MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
MERCOSUR/CCM/ACTA N° 07/03
LXVI REUNION ORDINARIA DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 25 y 27 de noviembre de 2003, la LXVI Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
En la reunión se trataron los siguientes temas:
1. MANDATO DEL CMC
Independientemente de los avances logrados en los puntos incluidos en el Mandato del CMC, las Delegaciones coincidieron en que la aprobación de estos temas se encuentra supeditada a la discusión más amplia que debe darse en relación a las propuestas sobre Tratamiento de las Asimetrías y Flexibilidades.
1.1 Certificación de mercaderías originarias de un Estado Parte en depósitos aduaneros en otro Estado Parte del MERCOSUR
La CCM elaboró el proyecto de Decisión N° 1/03 que se eleva a consideración del GMC y consta como ANEXO IV. Las Delegaciones efectuarán las consultas internas de conformidad con la Decisión CMC N° 20/02, con miras a su aprobación en la LII Reunión del GMC.
El desarrollo de este tema se encuentra en el punto 3.3.2 de la presente Acta.
1.2 Acumulación de procesos productivos en el MERCOSUR
El desarrollo de este tema se encuentra en el punto 5.1 de la presente Acta.
1.3 Regímenes Especiales de Importación
La CCM eleva a consideración del GMC los proyectos de Resolución sobre Régimen Común de Importación de bienes destinados a la Investigación Científica y Tecnológica y Régimen Especial Común para importación de Bienes de Capital no producidos en el MERCOSUR (DTs N° 16/02 Rev. 5 y 8/03 Rev. 4), tal como se menciona en los puntos 6.2.1. y 6.2.2. de la presente Acta.
1.4 Mecanismo de excepciones al AEC
La CCM eleva a consideración del GMC los dos proyectos de Resolución que se encuentran bajo su análisis (MERCOSUR/ LXIV CCM/ DT N° 19/03 y MERCOSUR/ LXV GMC/ DT N° 31/03), conforme lo establecido en el punto 10 de la presente Acta. Dichos documentos constan como ANEXO XIV.
2. EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO ANUALES DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA CCM (Comités Técnicos) - ART. 9. DEC. CMC Nº 59/00.
La CCM aprobó los Programas de Trabajo para el año 2004 del CT N° 1 y CT N° 5, tal como consta en ANEXO VIl (MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 33/03).
La CCM tomó nota del punto 2 del Acta 4/03 del CDCS, en el que se registró el acuerdo del mencionado Comité de presentar su programa de trabajo para 2004 en la primer reunión de la CCM del próximo año. Asimismo, recordó a los CT N° 3 y N° 7 que, conforme los términos de la Decisión CMC N° 59/00, el plazo para presentar sus correspondientes programas de trabajo vence en la primera reunión de la CCM en 2004.
3. COMITES TECNICOS - SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INTRUCCIONES
3.1 CT Nº 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías"
La CCM aprobó el proyecto de Resolución N° 13/03 "Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común", tal como consta en ANEXO IV
3.1.1 Definición de criterios para la presentación de solicitudes de modificación arancelaria.
Las Delegaciones intercambiaron opiniones en relación a la propuesta de Argentina presentada en la pasada reunión (MERCOSUR/LXV CCM/DT N° 23/03), incorporando modificaciones al mencionado documento tal como consta en ANEXO VIII (MERCOSUR/LXV CCM/DT N° 23/03 Rev. 1). Dicho documento permanece en análisis de la CCM.
La Delegación de Paraguay circuló por escrito sus comentarios, que constan en ANEXO IX (MERCOSUR/LXVI CCM/DI N° 16/03).
3.1.2 Temas en análisis de la CCM. Pedidos de Modificación Arancelaria.
• Hilos Recubiertos de Silicona incluso Paralelizados
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
• NCM 8705.10.00 Grúas Autopropulsadas Tipo AT Computarizadas, con Pluma Telescópica o Reticulada, con Capacidad Igual o Superior a 23 Toneladas, 4 o más Ruedas Direccionadas y Capacidad de Movimiento Tipo "Cangrejo" (N° de Orden 333).
