órgano desconcentrado en el ámbito del citado Ministerio, organismo que tiene, entre otras, las misiones y funciones del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, establecidas por Decreto N° 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Que en virtud del Artículo 5° del Decreto N° 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996, la incorporación de nuevos bienes inmuebles a los contratos de concesión del sistema ferroviario de pasajeros o cargas, o la desafectación de aquellos que fueron entregados oportunamente en concesión, será dispuesta por la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, hoy SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le asigna el Artículo 5° del Decreto N° 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto por los Decretos Nros. 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desaféctanse del uso operativo ferroviario los inmuebles ubicados en la Estación Ibicuy, Provincia de ENTRE RIOS, indicados en el plano que en copia autenticada forma parte integrante la presente resolución como ANEXO.
ARTICULO 2° — Los inmuebles desafectados quedan transferidos en afectación al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, conforme lo dispuesto por los Artículos 1° y 2° inciso b) del Decreto N° 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y el Decreto N° 443 de fecha 1° de junio de 2000.
ARTICULO 3° — Notifíquese al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB) organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y a la concesionaria AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767-Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.
e. 17/9 N° 557.420 v. 17/9/2007