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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO MERCOSUR/CCM/ACTA N° 01/05 LXXIII REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 23 al 25 de fe




MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
MERCOSUR/CCM/ACTA N° 01/05
LXXIII REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 23 al 25 de febrero de 2005, bajo la Presidencia Pro Tempore del Paraguay, la LXXIII Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
Fueron tratados los siguientes temas.
1. EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO ANUAL DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA CCM (Comités Técnicos), ART. 9°, DEC. CMC N° 59/00
De acuerdo a lo dispuesto en la Decisión CMC N° 59/00, los Comités Técnicos N° 3 "Normas y Disciplinas Comerciales" y N° 5 "Defensa de la Competencia" presentaron sus propuestas de Programas de Trabajo para el año 2005.
Con relación al formato de presentación de los Programas de Trabajo, la CCM reiteró la necesidad de cumplir con la instrucción impartida por el GMC (Acta 04/04 DI N° 11/04 Rev. 1). En ese sentido, instruyó al CT N° 3 y CT N° 5 a que sus respectivas propuestas sean adecuadas al formulario indicado en el mencionado documento, sin perjuicio de que ambos den inicio a sus actividades programadas para el 2005.
La Delegación de Argentina solicitó, con respecto al punto 3 "Sistema de Control y Verificación de Origen", que no debe ser incluido como una actividad permanente del Comité.
La CCM instruyó al CT N° 5 a que incluya en el programa de trabajo 2005, los aspectos del Protocolo de Defensa de la Competencia que requieren modificación, de conformidad al DT CCM N° 31/04. Asimismo, solicitó con respecto al punto 2 "Discusión sobre la Interacción entre Defensa de la Competencia y Defensa Comercial", que no se incluya, por el momento, por entender que se requiere un análisis previo, en el ámbito de la CCM.
Por otra parte, la CCM instó a los demás Comités a que presenten sus propuestas de Programas de Trabajo para el año 2005 para su consideración en la próxima reunión, recordando el modelo a seguir (DI GMC N° 11/04 Rev. 1).
2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS
2.1. CT N° 2 "Asuntos Aduaneros"
La CCM tomó nota del informe presentado por el Coordinador Nacional de Brasil sobre los resultados de la XXXIII Reunión Ordinaria (Brasilia, 25-28 de octubre de 2004) y de la XVI Reunión Extraordinaria (Brasilia, 13-15 de diciembre de 2004).
El Coordinador de la PPTP del CT N° 2 presentó un informe con los resultados de la XVII Reunión Extraordinaria (Acta 01/05, Asunción, 15-18 de febrero de 2005). En esa ocasión, los Coordinadores Nacionales concluyeron la elaboración del Programa Operativo Global y del Programa Operativo Anual de la II Fase de Cooperación MERCOSUR - Unión Europea, en los que se establecieron los planes y acciones a ser desarrollados, y los elevaron a la CCM para su aprobación.
Por otro lado, habiéndose reducido el plazo de ejecución del proyecto de la II Fase de Cooperación MERCOSUR - Unión Europea de treinta y seis a dieciocho meses, los Coordinadores del CT N° 2 adecuaron el POG y el POA a dicho tiempo, teniendo en cuenta el plazo de 28 de febrero de 2005 para el envío de una Nota a la Delegación de la Unión Europea, en la que además se incluya la solicitud de una prórroga hasta diciembre de 2007.
El Programa Operativo Global contiene tareas vinculadas a la ejecución de acciones tendientes a la aplicación de la Dec. CMC N° 54/04 "Eliminación del Doble Cobro del AEC y la Distribución de la Renta Aduanera" y la Res. GMC N° 34/04 "Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el Comercio lntra-MERCOSUR".
La CCM recomendó la aprobación del proyecto (Anexo VII) y lo elevó a los Coordinadores Nacionales del GMC para su consideración antes del 28 de febrero de 2005, conjuntamente con la prórroga solicitada.
2.2 CT N° 3 "Normas y Disciplinas Comerciales"
2.2.1 Requisito específico de origen para la subpartida 3204.17 - Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes
El tema continúa en el ámbito de la CCM.
2.2.2 Interpretación del inciso "d" Art 3° de la Dec. CMC N° 1/04 "Régimen de Origen MERCOSUR"
El tema continúa en el ámbito de la CCM.
2.2.3 Solicitud de modificación del requisito de origen de la NCM 5402.33.00 hilo de poliéster texturizado
La CCM instruyó al CT N° 3 para que presente, con anterioridad a la próxima reunión de la CCM, un informe sobre la solicitud de modificación del requisito, la información técnica disponible y posición de las delegaciones, para orientar las discusiones en el ámbito de este órgano.
2.3 CT N° 5 "Defensa de la Competencia"
La Delegación de Uruguay reiteró la información de haber aprobado el Acta 04/04, correspondiente a la XXXVII Reunión del CT N° 5 y sus respectivos Anexos, que habían quedado ad referéndum de dicha Delegación.
En ese sentido, la CCM aprobó una primera versión del Proyecto de Decisión "Entendimiento sobre Cooperación entre las Autoridades de Defensa de la Competencia de los Estados Partes del MERCOSUR para el Control de Concentraciones Económicas de Ambito Regional", que consta como Anexo VIII RESERVADO – MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 1/05, el cual será objeto de revisión por las delegaciones para ser elevado al GMC en la próxima CCM.
2.4 CT N° 7 "Defensa del Consumidor"
La PPTP informó sobre las reuniones del CT N° 7 realizadas en el segundo semestre de 2004 (XLVI Reunión, San Pablo, Brasil, 10 al 12 de noviembre de 2004 y XLVII Reunión, Salvador, Brasil, 16 y 17 de diciembre de 2004).
En cuanto a la solicitud del CT N° 7 sobre la viabilidad de la inclusión en la página web del MERCOSUR, de un sitio sobre el tema de defensa del consumidor, la CCM recordó lo indicado en el punto 1.5.1, del Acta 05/04 de la LXXI CCM.
En relación a los proyectos de cooperación técnica con la Unión Europea elaborados por el CT N° 7, indicados en el punto 1.5.2, del Acta 05/04 de la LXXI CCM, ésta pone en conocimiento de dicho Comité que el LV GMC tomó nota de estas propuestas y acordó remitirlas al CCT, para que se evalúe la disponibilidad de recursos para esos fines y el interés sobre las mismas.
3. CONSULTAS
3.1. Nuevas Consultas
- Consultas de Argentina a Brasil