La CCM aprobó la apertura propuesta por el CT N° 1 para la posición 8705 y la clasificación como BK del ítem específico.
La CCM aprobó el proyecto de Resolución N° 14/03, que consta en ANEXO IV y se eleva a consideración del LII GMC. Las Delegaciones se comprometieron a efectuar las consultas internas conforme los términos de la Decisión CMC N° 20/02 y presentar los informes correspondientes.
• NCM 7607.11.20 Folio de Aluminio
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
• NCM 2924.29.93 Metalaxil
• NCM 3808.20.29 A base de Metalaxil
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
La Delegación de Paraguay reiteró los motivos que le impiden aceptar esta solicitud y presentó sus comentarios por escrito, los que constan en ANEXO XVII (MERCOSUR/ LXVI CCM/ DI N° 21/03).
• NCM 3809.92.21 Anhídrido succínico de alquileno
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
3.1.3 Apertura de la Nomenclatura, con AEC 0%, para Bienes de Capital no Producidos - Informe del CT N° 1.
Se reitera al CT N° 1 la importancia de completar esta tarea.
3.1.4 Normas sobre Arancel Externo Común (DT 12/03 Rev. 1 del SGT Nº 2- Proyecto de Resolución y otros aspectos institucionales relativos a las normas sobre AEC). Solicitud del SGT Nº 2.
En relación a la solicitud de opinión del SGT N° 2, la CCM acordó:
— Artículo 2: adoptar la siguiente redacción: "Los proyectos de normas relativos a la nomenclatura común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, podrán ser sometidos a consultas a fin de evaluar su pertinencia en los Estados Partes que así lo requieran antes de ser elevados al órgano decisorio".
— Artículo 3: establecer como fechas para la entrada en vigencia de las Resoluciones que modifican la NCM o el AEC: 1° de febrero y 1° de agosto de cada año.
3.2 CT N° 2 "Asuntos Aduaneros"
3.2.1 II Fase del Proyecto de Cooperación Aduanera MERCOSUR - Unión Europea.
La CCM recibió a los Coordinadores Nacionales del CCT, quienes informaron sobre lo acordado en relación al proyecto de cooperación de referencia, de conformidad con la reunión mantenida con representantes de la Comisión Europea en Montevideo.
Al respecto, comunicaron que el CCT sugerirá al GMC el envío de una nota a la UE para aceptar su oferta de financiar una consultoría independiente, integrando consultores de la región a los efectos de actualizar, para marzo de 2004, las actividades de interés para el proyecto. Asimismo, informaron que fue adelantado a la UE la imposibilidad del MERCOSUR de hacer frente a la contrapartida financiera requerida.
3.2.2 Proyectos de normas elevados.
La CCM aprobó las Directivas N° 7/03 "Reglamento de funcionamiento del ACI Clorinda-Puerto Falcón" y N° 8/03 "Reglamento de funcionamiento del ACI Santa Helena-Puerto Indio", que constan como ANEXO IV.
3.3 CT N° 3 "Normas y Disciplinas Comerciales"
3.3.1 Requisito Específico de Origen para la subpartida 3204.17 - Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes.
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
3.3.2 Certificación de Mercaderías originarias de un Estado Parte en depósitos aduaneros en otro Estado Parte del MERCOSUR.
La CCM recibió el informe solicitado al CT N° 3 (DI N° 4/03), así como el "Proyecto de certificación de mercaderías originarias de un Estado Parte del MERCOSUR en régimen de depósito aduanero en otro Estado Parte" (DT N° 4/03).
Sobre esta base y en cumplimiento del mandato del CMC, fue elaborado el proyecto de Decisión N° 1/03 que se eleva a consideración del GMC y consta en ANEXO lV. Las Delegaciones efectuarán las consultas internas de conformidad con la Decisión CMC N° 20/02, con miras a su aprobación en el XXV CMC.
3.3.3 Proyectos de normas elevados.
La CCM eleva a consideración del GMC el proyecto de Decisión N° 2/03 sobre Régimen de Origen MERCOSUR, tal como consta en ANEXO lV.
