Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios
TRANSPORTE FERROVIARIO
Resolución 738/2004
Ratifícase en todos sus términos la Resolución Nº 579/2004 de la Secretaría de Transporte, mediante la cual se afectaron Pesos cinco millones a la Unidad Ejecutora del Programa Ferroviario Provincial, a fin de atender el pago de los materiales incluidos en el plan de recuperación y reacondicionamiento de material tractivo y remolcado que se afectará al servicio de Transporte Ferroviario de Pasajeros entre las ciudades de Buenos Aires y Santa Rosa, provincia de La Pampa.
Bs. As., 1/11/2004
VISTO el Expediente Nº S01: 0025357/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO tramitó una presentación efectuada por la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL, por la cual, manifestó compartir la rehabilitación de los servicios interurbanos de pasajeros previsto por el ESTADO NACIONAL en el Plan Nacional de Inversiones Ferroviarias, específicamente en los tramos comprendidos entre las ciudades de BRAGADO (Provincia de BUENOS AIRES) – LINCOLN (Provincia de BUENOS AIRES) como así también BUENOS AIRES (Provincia de BUENOS AIRES) – SANTA ROSA (Provincia de LA PAMPA).
Que como consecuencia de la referida presentación, la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS dictó la Resolución Nº 579 de fecha 25 de agosto de 2004, por la que se afectaron PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL, a fin de atender el pago de los materiales incluidos en el plan de recuperación y reacondicionamiento de material tractivo y remolcado que se afectará al servicio de Transporte Ferroviario de Pasajeros entre las ciudades de BUENOS AIRES (Provincia de BUENOS AIRES) y SANTA ROSA (Provincia de LA PAMPA).
Que la Resolución citada en el considerando precedente fue dictada en el marco de las competencias propias de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de éste Ministerio, en lo que hace a los montos a disponer y a la Partida Presupuestaria a afectar, pero que debe ser ratificada por el señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios atento a ser la Autoridad de Aplicación de los Contratos de Servicios Públicos de acuerdo a lo establecido en los respectivos Contratos de Concesión como así también en el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que por Decreto Nº 1261 de fecha 27 de septiembre de 2004 se reasumió por parte del ESTADO NACIONAL la prestación del los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros de largo recorrido, derogándose el anterior Decreto Nº 1168 de fecha 10 de julio de 1992.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142/ 03.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Ratifícase en todos sus términos la Resolución Nº 579 de fecha 25 de agosto de 2004 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 2º — Comuníquese a la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA FERROVIARIO PROVINCIAL de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.