Tema

01/05

Aplicación discriminatoria del impuesto a los productos industriales (IPI) a los productos de las partidas 22.04, 22.05, 22.06 22.08

02/05

Portaria N° 763/04 "Reglamento Técnico de Identidad y Calidad de Harina de Trigo"


3.2. Consultas en Plenario
 

 
4 ORIGEN
4.1 Análisis de la Viabilidad de la Autocertificación de Origen
La Delegación de Brasil reiteró que la implementación del mecanismo de autocertificación de origen podría contribuir para facilitar la circulación intrazona de mercaderías y las negociaciones de MERCOSUR con terceros.
Asimismo, se comprometió a presentar una nueva propuesta sobre el tema en la próxima reunión de la CCM.
4.2 Actualizaciones periódicas de la Decisión CMC N° 1/04
Las delegaciones realizaron comentarios sobre las diferentes metodologías a ser aplicadas en las actualizaciones periódicas en el marco del Régimen de Origen MERCOSUR.
La Delegación de Argentina informó que, consideró que el número de modificaciones realizadas al Régimen de Origen MERCOSUR no justifica la adopción de un mecanismo específico para su actualización. No obstante, señaló la importancia de contar con textos normativos actualizados en todas las materias, y en ese sentido propuso desarrollar un sistema de actualización periódica de textos normativos, tomando como base la experiencia argentina del sistema INFOLEG. Asimismo, informó la predisposición a brindar el apoyo técnico en el desarrollo del sistema y circuló un ejemplo de la aplicación de este sistema, que consta como Anexo IX MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 2/05.
Asimismo, propuso a la PPTP consultar a la SM sobre la propuesta, la cual sería administrada con el apoyo técnico de la Secretaría, así como indicar posibles fuentes de financiamiento que resulten aplicables a dicha iniciativa.
La Delegación de Uruguay manifestó que más allá de las diferentes propuestas que puedan provenir de los Estados Partes, debe darse prioridad a que esta tarea sea desarrollada directamente por la Secretaría del MERCOSUR.
La Delegación de Paraguay manifestó que para las actualizaciones del Régimen de Origen se deben tener en cuenta la incorporación al ordenamiento jurídico y su puesta en vigencia antes que su publicación y expuso, como ejemplo, la metodología adoptada en el caso de las Resoluciones de modificación del AEC.
Las delegaciones coincidieron en la necesidad de continuar con los trabajos internos a fin de encontrar soluciones que viabilicen alternativas para el citado tema, el cual se mantiene en la agenda de la próxima reunión.
4.3 Requisitos específicos de Origen para bicicletas
La Delegación de Uruguay expresó que debido a que persisten las dificultades de acceso de bicicletas uruguayas al mercado argentino, tanto el sector privado como las autoridades gubernamentales uruguayas tienen hoy como prioridad esclarecer y resolver las mencionadas dificultades de acceso, no estando dadas, por tanto, las condiciones que permitan analizar la propuesta de requisitos específicos de origen para este producto.
La delegación argentina reiteró su derecho a que los bienes que son comercializados en su mercado, cumplan con las normativas vigentes respecto a garantizar la seguridad de los usuarios y solicitó a las Delegaciones de Paraguay y Uruguay que se expidan sobre la propuesta del Requisito Específico de Origen.
4.4 Requisito específico para pre-formas PET
Las Delegaciones de Argentina y Brasil reiteraron su interés en la adopción de un Requisito Específico de Origen (REO) para pre-formas PET, de salto de posición más valor agregado.
Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay reiteraron no estar en condiciones de aceptar el requisito específico propuesto.
La Delegación de Brasil recordó haber presentado una propuesta sobre el tema en la LXX CCM, la que permitiría mantener el actual flujo de comercio observando la regla de origen actualmente vigente.
El tema se mantiene en agenda.
4.5 Decisión CMC N° 41/03 - Régimen de Origen MERCOSUR