3.4 CT N° 5 "Defensa de la Competencia"
3.4.1 Programa de Trabajo 2004
Tal como se mencionó en el punto 2 de la presente Acta, la CCM aprobó el Programa de Trabajo del CT N° 5, como consta en el ANEXO VII (MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 33/03).
3.5 CT N° 7 "Defensa del Consumidor"
La Coordinadora Nacional de Uruguay del CT N° 7 realizó una exposición de las principales dificultades que ha tenido el Comité para avanzar en la consecución de sus actividades, subrayando especialmente la escasa frecuencia de reuniones y la ausencia de delegados en las mismas.
Tomando en cuenta la información proporcionada, la CCM solicitó al CT N° 7 un estado de situación del Comité, en el que se identifiquen las principales dificultades en los proyectos que están pendientes de definición, así como las razones que han impedido avances sobre los mismos. El mencionado informe deberá ser considerado por la XLVII CCM.
3.6 Despacho Aduanero de Mercaderías
La CCM acordó mantener este tema en Agenda con miras a su aprobación en el primer semestre de 2004, conjuntamente con la adopción de una norma específica sobre fraude que defina los distintos controles aduaneros necesarios. La Delegación de Brasil presentará una propuesta al respecto.
4. Consultas
4.1 Nuevas Consultas
- De Argentina a Brasil
Número |
Tema |
18/03 |
Dificultades para la exportación argentina de madera aserrada, ingresada en tránsito en
Brasil, a través de puertos brasileños. |
- De Brasil a Argentina
Número |
Tema |
19/03 |
Vigencia de la Resolución N° 61/02 de la SICyM y cobranza de derechos de importación para motosierras originarias de Brasil. |
- De Uruguay a Brasil
Número |
Tema |
20/03 |
Codificación en la NCM de recipientes isotérmicos tipo termo y conservadores de alimentos y/o bebidas producidas totalmente de materias plásticas. |
- De Paraguay a Argentina
Número |
Tema |
21/03 |
Detención de carga en tránsito por territorio argentino. |
4.2 Consultas en Plenario
|
Tema: |
De: |
A: |
EVOLUCION |
07/02 |
Demoras en el otorgamiento de Certificados AFIDI. |
Arg.
Bra. |
Uru. |
Concluida insatisfactoriamente. |
02/03 |
Restricciones a la comercialización de productos domisanitarios, cosméticos y de higiene personal. |
Bra. |
Arg. |
Argentina presentó Nota Técnica.
Pendiente. |
08/03 |
Establecimiento del nuevo Régimen Especial de Importación por medio del Decreto N° 154/003 |
Bra.
Arg. |
Uru. |
Concluida insatisfactoriamente. |
09/03 |
Decreto 13.835 - Medida Especial Temporaria de Importación (METI) sobre cemento. |
Bra. |
Par. |
Concluida insatisfactoriamente. |
10/03 |
Exigencias de Certificación Técnica incidente sobre exportación brasileña de cemento. |
Bra. |
Par. |
Pendiente. |
11/03 |
Legislación interna brasileña vigente en relación al funcionamiento de los Depósitos Aduaneros y/o privados, Estaciones Aduaneras de Interior y "Entrepostos" Aduaneros y/o aduanizados. |
Par. |
Bra. |
Paraguay presentó Nota Técnica.
Pendiente. |
12/03 |
Legislación interna brasileña vigente en relación al funcionamiento de las Zonas Francas en su territorio.
Destinos de mercaderías producidas, originarias y/o procedentes de la Zona Franca de Manaos. |
Par. |
Bra. |
Paraguay presentó Nota Técnica.
Pendiente. |
13/03 |
Inclusión de un nuevo Aditivo en la Lista Positiva de Aditivos para Materiales Plásticos Destinados a la Elaboración de Envases y Equipamiento Plástico en Contacto con Alimentos. |
Arg. |
Bra. |
Brasil presentó Nota Técnica.
