MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Resolución Nº 119/2005
Bs. As., 25/2/2005
VISTO el Expediente S01 N°: 0030956/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por ACTA ACUERDO celebrada entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la PROVINCIA DE SANTA CRUZ suscripta el 07 de mayo de 2004, la Secretaría se comprometió a ejecutar, financiar, efectuar los pagos y hacer entrega de los edificios escolares en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.
Que el 20 de agosto de 2004, en el marco de dicho Programa fue suscripto el contrato de obra entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y la empresa UTE EINSCHLAG CONSTRUCCIONES S.A. - SODECO S.A. para la construcción de la obra "Jardín de Infantes Puerto Deseado - Provincia de SANTA CRUZ".
Que de conformidad con el ACTA ACUERDO citada, compete a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS efectuar la liquidación y pago correspondiente, al contratista.
Que por Resolución Nº 714/2004 se aprobó la transferencia para el pago del anticipo financiero por PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 128.319,18).
Que la citada Resolución, estableció que en cada certificación presentada por el contratista, deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución, el porcentaje correspondiente al anticipo financiero abonado.
Que el contratista UTE EINSCHLAG CONSTRUCCIONES S.A. - SODECO S.A. ha presentado el Certificado de Obra Nº 1 correspondiente al mes de diciembre de 2004, por la suma de PESOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 61.730,77) conformado por el órgano de Gobierno de la Provincia de SANTA CRUZ.
Que del importe certificado se ha detraído el importe correspondiente al anticipo financiero abonado.
Que por otra parte, el contratista ha presentado la Póliza de Seguro de Caución Nº 417.485 de la compañía ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA por la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00), en sustitución del Fondo de Reparo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta conforme las disposiciones del Decreto Nº 2662 del 29 de diciembre de 1992.
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase la transferencia imputable al pago del Certificado Nº 1 por un monto de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 55.557,69) correspondiente a la obra Jardín de Infantes Puerto Deseado - ejecutado en la PROVINCIA de SANTA CRUZ en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS por el contratista UTE EINSCHLAG CONSTRUCCIONES S.A. - SODECO S.A.
ARTICULO 2º — Procédase a efectuar la liquidación y pago correspondiente a la empresa UTE EINSCHLAG CONSTRUCCIONES S.A. - SODECO S.A. de conformidad con lo establecido en el ítem a), apartado (iii) del ACTA ACUERDO suscripta entre esta SECRETARIA y la Provincia de SANTA CRUZ de fecha 07 de mayo de 2004.
ARTICULO 3º — El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.
e. 3/3 Nº 473.018 v. 3/3/2005