De conformidad al Artículo 6° de la Resolución GMC N° 37/04, la CCM instruyó a la PPTP que solicite a la Secretaría General de la ALADI, conforme el formato que se adjunta como Anexo XI MERCOSUR/LXXIII CCM/DT 4/05, la elaboración de una lista por país en la que indicará la fecha en la cual cada producto alcanzará la preferencia citada en el Artículo 5° de la misma Resolución, en el marco del ACE N° 59.
La Delegación de Argentina presentó un proyecto de Directiva (Anexo X RESERVADO -MERCOSUR/ LXXIII CCM/DT N° 3/05) para establecer la forma de identificación, en el Certificado de Origen MERCOSUR, de la utilización del tratamiento transitorio de contenido de valor agregado regional del Régimen de Origen MERCOSUR, establecido en el Artículo 1 de la Res. GMC N° 37/04.
Las Delegaciones coincidieron en la necesidad de contar con una reglamentación al respecto.
La CCM instruyó al CT N° 3 a evaluar la propuesta argentina en su próxima reunión con vistas a elevar sus resultados a la LXXIV CCM.
5. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA COMPETENCIA
5.1 Finalización de los Reglamentos Comunes de Defensa Comercial frente a Terceros Estados
Teniendo en cuenta el plazo previsto en la Dec. CMC N° 51/04, para la finalización de los Reglamentos Comunes de Defensa Comercial frente a Terceros Estados, la CCM coincidió en solicitar al Comité que concluya los trabajos a nivel técnico que se encuentran pendientes, para el mes de mayo próximo.
En cuanto a los trabajos que viene desarrollando el CDCS, las delegaciones coincidieron en que se deben acelerar los trabajos técnicos pendientes en dicho Comité y, en especial, lo vinculado al capítulo de transición, que forma parte integrante de los Reglamentos Comunes. Estos trabajos en el ámbito del CDCS deben realizarse en forma paralela a las tareas de carácter institucional a ser desarrolladas por el SGT N° 2 en este semestre.
La CCM solicitó a la PPTP la posibilidad de realizar reuniones del CDCS y del SGT N° 2, en fechas coincidentes en el mes de marzo, a efectos de facilitar el cumplimiento de las tareas encomendadas en virtud de la prórroga establecida en la Decisión CMC N° 51/04.
Por otra parte, teniendo en cuenta el plazo establecido por la Decisión CMC N° 51/04, la CCM tomó nota de la necesidad de aguardar los resultados de la evaluación por parte del GMC, de los siguientes puntos, contenidos en el DT CCM N° 35/04 Rev. 1:
Punto II - Toma de las decisiones previstas en el Artículo 5° del Reglamento Común Antidumping (RCAD) y en el Artículo 29 del Reglamento Común contra Subsidios (RCS);
Punto III - Viabilidad del cumplimiento de los plazos de investigación a la luz de lo dispuesto en los acuerdos de la OMC; y
Punto V - Consecuencias del no cumplimiento de las disposiciones adoptadas en el marco de los Reglamentos Comunes.
5.2 Vigencia del Reglamento de Salvaguardias
Las Delegaciones comunicaron que se encuentran en condiciones de protocolizar la Decisión CMC N° 07/04, relativa a la prórroga del período de transición del Reglamento de Salvaguardias.
La Delegación de Brasil reiteró la necesidad de agilizar los trámites para la incorporación del Reglamento de Salvaguardias.
5.3 Definir los mecanismos y condiciones para la eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona
Las delegaciones intercambiaron ideas sobre las propuestas anteriormente presentadas para eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona.
La Delegación de Argentina presentó comentarios a la propuesta circulada por la Delegación de Brasil, los que figuran como Anexo XIII RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 6/05.
La Delegación de Brasil presentó comentarios a la propuesta de la Delegación de Uruguay que consta como Anexo XIV RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 7/05.
A la luz de lo acordado en la LXXII CCM, la Delegación de Paraguay presentó una nueva propuesta en virtud de las presentadas por las demás delegaciones, que consta como Anexo XII RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 5/05.
La CCM acordó continuar discutiendo el tema en la próxima reunión.
6. IMPLEMENTACION DE LA DECISION CMC N° 54/04 "Eliminación del Doble Cobro del AEC y Distribución de la Renta Aduanera"