Argentina presentó Nota Técnica y la concluyó insatisfactoriamente. |
14/03 |
Suspensión de la autorización para el ingreso de maquinaria agrícola bajo el régimen de admisión temporaria. |
Arg. |
Uru. |
Pendiente. |
15/03 |
Dificultades para obtener Registros de Rótulos para productos lácteos. |
Par. |
Bra. |
Pendiente. |
16/03 |
Derechos Específicos aplicados para Productos Transformados de Plásticos y Pre-Formas de PET. |
Bra. |
Uru. |
Pendiente. |
17/03 |
Indicación Geográfica Cachaça. |
Arg. |
Bra. |
Pendiente. |
5. ORIGEN
5.1. Acumulación de Procesos Productivos.
La CCM recibió el informe del grupo de trabajo sobre acumulación de procesos productivos en el MERCOSUR en el que se detallan las principales dificultades que han impedido arribar a una solución integral sobre el tema de referencia. El mencionado documento consta como ANEXO XVI (MERCOSUR LXVI CCM/ DI N° 20/03).
A juicio de las Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay, el mandato del CMC involucra varios aspectos que deben resolverse: el origen y el doble cobro y la libre circulación en relación a la integración de las cadenas productivas. En esta ocasión se consideraron las propuestas presentadas por Brasil sobre acumulación total y circulación de mercaderías originarias, entendiéndose fundamental para el cumplimiento del mandato, resolver todas las cuestiones involucradas.
En opinión de las Delegaciones de Argentina y Paraguay, debería fijarse un programa de trabajo específico para el tratamiento de este tema, en el que se prevea la participación de todos los órganos involucrados.
Las Delegaciones de Brasil y Uruguay entienden que sería muy importante poder resolver en este momento lo concerniente a acumulación total y libre circulación de mercaderías originarias, teniendo en cuenta, entre otros, los procesos de negociación externa en curso, mediante la inclusión en el proyecto de Régimen de Origen MERCOSUR, de las propuestas presentadas por Brasil. Asimismo, consideran necesario obtener un mandato con plazo preciso para la resolución de los aspectos aún pendientes, tales como tipo de régimen a aplicar para evitar el doble cobro y su administración, en particular los mecanismos de autorización.
5.2. Autocertificación de Origen.
Conforme las propuestas presentadas en la pasada reunión, la CCM acordó aceptar la sugerencia argentina de realizar una revisión y evaluación de todo el sistema de certificación del MERCOSUR, sin prejuzgar sobre las mejoras o modificaciones del sistema de certificación que puedan surgir como resultado de tal análisis. Para ello, durante el primer semestre de 2004 se celebrarán reuniones del CT N° 3, en forma coincidente con las de Comisión de Comercio, a efectos de que ambos órganos puedan nutrirse de los resultados de sus respectivos trabajos.
La Delegación de Brasil reiteró su posición respecto a la necesidad de adoptar el sistema de autocertíficación de origen en el MERCOSUR, teniendo en cuenta, principalmente, las negociaciones externas.
6. DECISIONES CMC N° 28/00 Y 69/00
6.1. Decisión CMC N° 28/00 "Defensa Comercial y de la Competencia"
La Delegación de Uruguay distribuyó, previo a la presente Reunión de la CCM, sus respuestas a los comentarios presentados por Brasil en la pasada Reunión (MERCOSUR/ LXV CCM/ DT N° 30/03) y adelantó que presentaría un proyecto concreto de norma para consideración.
La Delegación de Argentina circuló un documento con comentarios respecto al proyecto presentado por Brasil (MERCOSUR LIX CCM/ DT N° 14/02), el que consta como ANEXO X (MERCOSUR LXVI CCM/ DI N° 17/03).
6.2. Decisión CMC N° 69/00 "Regímenes Aduaneros Especiales de Importación"
6.2.1. Régimen Común de Importación de Bienes destinados a la Investigación Científica y Tecnológica.
Dando cumplimiento al mandato del CMC, la CCM eleva a consideración del GMC el proyecto de Resolución sobre Régimen Común de Importación de Bienes destinados a la Investigación Científica y Tecnológica, que consta en ANEXO XI (MERCOSUR/LIX CCM/ DT N° 16/02 Rev. 5).
