MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución N° 1674/2004
Bs. As., 22/12/2004
VISTO el Expediente N° S01:0279044/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 del 12 de agosto de 2003 y para el caso particular de la Ampliación Interconexión MERCADO ELECTRICO MAYORISTA - MERCADO ELECTRICO MAYORISTA SISTEMA PATAGONICO (MEM - MEMSP) se complementa con las Resoluciones SECRETARIA DE ENERGIA N° 397 del 4 de septiembre de 2003 y N° 979 del 17 de diciembre de 2003.
Que oportunamente el Comité de Ejecución de la Ampliación Interconexión MERCADO ELECTRICO MAYORISTA - MERCADO ELECTRICO MAYORISTA SISTEMA PATAGONICO (MEM - MEMSP) convocó la Licitación Pública Nacional N° 04/2003 con el objeto de seleccionar el Contratista para la Construcción, Operación y Mantenimiento (Contratista COM) de la ampliación, habiendo resultado adjudicatario la empresa INTEGRACION ELECTRICA SUR ARGENTINO S.A. y firmado el respectivo contrato el 22 de Abril de 2004.
Que en el Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación y Circulares modificatorias, correspondiente a la mencionada Licitación N° 04/2003, se estableció que sería de aplicación a los Anticipos de Canon del Contrato COM, la redeterminación de precios de acuerdo a lo normado por el Decreto N° 634 del 12 de agosto de 2003 y la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 397 del 4 de septiembre de 2003, complementada por la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 979 del 17 de diciembre de 2003.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634 del 12 de agosto de 2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 397 del 4 de septiembre de 2003, el Comité de Ejecución requirió a los proponentes, cumpliendo pautas específicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación, la ponderación porcentual de la participación de cada uno de los rubros principales en el precio y la ponderación de participación de cada uno de los insumos integrantes de cada rubro principal de la Ampliación.
Que superada la etapa de consulta se estableció e informó mediante la Circular N° 19 del 18 de diciembre de 2003 al conjunto de los proponentes, los valores de participación porcentual de la participación de cada uno de los rubros principales en el precio y la ponderación de participación de cada uno de los insumos integrantes de cada rubro principal de la Ampliación, indicándose en cuadro adjunto a la misma los que serían utilizados en el contrato, los que fueron aceptados por los oferentes incluyéndolos en sus ofertas.
Que por Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 264 del 23 de marzo de 2004 se aprobaron los procedimientos licitatorios llevados a cabo para la Provisión de Conductores de Aluminio Acero - ACSR y de Estructuras Metálicas y para la Selección del Contratista COM para la Ampliación Interconexión MEM - MEMSP.
Que se verificó por parte de los organismos técnicos competentes que la variación promedio de costo de los rubros principales que componen la provisión, ha alcanzado un valor tal que resulta una variación promedio de los precios del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%).
Que habiéndose superado el umbral del DIEZ POR CIENTO (10%) en la variación promedio de precios del contrato, queda habilitada la aplicación de la redeterminación de precios en las condiciones establecidas por el Decreto N° 634 del 12 de agosto de 2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación del valor de los adelantos de canon pactados contractualmente, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Rubros e Insumos definitivos, aprobados y establecidos en el Pliego y Contrato COM con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.
Que los valores de adelantos de canon redeterminados resultan los que se indican en el Anexo I a la presente Resolución.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 9° del Decreto N° 1142 del 26 de noviembre de 2003.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 del 12 de agosto de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la redeterminación de los valores de los Anticipos de Canon del Contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento (Contrato COM) de la Ampliación Interconexión Mercado Eléctrico Mayorista - Mercado Eléctrico Mayorista Sistema Patagónico (MEM - MEMSP), suscripto entre el Comité de Ejecución de la Ampliación y la Sociedad Autorizada lNTEGRACION ELECTRICA SUR ARGENTINA S.A., y en un todo de acuerdo al Anexo I que forma parte de la presente.
ARTICULO 2° — El monto total de los Anticipos de Canon remanentes redeterminados a Septiembre 2004, para el Contrato COM de la Ampliación Interconexión MEM - MEMSP, asciende a PESOS CIENTO VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CON CUATRO CENTAVOS ($ 122.302.167,04) y el total de los Anticipos de Canon del Contrato asciende a PESOS CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS ONCE CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 170.200.711,58), según detalle de los Cuadros 1 y 2 del Anexo I.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
ANEXO I A LA RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA N° /2004
CUADRO 1): TOTAL DE ANTICIPOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO
CUADRO 2): TOTAL DE ANTICIPOS DEL CONTRATO
(X) No corresponde Redeterminación
e. 30/12 N° 468.259 v. 30/12/2004