Las Delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay manifestaron la importancia política y el sentido de urgencia que atribuyen a la completa implementación de los mecanismos previstos en la Decisión CMC N° 54/04.
La Delegación de Paraguay manifestó que la importancia política asignada al tema, ya fue expresada por el Consejo del Mercado Común con la adopción de la Decisión CMC N° 54/04.
A fin de iniciar los trabajos encomendados a la CCM en la Dec. CMC N° 54/04, las delegaciones acordaron establecer las siguientes acciones:
- Reglamentación de lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Decisión:
- Lista positiva de bienes:
a) Lista positiva de 0%: Las delegaciones acordaron remitir a la PPTP, vía correo electrónico, sus respectivas listas conteniendo las líneas arancelarias para las cuales se aplican 0% de AEC, excluyendo aquellas excepcionadas del AEC. Para este propósito la PPTP hizo entrega a las delegaciones, en medio electrónico, de un documento de trabajo consistente en el AEC acordado hasta diciembre de 2004 (NCM 2002). La información completada por las delegaciones deberá ser enviada hasta el día 11 de marzo de 2005.
b) Lista positiva de 100% de preferencia: Las delegaciones acordaron enviar, en una primera etapa, a la PPTP sus listas preliminares de preferencia arancelaria del 100% suscriptas en el marco de los acuerdos del MERCOSUR con Chile y Bolivia, que estarán vigentes a partir del 1° de enero de 2006. Las mismas deberán estar expresadas en NCM 2002, actualizadas hasta diciembre 2004, utilizando el documento de trabajo referenciado en el punto a). Las delegaciones acordaron incluir en esta lista aquellas que presentan una correlación unívoca entre la NCM y la NALADISA, así como aquellas líneas arancelarias en NALADISA con 100% de preferencia y que hayan sido aperturadas en el MERCOSUR. Esta información deberá ser remitida a la PPTP hasta el día 11 de marzo de 2005.
La PPTP se comprometió a consolidar e identificar aquellas líneas arancelarias que cumplan con lo indicado en el artículo 2. de la Dec. CMC N° 54/04. Posteriormente remitirá este trabajo a los Estados Partes para su tratamiento en la próxima reunión de la CCM.
Para este trabajo se definieron los siguientes puntos focales:
Argentina: erogel@mecon.gov.ar; avicen@mecon.gov.ar
Brasil: alessandra.suzarte@desenvolvimento.gov.br; dario.silva-filho@receita.fazenda.gov.br
Paraguay: marcan@hacienda.gov.py
Uruguay: secapc@mef.gub.uy
En una segunda etapa las Delegaciones entienden que la lista de preferencias arancelarias de 100% deberán incluir los productos que se beneficien de este margen de preferencia en otros acuerdos comerciales negociados por el MERCOSUR, que estén vigentes el 1° de enero de 2006
- Art. 4 de la Dec CMC N° 54/04
a) El Código Aduanero del MERCOSUR;
La CCM consideró aguardar la definición de los temas que están siendo considerados en el ámbito del GMC.
b) La interconexión en línea de los sistemas informáticos de gestión aduanera existentes en los Estados Partes;
La CCM instruyó al CT N° 2 a incluir en su Programa de Trabajo el examen de lo establecido en la Dec. CMC N° 54/04, Art. 4 literal b) e informar los resultados del mismo en la próxima reunión de la CCM.
La Delegación de Argentina informó que para la próxima reunión de la CCM, presentará una propuesta de cronograma para la implementación de la informatización del tránsito aduanero, así como los términos de referencia para la implementación de un sistema que permita la validación on line de los datos de importación y exportación.
Asimismo, destacó la necesidad de un compromiso del más alto nivel para que, las áreas responsables del desarrollo de los sistemas informáticos, prioricen su implementación.
c) Un mecanismo de distribución de renta aduanera:
Las Delegaciones mencionaron que este tema actualmente viene siendo analizado en sus respectivos países.
La Delegación de Argentina presentó un documento de trabajo sobre el tema, que consta como Anexo XV RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 8/05, a los efectos de su discusión en la próxima reunión de la CCM, con vistas a instruir a la Secretaría del MERCOSUR respecto de cómo continuar los trabajos en materia de análisis de un mecanismo de distribución de renta aduanera en el MERCOSUR.
