MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución Nº 315/2009
Bs. As., 17/12/2009
VISTO el Expediente Nº S01:0276272/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 600 de fecha 3 dé junio de 2005, se aprobó el modelo de Contrato de Préstamo para la realización del PROYECTO ALTEO VIADUCTO FERROVIARIO LAGUNA LA PICASA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA SECRETARIA DE TRANSPORTE, para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y CINCO MILLONES (U$S 35.000.000).
Que con fecha 3 de junio de 2005, se suscribió el mencionado contrato de préstamo entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO.
Que los recursos de dicho Contrato de Préstamo que se aplican al financiamiento de la ejecución del proyecto mencionado cuentan con un componente de preinversión para ejecutar proyectos ferroviarios que hacen al Plan Estratégico Nacional 2004 - 2009, para realizar estudios de prefactibilidad y factibilidad, impacto ambiental, así como para actualizar otros proyectos que permitan concretar su financiamiento y posterior llamado a licitación para presentar proyecto ejecutivo y construcción de las obras.
Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 529 de fecha 15 de julio de 2005 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se creó la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO ALTEO VIADUCTO FERROVIARIO LAGUNA LA PICASA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, para ejercer las funciones que en dicha resolución se establecen.
Que dicha UNIDAD EJECUTORA conjuntamente con la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF.S.E) han elaborado el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de servicios de consultoría para el estudio "PROYECTO RECUPERACION Y MEJORAMIENTO DEL FERROCARRIL GENERAL BELGRANO", que como ANEXO forma parte de la presente resolución.
Que la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO mediante Nota RA-049-2009 ha otorgado la No Objeción al Pliego mencionado.
Que dicha UNIDAD EJECUTORA, con fecha 3 de enero de 2007 ha publicado internacionalmente la invitación a empresas consultoras o grupo de ellas, para realizar estudios de preinversión a los fines de ejecutar aquellos proyectos ferroviarios que forman parte del Plan Estratégico Nacional 2004 - 2009.
Que, luego de evaluar los antecedentes presentados por las 35 firmas consultoras interesadas en ejecutar las tareas mencionadas en el considerando que antecede, la SECRETARIA DE TRANSPORTE, mediante el dictado de la Resolución Nº 448, de fecha 1º de julio de 2008, ha aprobado la Lista Corta compuesta por SIETE (7) firmas consultoras.
Que a fin de evaluar las ofertas a presentarse por las firmas consultoras que integran la citada Lista Corta, resulta necesario crear una Comisión de Evaluación y Precalificación que analice tales propuestas.
Que se cuenta con crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, aprobado para el corriente Ejercicio por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la medida a adoptar se encuadra en las facultades otorgadas por Artículo 6º del Decreto Nº 600 de fecha 3 de junio de 2005.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la contratación de servicios de consultoría para el estudio del "PROYECTO RECUPERACION Y MEJORAMIENTO DEL FERROCARRIL GENERAL BELGRANO", que como ANEXO forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º — Autorízase a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO ALTEO VIADUCTO FERROVIARIO LAGUNA LA PICASA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a enviar las cartas de invitación a las firmas consultoras que integran la Lista Corta aprobada por Resolución Nº 448, de fecha 1º de julio de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.
ARTICULO 3º — Créase el Comité de Evaluación a fin de analizar los antecedentes presentados por las firmas consultoras que integran la lista corta aprobada por Resolución Nº 448 de fecha 1º de julio de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.
ARTICULO 4º — Desígnase al Coordinador General Arquitecto Hugo Daniel ALVAREZ PICASSO (DNI Nº 11.337.300), al Coordinador Administrativo Ingeniero Carlos Alberto ZALDUENDO (DNI Nº 4.445.451), al Coordinador de Obras Ingeniero Hugo Manuel MARTINEZ (L.E. Nº 4.622.714), al Coordinador Técnico Jurídico Doctor Marcelo Antonio DE LUCA (DNI Nº 24.899.901), al Consultor Arquitecto Marcelo Alejandro PARMET (DNI Nº 22.337.615) y al Consultor Doctor Pablo Daniel BROCARDO (DNI Nº 26.421.789), todos ellos miembros de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO ALTEO VIADUCTO FERROVIARIO LAGUNA LA PICASA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, como integrantes del comité creado por el Artículo 3º de la presente resolución.
ARTICULO 5º — La creación del Comité que mediante la presente medida se propicia no representará erogación presupuestaria alguna adicional al ESTADO NACIONAL.
ARTICULO 6º — El gasto que demande la contratación a efectuar será afrontado con recursos presupuestarios asignados por la Ley 26.422 para el Ejercicio 2009 en la Actividad 5, Programa 62, "FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE TRANSPORTE - CAF 3192" de la jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS - Fuente de Financiamiento 22 - Corporación Andina de Fomento y 11 - TESORO NACIONAL.
ARTICULO 7º — Las ofertas serán recibidas, dentro del plazo que a tal efecto se fije en las Cartas de Invitación, en la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO ALTEO VIADUCTO FERROVIARIO LAGUNA LA PICASA Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, sita en la calle Avenida Dr. José M. Ramos Mejía Nº 1302, piso 7, oficina 716, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JUAN PABLO SCHIAVI, Secretario de Transporte.
----------------
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.
e. 30/12/2009 Nº 125095/09 v. 30/12/2009