6.2.2. Elaboración de un Régimen Común de Importación de Bienes de Capital no producidos en el MERCOSUR.
De conformidad con el mandato del CMC, la CCM eleva a consideración del GMC el proyecto de Resolución sobre Régimen Común de Importación de Bienes de Capital no producidos en el MERCOSUR, tal como consta en ANEXO XI (MERCOSUR/ LXI CCM DT N° 8/03 Rev. 4).
La CCM acordó trabajar en una propuesta para bienes de informática y telecomunicaciones no producidos en el MERCOSUR.
6.2.3. Reducción al 0% para importación de medicamentos en desarrollo y placebos.
El tema se mantiene en la Agenda de la CCM.
6.2.4. Evaluación de los Datos Estadísticos año 2002 de utilización de los Regímenes Aduaneros Especiales de Importación por parte de los Estados Partes.
La Delegación de Paraguay se comprometió a remitir, antes de la próxima reunión de la CCM, a través de la PPT, los datos relativos a la utilización del régimen de materias primas del año 2002.
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
La CCM consideró la propuesta argentina sobre los datos mínimos necesarios para presentar estadísticas de regímenes especiales, la que consta como ANEXO XVIII - MERCOSUR/ LXVI CCM/DT N° 35/03.
Se realizó un valioso intercambio de opiniones respecto al documento argentino y las Delegaciones de Brasil y Uruguay adelantaron su conformidad con el mismo. La Delegación de Paraguay, por su parte, señaló dificultades en relación a datos sobre "país destino del producto terminado". Se acordó presentar nuevamente los datos de 2002 en este nuevo formato y aplicarlo a partir de 2003.
La CCM recibió a los Consultores Técnicos de la Secretaría del MERCOSUR, Ec. Marcel Vaillant y Ec. Oscar Stark, con quienes realizó un primer intercambio de ideas en relación al trabajo que eventualmente les sería encomendado.
7. ELIMINACION DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y LA DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA - DEC. CMC N° 27/00 - ART. 3°
La CCM tomó nota de que en el proyecto de Programa de Trabajo 2004-2006 se incluyó la instrucción a la Secretaría del MERCOSUR de elaborar, en el primer semestre de 2004, una propuesta de mecanismo para eliminar el doble cobro del AEC y resolver el tema de la distribución de la renta aduanera.
La Delegación de Paraguay expresó que dicha propuesta de mecanismo debe considerar la particularidad relacionada a su condición de país sin litoral marítimo y la evolución del Tratamiento de las Asimetrías.
Los Consultores Técnicos expusieron sus puntos de vista preliminares sobre el tema y efectuaron un intercambio de opiniones al respecto con las Delegaciones.
8. RESOLUCION GMC Nº 69/00 "ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO"
NCM 3911.10.20 "Resinas de petróleo, parcial o totalmente hidrogenadas, de color Gardner inferior o igual a 3 (Norma ASTM 1544)", en el marco de lo previsto en el Art. 11 de la Res. GMC 69/00.
La CCM recibió la propuesta de apertura del CT N° 1.
El proyecto de Resolución correspondiente consta como ANEXO XIX (MERCOSUR/ LXVI CCM/DT N° 36/03), el que permanece en consulta de la Delegación de Brasil.
NCM 0303.71.00 "Sardinas, sardinetas y espadillas" al amparo de la Resolución GMC N° 69/00.
La Delegación de Brasil realizó una presentación de su solicitud de reducción arancelaria a 2% para la importación de 40.000 toneladas del ítem de referencia, durante determinados períodos definidos por el IBAMA, la que consta en ANEXO XIl (MERCOSUR/ LXVI CCM/ DI N° 18/03).
Las Delegaciones de Argentina y Uruguay manifestaron su conformidad con la mencionada solicitud. La Delegación de Paraguay se comprometió a remitir su respuesta previo al LIl GMC a efectos de su eventual aprobación en dicho ámbito. El correspondiente proyecto de Resolución consta en ANEXO XII (MERCOSUR/ LXVI CCM DT N° 37/03).
9. INSTRUCCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
9.1. Disciplinas para Incentivos. Decisión CMC N° 31/00.
9.1.1. Propuesta de Argentina sobre Normas complementarias al Acuerdo sobre Subvenciones y medidas compensatorias
La Delegación de Argentina circuló sus respuestas a los comentarios presentados por Brasil en la pasada reunión, las que constan como ANEXO XIII (MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 34/03).
9.2. Procedimientos Administrativos - Dec. CMC Nº 57/00 "Acceso a Mercados" (MERCOSUR/XLVI GMC/DT N° 09/02 - Rev. 4)
El tema permanece en la Agenda de la CCM.
9.3. Incorporación de la Normativa. Instrucciones del GMC.
En relación al estado de incorporación de la Resolución GMC N° 18/96 "Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario", la CCM informa al GMC:
- Argentina: no necesita incorporación.
- Brasil: no necesita incorporación.
- Paraguay: no necesita incorporación.
- Uruguay: no necesita incorporación.
La CCM reitera que a su juicio, en todos los casos la última norma de la secuencia es la que se considera en vigor.
10. ARANCEL EXTERNO COMUN. PROPUESTA ARGENTINA SOBRE LISTA DE EXCEPCIONES
Considerando concluido el tratamiento del tema de referencia en este ámbito y en cumplimiento del mandato del CMC, la CCM eleva a consideración del GMC los dos proyectos de Resolución que se encontraban bajo su análisis (MERCOSUR/ LXIV CCM/ DT N° 19/03 y MERCOSUR/ LXV CCM/DT N° 31/03). Dichos documentos constan como ANEXO XIV.
11. OTROS
11.1. Proyecto de Cooperación del BID "Apoyo a la aplicación de los Reglamentos contra Prácticas Desleales al Comercio".
La CCM aprobó la utilización de fondos remanentes del proyecto para la concreción de una nueva etapa de consultoría, así como otro envío de pasantes a México, estimado para el mes de marzo. En tal sentido, el mencionado proyecto, que consta en ANEXO XV (MERCOSUR/ LXVI CCM DI N° 19/03), fue remitido al Comité de Cooperación Técnica.
El Coordinador Nacional de Uruguay del CCT, informó sobre lo acordado en dicho ámbito: realización de nuevas pasantías y extensión de la consultoría. Al respecto, la Delegación de Brasil anunció que propondría modificaciones en relación a las actividades que se desarrollarán en el marco del proyecto de referencia. La Delegación de Paraguay señaló que el tema se encuentra en consulta.
11.2. Situación del tránsito por territorio argentino entre Uruguay y Paraguay.
La Delegación de Paraguay manifestó, en el marco de la consulta N° 21/03, su profunda preocupación por la nueva modalidad operativa impuesta por las autoridades aduaneras argentinas que afectan el libre tránsito de productos provenientes del Puerto de Montevideo con destino a Asunción. En ese sentido, informó que dicha práctica consiste en la apertura de contenedores sin haber constatado diferencias de peso ni violación de precintos de seguridad, violando de esa manera no sólo lo dispuesto en el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre del Cono Sur (ATIT), especialmente en lo relacionado a las formalidades a observar en las Aduanas de paso y de frontera, sino también lo consagrado en el artículo 1 del Tratado de Asunción y en la Decisión CMC N° 22/00. Por lo tanto, solicita la intervención de la Aduana argentina para dar una rápida y efectiva solución a esta situación.
La Delegación de Argentina manifestó el permanente compromiso de facilitar los tránsitos por su territorio en el marco del ATIT. En lo que se refiere al caso particular planteado por la Delegación de Paraguay, señaló que la intervención de la Aduana argentina en Concordia se ajusta a la normativa de dicho Acuerdo y que de ningún modo constituye una violación al mismo ni a las normas del MERCOSUR. Por su parte, la intervención aduanera ha sido reducida a su mínima expresión, con lo cual entiende que no se obstaculizan los tránsitos por su territorio.