- Régimen de Origen
La CCM acordó continuar el tratamiento del tema en su próxima reunión.
7. RES. GMC N° 69/00 "ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO"
7.1 Resinas de Petróleo
La Delegación de Argentina solicitó que el tema permanezca en la agenda, con vistas a su discusión a la luz de la evolución del tratamiento de su propuesta de modificación de la Resolución GMC N° 69/00.
7.2 Solicitud argentina de reducción al 2% del AEC de la partida arancelaria 2812.10011 tricloruro de fósforo
La Delegación de Argentina circuló copia del documento referente al pedido de reducción al 2% del AEC de dicha partida arancelaria.
El tema será analizado en la próxima reunión de la CCM.
7.3 Revisión de la Resolución GMC N° 69/00
Las delegaciones continuaron con el intercambio de ideas sobre el proyecto de revisión presentado en la LXXI CCM por la Delegación de Argentina (RESERVADO MERCOSUR/LXXI CCM/DT N° 37/ 04 Rev. 1).
La Delegación de Brasil informó que la propuesta todavía se encuentra en proceso de consultas internas y que estará en condiciones de manifestarse al respecto, en la próxima reunión ordinaria de la CCM.
La Delegación de Uruguay concordó en la modificación de la Resolución, no en los términos solicitados por Argentina. Está en proceso de consultas internas en relación a los términos que podrían ser considerados.
El tema permanece en la agenda de la CCM.
7.4 Evaluación de la Aplicación de la Resolución GMC N° 69/00 por los Estados Partes.
La Delegación de Brasil hizo referencia a las presentaciones de estadísticas sobre la aplicación de la Resolución por cada Estado Parte. Además, que sería necesario que los países hagan circular en el ámbito de la CCM dicha información, así como copia de los actos normativos que autorizan su aplicación para los años 2000-2004. Asimismo, expresó que es absolutamente esencial contar con los datos normativos y estadísticos para que se proceda a esta evaluación.
La Delegación de Argentina coincidió con las consideraciones de Brasil e hizo entrega de la documentación solicitada, que consta en Anexo XVI MERCOSUR/LXXIII CCM/DI N° 1/05.
La CCM dejó constancia que la Delegación de Argentina entregó dichos documentos en esta reunión y solicitó a las Delegaciones de Paraguay y Uruguay que presenten sus documentos en la próxima reunión de la CCM.
8. ARANCEL EXTERNO COMUN
8.1 Pedidos de modificación arancelaria
8.1.1 NCM 2924.29.93 Metalaxil; NCM 3808.20.29 A base de metalaxil; NCM 2933.99.99 Quizalofop- P-Etil; NCM 3808.30.29 A base de Quizalofop - P-Etil; NCM 2934.99.51 Tebutiuron y NCM 3808.30.29 A base de Tebutiuron
La Delegación de Brasil comunicó la realización de la visita de inspección a la empresa argentina efectuada en el mes de noviembre de 2004. Los representantes brasileños, designados por parte de los Ministerios de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento y de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior, elaboraron un informe con detalles sobre los resultados de la misma. Asimismo, informó que está procediendo al análisis de dicho documento y que presentará su posición en la próxima reunión de la CCM.
Asimismo, la Delegación de Argentina hizo un informe sobre los objetivos de la visita, así como los detalles de la misma. Asimismo, distribuyó un informe por escrito de la visita, que consta como Anexo XVII RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DI N° 2/05. Ratificó su interés de que el tema sea concluido a la brevedad posible, y en ese sentido solicitó a la Delegación de Brasil sus mayores esfuerzos.
El tema permanece en la agenda para ser tratado en la próxima reunión de la CCM.
8.1.2 NCM 3926.90.30 Bolsas para uso en medicina (N° de orden 522)
La Delegación de Argentina teniendo en cuenta haber identificado un productor nacional, no está en condiciones de acompañar el pedido brasileño de suba arancelaria al 6% para bolsas de uso en medicina.
La Delegación de Uruguay manifestó estar en condiciones de aprobar la alícuota del 6%.
El tema sigue en agenda de la CCM.
8.2 Definición de criterios para la presentación de solicitudes de modificación arancelaria
