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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS




MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS



SECRETARIA DE ENERGIA



Resolución Nº 598/2009



Bs. As., 6/8/2009



VISTO el Expediente Nº S01:0039836/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y



CONSIDERANDO:



Que la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en uso de las facultades del ESTADO NACIONAL y sin perjuicio del carácter federal de las Vinculaciones de los Grandes Usuarios con el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), consideró conveniente establecer las condiciones básicas cuyo cumplimiento permita a los Prestadores Adicionales de la Función Técnica de Transporte aplicar, para esa prestación, lo establecido por los respectivos Marcos Regulatorios locales o por los regímenes regulatorios aplicables en cada caso, a fin de que perciban ingresos suficientes que les permitan cubrir los costos razonables resultantes de la prestación eficiente del servicio de redes sujeto a las exigencias de calidad de servicio vigentes en cada jurisdicción.



Que por ello, esta SECRETARIA DE ENERGIA dictó la Resolución Nº 672 de fecha 15 de mayo de 2006 por la cual el PRESTADOR ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE (PAFTT) podrá solicitar la conformidad para aplicar las condiciones de la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme de acuerdo al numeral 3, CONDICIONES PARA LA PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA del Anexo 27 REGLAMENTACION APLICABLE A LA PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FIRME EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS).



Que en las actuaciones citadas en el Visto, el ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN solicitó la conformidad de esta SECRETARIA DE ENERGIA de acuerdo a lo establecido en el numeral 3, CONDICIONES PARA LA PRESTACION DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA, punto 3.2 DE ACUERDO AL CUADRO TARIFARIO, del Anexo 27 REGLAMENTACION APLICABLE A LA PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FIRME EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de LOS PROCEDIMIENTOS.



Que ha tomado intervención la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA de la SECRETARIA DE ENERGIA, quien en su informe agregado a fojas 199/200 señala que: "...desde el punto de vista técnico regulatorio, se considera que la presentación del ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN ha dado cumplimiento a todos los contenidos requeridos por el Anexo 27 REGLAMENTACION APLICABLE A LA PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA FIRME EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de LOS PROCEDIMIENTOS para obtener la conformidad de la SECRETARIA DE ENERGIA para aplicar las tarifas de peaje de su Cuadro Tarifario".



Que asimismo, el ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN ha dado cumplimiento a los requisitos formales que se establecen para tal presentación en la Comunicación publicada en el Boletín Oficial Nº 30.931 de fecha 22 de junio de 2006.



Que por ello, corresponde otorgar al ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN la conformidad solicitada para que aplique a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme las tarifas de su respectivo Cuadro Tarifario a los Grandes Usuarios de su jurisdicción.



Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.



Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065, el Artículo 1º del Decreto Nº 432 del 25 de agosto de 1982 y el Decreto Nº 186 del 25 de julio de 1995.



Por ello,



EL SECRETARIO DE ENERGIA


RESUELVE:



ARTICULO 1º — Préstase la conformidad solicitada por el ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN para que aplique a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte Firme las tarifas de su respectivo Cuadro Tarifario a los Grandes Usuarios de su jurisdicción.



ARTICULO 2º — Notifíquese al ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN; al MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DEL NEUQUEN; a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO (CAMMESA); y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.



ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.


e. 19/08/2009 Nº 68089/09 v. 19/08/2009

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