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MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Resolución N° 159/2005




MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

Resolución N° 159/2005

Bs. As., 3/3/2005

VISTO el Expediente S01 N°: 0036453/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por ACTA ACUERDO celebrada entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la PROVINCIA DE TUCUMAN suscripta el 19 de agosto de 2004, la Secretaría se comprometió a ejecutar, financiar, efectuar los pagos y hacer entrega de los edificios escolares en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.

Que el 17 de septiembre de 2004, en el marco de dicho Programa fue suscripto el contrato de obra entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y la empresa FALIVENE CONSTRUCTORA S.R.L. para la construcción de la obra "Escuela s/n° - B° El Gráfico II - Las Talitas - Departamento Tafí Viejo - Provincia de TUCUMAN".

Que de conformidad con el ACTA ACUERDO citada, compete a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS efectuar la liquidación y pago correspondiente, al contratista.

Que por Resolución Nº 699/2004 se aprobó la transferencia para el pago del anticipo financiero por PESOS TRESCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ( $ 304.975,65).

Que la citada Resolución, estableció que en cada certificación presentada por el contratista, deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución, el porcentaje correspondiente al anticipo financiero abonado.

Que el contratista FALIVENE CONSTRUCTORA S.R.L. ha presentado el Certificado de Obra Nº 1 correspondiente al mes de noviembre de 2004, por la suma de PESOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON VEINTISIETE CENTAVOS ($ 40.427,27) conformado por el órgano de Gobierno de la Provincia de TUCUMAN.

Que del importe certificado se ha detraído el importe correspondiente al anticipo financiero abonado.

Que por otra parte, el contratista ha presentado la Póliza de Seguro de Caución Nº 274.050 de la compañía LA CONSTRUCCION SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS por la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 3.950,00), en sustitución del Fondo de Reparo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta conforme las disposiciones del Decreto Nº 2662 del 29 de diciembre de 1992.

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la transferencia imputable al pago del Certificado Nº 1 por un monto de PESOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 36.384,54) correspondiente a la obra Escuela s/n° - B° El Gráfico II - Las Talitas - Departamento Tafí Viejo - ejecutado en la PROVINCIA de TUCUMAN en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS por el contratista FALIVENE CONSTRUCTORA S.R.L.

ARTICULO 2° — Procédase a efectuar la liquidación y pago correspondiente a la empresa FALIVENE CONSTRUCTORA S.R.L. de conformidad con lo establecido en el ítem a), apartado (iii) del ACTA ACUERDO suscripta entre esta SECRETARIA y la Provincia de TUCUMAN de fecha 19 de agosto de 2004.

ARTICULO 3° — El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.

e. 8/3 N° 473.387 v. 8/3/2005

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