La CCM acordó retirar momentáneamente este tema de la agenda.
8.3 Lista de Excepciones
La Delegación de Paraguay informó que, han sido incorporadas a su ordenamiento jurídico nacional las Decisiones referentes a las listas de excepciones de 100 y 150 posiciones arancelarias.
La CCM consideró necesario hacer una actualización de todas las listas de excepciones vigentes en los países. Al respecto las Delegaciones acordaron, a través de la PPTP, remitir a vía correo electrónico las siguientes listas:
- Lista de 100
- Lista de 150
- Lista de 125
- Lista de BK
- Lista de BIT
- Lista de 399
Estas listas deberán estar expresadas en la Nomenclatura vigente durante el año 2004 y deberán ser remitidas a la PPTP hasta el día 11 de marzo de 2005, a los mismos puntos focales indicados en el punto 6 de la presente Acta.
La Delegación de Brasil solicitó a la Delegación de Argentina que presente, en la próxima reunión de la CCM, la nómina actualizada de medicamentos y equipos médicos que cuentan con arancel 0 en sus importaciones.
8.3.1 Evaluación del comercio de los productos en listas de excepciones
Las Delegaciones intercambiaron opiniones sobre la conveniencia de iniciar los trabajos de evaluación anual previstos en las respectivas Decisiones que aprobaron las excepciones al AEC.
En ese sentido, se comprometieron a preparar y remitir a la PPTP la información estadística de importaciones CIF, correspondiente al año 2004, discriminado en MERCOSUR y resto del mundo, utilizando la base indicada en el punto anterior. Esta información deberá ser remitida hasta el día 11 de marzo de 2005.
El tema continuará siendo tratado en la próxima reunión.
8.3.2 Listas nacionales de Bienes de Informática y Telecomunicaciones importados con arancel cero (Art. 5°, Dec CMC N° 33/03)
Las Delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay no presentaron observaciones a la lista de BIT presentada por Paraguay para aplicación de arancel de 0% hasta el 31 de diciembre de 2005.
9. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACION
9.1 Decisión CMC N° 33/03 - Régimen Común para Bienes de Informática y Telecomunicaciones, Artículo 2°
Las Delegaciones intercambiaron opiniones sobre la conclusión del régimen común para BIT prevista para fines del año 2005.
La CCM tratará el tema en su próxima reunión.
9.2 Decisión CMC N° 34/03 - Régimen Común para Bienes de Capital
Las Delegaciones informaron sobre el proceso de internalización de la Decisión CMC N° 34/03, que aprueba el Régimen Común para Bienes de Capital y que entrará vigencia a partir de 2006.
Las Delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay notificaron la incorporación de la respectiva normativa a su legislación nacional. Paraguay se comprometió a informar sobre el tema en la próxima reunión.
La PPTP señaló que, una vez incorporada por los Estados Partes, se trabajará en el ámbito de la CCM sobre la metodología específica para la conformación de la lista común de bienes de capital que estarán contemplados en dicho régimen.
La Delegación de Brasil, se comprometió en enviar su lista de ex-tarifarios, incluyendo los sistemas integrados (ANEXO XVIII - MERCOSUR/LXXIII CCM/DI N° 3/05), con arancel a 2%, para la conformación de la lista común Se continuará el tratamiento del tema en la próxima CCM.
9.3 Evaluación de las legislaciones nacionales relativas a los regímenes aduaneros especiales
Las Delegaciones intercambiaron opiniones respecto al documento preparado por la SM. En ese sentido, la Delegación de Argentina presentó un documento que consta como Anexo XIX RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 9/05, con un listado de los regímenes que, a su entender, no constituyen regímenes especiales de importación, brindando la justificación pertinente.
9.4 Evaluación de los datos estadísticos de utilización de regímenes aduaneros especiales de importación
Las delegaciones intercambiaron opiniones sobre el tema y será tratado en la próxima en la próxima reunión.
9.5 Incorporación de las Decisiones CMC N° 32, 33 y 34/03