Sin perjuicio de lo expuesto, reitera su disposición de buscar, junto con las autoridades competentes del Paraguay, modalidades para realizar dichos tránsitos que sean mutuamente satisfactorias, para facilitar corrientes comerciales legítimas y transparentes. En este sentido, se ha propuesto a Paraguay la realización de una reunión bilateral, con representantes aduaneros y de las Cancillerías, a la mayor brevedad posible.
— Próxima Reunión
La CCM acordó realizar su LXVII Reunión, los días 9 al 11 de marzo de 2004, en la ciudad de Montevideo.
ANEXOS
Los Anexos que forman parte de la presenta Acta son los siguientes:
Anexo I - Lista de Participantes
Anexo II - Agenda
Anexo III - Resumen de Acta
Anexo IV - Proyectos de normas y Directivas aprobadas
Anexo V - Nuevas Consultas
Anexo VI - Consultas en Plenario
Anexo VIl MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 33/03 - Programas de Trabajo del CT N° 1 y del CT N° 5 para el año 2004.
Anexo VIII - MERCOSUR/LXV CCM/DT N° 23/03 Rev. 1 - Criterios básicos para el análisis de solicitudes de modificación del AEC.
Anexo IX - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 16/03 - Comentarios de Paraguay en relación a la definición de criterios para la presentación de solicitudes de modificación arancelaria.
Anexo X - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 17/03 - Comentarios de Argentina al proyecto presentado por Brasil (MERCOSUR/ LIX CCM/ DT N° 14/02).
Anexo XI - MERCOSUR/ LXV CCM/ DTs N° 16/02 Rev. 5 y 8/03 Rev. 4 - Proyectos de Resolución sobre Régimen Común de Importación de Bienes destinados a la Investigación Científica y Tecnológica y Régimen Común de Importación de Bienes de Capital no producidos en el MERCOSUR.
Anexo XII - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DI N° 18/03 - Solicitud de Brasil de reducción arancelaria para el ítem NCM 0303.71.00. y MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 37/03 - Proyecto de Resolución sobre apertura para la NCM 0303.71.00 "Sardinas, sardinetas y espadillas", al amparo de la Resolución GMC N° 69/00.
Anexo XIII - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 34/03 - Respuestas de Argentina a los comentarios presentados por Brasil sobre Normas Complementarias al ASMC.
Anexo XIV - MERCOSUR/ LXIV CCM/ DT N° 19/03 y MERCOSUR/ LXV CCM/ DT N° 31/03 - Propuestas sobre listas de excepciones al AEC.
Anexo XV - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DI N° 19/03 - Proyecto de Cooperación del BID "Apoyo a la aplicación de los Reglamentos contra Prácticas Desleales al Comercio".
Anexo XVI - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DI N° 20/03 - Informe del grupo de trabajo sobre acumulación de procesos productivos en el MERCOSUR.
Anexo XVII - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 21/03 - Comentarios de Paraguay en relación a la solicitud de modificación arancelaria para los ítem NCM 2924.29.93 y 3808.20.29.
Anexo XVIII - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 35/03 - Propuesta de Argentina sobre Datos mínimos necesarios para realizar estadísticas de regímenes especiales.
Anexo XIX - MERCOSUR/ LXVI CCM/ DT N° 36/03 - Proyecto de Resolución sobre apertura para la NCM 3911.10.20 Tesinas de petróleo, parcial o totalmente hidrogenadas, de color Gardner inferior o igual a 3 (Norma ASTM 1544)", en el marco de lo previsto en el Art. 11 de la Res. GMC 69/00.
Por la Delegación de Argentina
Daniel Raimondi
Por la Delegación de Brasil
Bruno de Risios Bath
Por la Delegación de Paraguay
Juan Angel Delgadillo
Por la Delegación de Uruguay
William Ehlers
NOTA: El Acta y los Anexos de la LXVI Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del Mercosur, celebrada los 25 al 27 de noviembre de 2003, en la ciudad de Montevideo, se encuentran a disposición del Público en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.
e. 31/12 N° 434.915 v. 31/12/2003