La Delegación de Argentina informó que incorporó a su ordenamiento jurídico nacional, por Resolución N° 750, de 18 de noviembre de 2004, del Ministerio de Economía y Producción, las Decisiones CMC N° 31, 32, 33 y 34/03 (Anexo XX - MERCOSUR/LXXIII CCM/DI N° 4/05).
La CCM reiteró la importancia de que se adopten las medidas necesarias con vistas a viabilizar la entrada en vigencia de las referidas Decisiones.
10. ARANCELES CONSOLIDADOS EN LA OMC
La Delegación de Paraguay informó sobre los trabajos internos que se vienen realizando en materia de transposición de su lista consolidada al SA-2002.
Las delegaciones acordaron retomar el tratamiento del tema en la próxima CCM, con vistas a analizar y definir la metodología de trabajo para dar seguimiento al tema.
11 ASPECTOS ADUANEROS
11.1 Dec. CMC N° 26/03 - Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros Intrazona
La CCM consideró las instrucciones específicas que le impartió el GMC en materia de implementación de la Res. GMC N° 34/04.
Las Delegaciones de Argentina y Brasil manifestaron su preocupación porque no existen plazos de implementación de la citada norma y resaltaron la necesidad de establecer un cronograma de trabajo que permita su cumplimiento por parte de la CCM.
Las Delegaciones acordaron retomar, en la próxima CCM, los siguientes temas:
- calificación de los operadores comerciales autorizados
- alcance de los beneficios en materia de simplificación y armonización de procedimientos aduaneros.
- Implementación del artículo 2
- Cronograma de trabajo.
A tal fin, las Delegaciones se comprometieron a aportar los elementos necesarios para permitir el tratamiento en profundidad del tema en la LXXV CCM.
11.2 Norma sobre Valoración Aduanera
La Delegación de Brasil informó que el tema se encuentra en el ámbito del CT N° 2, aguardando el cuadro comparativo de los procedimientos de control aduanero, aplicados en los Estados Partes, que debe ser presentado por la Delegación de Uruguay en la próxima reunión de este CT.
Asimismo, solicitó a la PPTP considerar la posibilidad de que la próxima reunión del CT N° 2 se realice en paralelo a la LXXIV reunión de la CCM, en Montevideo, lo que permitiría el contacto directo con los Coordinadores Nacionales de ambos órganos.
12. DEC. CMC N° 26/03 - DISCIPLINAS PARA INCENTIVOS
La Delegación de Brasil informó no estar aún en condiciones de presentar una propuesta para el tratamiento de las disciplinas de los incentivos intrazona.
El tema será analizado en la próxima CCM.
13. PROYECTOS DE COOPERACION
La referencia al tratamiento del Proyecto II Fase de Cooperación MERCOSUR - Unión Europea en materia aduanera, se registra en el punto 2.1 de la presente Acta.
14 OTROS ASUNTOS
Situación de las Normas con plazo de incorporación vencido
La CCM reiteró las instrucciones a los CTs de este mandato, en el sentido de que presenten a la Comisión de Comercio informes periódicos y actualizados sobre nuevas incorporaciones que se efectúen y sobre la situación de internalización de las normas elaboradas en su ámbito, con plazo de incorporación vencido, con indicación de las razones por las cuales las mismas no fueron incorporadas en el plazo establecido.
14.2 Base de datos de dictámenes de clasificación arancelaria
La Secretaría del MERCOSUR informó sobre los trabajos que se están llevando a cabo en el marco del proyecto de cooperación con la Unión Europea. La CCM encomendó a la Secretaría la presentación de un reporte escrito sobre el mismo tema.
La CCM acordó continuar con esta discusión en la próxima reunión.
14.3. Régimen Común de Industria Naviera
La Delegación de Argentina propuso a las demás delegaciones el establecimiento de un régimen común de industria naviera (Anexo XXI RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/DT N° 10/05), para consideración de los países.
Al respecto, las delegaciones acordaron continuar con el análisis de este tema en la próxima reunión.
PROXIMA REUNION
La CCM acordó realizar la LXXIV Reunión, los días 16 a 18 de marzo de 2005 en Montevideo.
ANEXOS:
Los Anexos que forman parte de la presenta Acta son los siguientes:
































































































































Anexo I

Lista de Participantes

 

 

Anexo II

Agenda

 

 

Anexo III

Resumen de Acta

 

 

Anexo IV

No se elevan Normas ni Proyectos de Normas

 

 

Anexo V

Nuevas Consultas

 

 

Anexo VI

Consulta en Plenario

 

 

Anexo VII

Proyecto de Convenio II Fase de Cooperación MERCOSUR - UE

 

 

Anexo VIII

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 01/05 P. Decisión Entendimiento sobre Cooperación entre las Autoridades de Defensa de la Competencia de los Estados Partes del MERCOSUR para el Control de Concentraciones Económicas de Ambito Regional

 

 

Anexo IX

MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 02/05 Propuesta de Argentina sobre el Sistema INFOLEG

 

 

Anexo X

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 03/05 P. Dir sobre Régimen de Origen MERCOSUR, presentado por Argentina

 

 

Anexo XI

MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 04/05 Implementación de la Res GMC N° 37/04, Art. 5 y 6 - Instructivo para la Elaboración de las Listas

 

 

Anexo XII

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 05/05 Propuesta sobre Aplicación de medidas Antidumping en el Comercio Intrazona, presentado por Paraguay

 

 

Anexo XIII

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 06/05 Comentarios de Argentina al DT CCM N° 41/04 RESERVADO Aplicación de Medidas Antidumping en el Comercio Intrazona

 

 

Anexo XIV

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 07/05 Comentarios de Brasil sobre la Propuesta de Uruguay sobre la Eliminación de la Aplicación de Medidas Antidumping y Compensatorias en el Comercio Infra MERCOSUR

 

 

Anexo XV

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 08/05 Documento sobre Implementación de la Dec CMC N° 54/04, presentado por Argentina

 

 

Anexo XVI

MERCOSUR/LXXIII CCM/ DI N° 01/05 Documento sobre la Res. GMC N° 69/00, presentado por Argentina

 

 

Anexo XVII

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DI N° 02/05 Informe de la visita a la Empresa IPESA S.A., presentado por Argentina

 

 

Anexo XVIII

MERCOSUR/LXXIII CCM/ DI N° 03/05 Definición de Sistema Integrado, presentado por Brasil

 

 

Anexo XIX

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 09/05 Documento sobre Regímenes que Deberían ser excluidos del Listado de la SM, presentado por Argentina

 

 

Anexo XX

MERCOSUR/LXXIII CCM/ DI N° 04/05 Resolución 750/2004 del Ministerio de Economía y Producción, Comercio Exterior, presentado por Argentina

 

 

Anexo XXI

RESERVADO - MERCOSUR/LXXIII CCM/ DT N° 10/05 Documento sobre Régimen Común de Importación de Bienes destinados a la Industria Naviera, presentado por Argentina

 

 






Firmas





___________
NOTA: El Acta y los Anexos de la LXXIII Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del Mercosur, celebrado los días 23 al 25 de febrero de 2005, en la Ciudad de Montevideo, pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional - Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar
e. 15/4 N° 476.738 v. 15/4/2005

Administracionius UNLP

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